Universidad de Antofagasta tendrá que pagar millonaria condena
La Corte de Apelaciones de Antofagasta ordenó pagar más de $25 millones de pesos por no pagar el seguro de cesantía de un trabajador entre el 2003 y el 2007.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió con costas el recurso de nulidad interpuesto y en sentencia de reemplazo, condenó a la Universidad de Antofagasta a pagar la suma de $25.188.601 (veinticinco millones ciento ochenta y ocho mil seiscientos un pesos) -por concepto de prestaciones impedidas de percibir- a raíz del no pago de cotizaciones por seguro de cesantía al demandante, entre agosto de 2003 y diciembre de 2007.
En fallo unánime (causa rol 138-2022), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Óscar Clavería Guzmán, Eric Sepúlveda Casanova y el abogado (i) Gabriel Sánchez Rubio- acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, que desestimó la demanda.
“Que en lo que respecta al derecho irrenunciable del trabajador para que se le paguen las prestaciones que el incumplimiento le impidió percibir, resulta evidente que establecido como lo fue, el incumplimiento del empleador de pagar las cotizaciones por cesantía durante el período determinado en la sentencia, dicho fallo ha incurrido en error de derecho al desconocer el derecho irrenunciable del demandante a las prestaciones que el incumplimiento del empleador le impidió percibir, ya que verificándose los presupuestos que establece el legislador en el inciso 1° del artículo 17 de la Ley 19.728, dicha norma merecía recibir aplicación, lo que la sentenciadora a quo no hizo y, en consecuencia, procede acoger en tal sentido, el motivo de nulidad invocado por el demandante”, sostiene el fallo de nulidad.
La resolución agrega que: “En efecto, al haber integrado el empleador el 11 de marzo de 2019 las cotizaciones correspondientes al período agosto de 2003 a diciembre de 2007 con los reajustes e intereses, no ha hecho más que adelantarse y enervar la sanción que por ley le debía imponer el tribunal, conforme al inciso 3° del artículo 17 transcrito anteriormente; pero ello no constituye una circunstancia que permita liberarlo de pagarle al trabajador las prestaciones que el incumplimiento le impidió percibir, pues como se vio, se trata de situaciones diferentes e independientes entre sí, ya que lo preceptuado en el inciso 1° es un derecho irrenunciable para el trabajador y, lo prescrito en el inciso 3°, constituye una sanción para el empleador, que es anexa al reconocimiento del derecho del trabajador”.
“Que en cuanto a la infracción referida al artículo 59 de la Ley 19.728, conforme con los hechos asentados en la sentencia, dicho vicio no se configura, ya que habiendo pagado las cotizaciones la parte demandada, no se configuran los supuestos de la disposición legal indicada, pues la demandada actualmente se encuentra al día en el pago de las cotizaciones que establece la ley, por lo que puede solicitar el acceso a los recursos y programas que se indican en la referida norma legal”, añade.
“Que, en consecuencia, en la especie, se configura la causal de nulidad contemplada en el artículo 477, inciso primero, segunda parte, invocada en relación al artículo 17 incisos 1° y 2° de la Ley 19.728, por lo que procede acoger el presente recurso de nulidad, debiendo dictarse sentencia de reemplazo”, concluye.
Por tanto, se resuelve en la resolución de reemplazo que: “SE ACOGE la demanda interpuesta por R. L. Q. en contra de UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA ASISTENCIA TÉCNICA S.A., solo en cuanto se condena a la demandada a pagar al actor la suma de $25.188.601 (veinticinco millones ciento ochenta y ocho mil seiscientos un pesos), por concepto de prestaciones impedidas de percibir a raíz del incumplimiento del empleador de pagar las cotizaciones por concepto de seguro de desempleo durante el período agosto de 2003 a diciembre de 2007, rechazándose en lo demás”.
el lunes pasado a las 18:26
el lunes pasado a las 11:03
el jueves pasado a las 16:18
el jueves pasado a las 12:40
el miércoles pasado a las 18:47
el miércoles pasado a las 18:23
el miércoles pasado a las 13:43
el martes pasado a las 17:23
el lunes pasado a las 18:26
el lunes pasado a las 11:03
el jueves pasado a las 16:18
el jueves pasado a las 12:40
el miércoles pasado a las 18:47
el miércoles pasado a las 18:23
10 de abril de 2026
Tapia fue presentada como seremi el pasado 26 de marzo. Su salida se da en medio de cuestionamientos por presuntas faltas a los requisitos exigidos para ejercer el cargo.








5 de noviembre de 2025
5 de noviembre de 2025
21 de octubre de 2025
5 de noviembre de 2025
5 de noviembre de 2025
El foodtruck fue robado en enero de 2024, de acuerdo a la denuncia, cuando se encontraba instalado en un estacionamiento habilitado en una feria navideña.
108.406 personas han sido vacunadas contra la Influenza en la región de Antofagasta, números que están bajo el promedio nacional, que ya alcanza el 40,4%.
La CMDS anunció la suspensión preventiva de actividades en Liceo A-33 Los Arenales, Liceo A-16 Industrial, Liceo B-13 Domingo Herrera y Liceo B-36 La Chimba.
Autoridades de la casa de estudios activaron el protocolo preventivo de emergencias, por lo que fue decretada la evacuación inmediata del Campus Coloso de la UA.
El operativo inició por la presencia de un bolso abandonado en las inmediaciones del recinto. Finalizado el procedimiento, el terminal aéreo se encuentra operando con normalidad.
La cartera será liderada por Héctor Bravo Vásquez, Ingeniero Comercial de la Universidad Católica del Norte, quien ya sumó dos actividades como Seremi.
Personal de Carabineros constató que se trataba de una pistola de balines, la que fue encontrada en las inmediaciones del establecimiento educacional.
Las iniciativas contemplan modificar el Código Penal y permitir la revisión de mochilas, prohibición de capuchas y gorros, inhabilidad de ciertos condenados para optar a la gratuidad, entre otros.
El ente resolvió responsabilizar al ex jefe comunal por retrasos en la tramitación sumarios administrativos y además, proponen sanciones económicas para el ex asesor jurídico.
Informe revela que municipios del país gastaron más en festejos que en ayuda social. En la región, Sierra Gorda destaca por su alto gasto por habitante y San Pedro figura entre comunas con mayor brecha.
































































































