Los imputados, tres adultos y una menor de edad, fueron formalizados y quedaron en prisión preventiva e internación provisoria, respectivamente, por representar un peligro para la sociedad. La Fiscalía investiga la posible participación de los detenidos en otros hechos de similares características. Ante esto, los hechos que se investigan ocurrieron en enero de 2025. Según los antecedentes recabados, la víctima, un hombre mayor de edad, acudió a un motel del sector norte de Antofagasta en compañía de una de las imputadas. Una vez en el lugar, la mujer le propuso salir a comprar, a lo que el sujeto accedió. Al dirigirse a un pasaje cercano, fueron abordados por tres individuos. Asimismo, la víctima fue maniatada y amenazada, para luego ser trasladada contra su voluntad en su propio vehículo hasta la ciudad de Calama, donde finalmente fue abandonado. Durante el tiempo que estuvo retenido, y también después de su liberación, los secuestradores habrían realizado giros y compras con las tarjetas bancarias de la víctima por un monto superior al millón de pesos. Tras la denuncia del delito, personal de la Brigada de Robos de la PDI inició una serie de diligencias investigativas que permitieron identificar y localizar a los presuntos autores. Las detenciones se concretaron en allanamientos simultáneos realizados en diversos domicilios de Antofagasta. Así también, dada la participación de una menor de edad en los hechos, la banda fue formalizada por una de las fiscales de la unidad de Responsabilidad Penal Adolescente de la Fiscalía Local de Antofagasta. Los cargos presentados incluyen los delitos consumados de robo con secuestro y asociación criminal. Adicionalmente, dos de los detenidos enfrentan cargos por tráfico ilícito de estupefacientes, ya que al momento de su captura se les encontró en posesión de drogas sintéticas. Actualmente, el Ministerio Público cuenta con un plazo de 90 días para la investigación, periodo en el que se llevarán a cabo nuevas diligencias para esclarecer los hechos y determinar si los imputados están involucrados en otros secuestros o delitos similares en la región.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta ha dictado un fallo condenatorio que envía a prisión efectiva a cuatro individuos implicados en el homicidio de Emilio Ismael Zamora Ramírez, ocurrido en enero de 2023. Las penas varían entre los 7 y los 15 años de presidio, y se suman condenas por delitos de porte y tenencia de armas de fuego y municiones. Ante esto, Elías Andrés Ly Cristi y Francisco Sebastián Estay Ortiz fueron sentenciados a la pena más alta, 15 años de presidio efectivo, en calidad de coautores del delito consumado de homicidio simple. Además, Estay Ortiz y Ly Cristi recibieron una pena adicional de 5 años de reclusión efectiva por los delitos consumados de porte de arma de fuego y municiones, y tenencia de arma de fuego prohibida y municiones. Por su parte, Jader Yorlando Cogollo Salinas fue condenado a 13 años de presidio, mientras que Óscar Gabriel Cortés Isasmendi recibió una pena de 7 años de presidio, también como coautores del homicidio. Todas las sentencias conllevan las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, oficios y cargos públicos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas. El tribunal, en un fallo unánime (causa rol 697-2024), dio por acreditado que alrededor de las 12:40 horas del 18 de enero de 2023, la víctima, Emilio Ismael Zamora Ramírez, se encontraba en su domicilio cuando un vehículo, conducido por Francisco Estay Ortiz y con Jader Cogollo Salinas a bordo, llegó al lugar. Ambos descendieron y dispararon en reiteradas ocasiones contra Zamora Ramírez, quien había salido de la vivienda, para luego huir. Asimismo, la investigación reveló que estos hechos fueron perpetrados con la previa concertación de los cuatro acusados. Elías Ly Cristi se coordinó con Estay Ortiz y Cogollo Salinas para dirigirse al domicilio, que había sido mostrado por Óscar Cortés, con la intención de disparar y matar a un tercero. Aunque el objetivo inicial era otra persona, Emilio Zamora resultó herido fatalmente, falleciendo a causa de una hipovolemia aguda y politraumatismo secundario a múltiples impactos balísticos. El fallo detalló que el plan común entre los acusados quedó establecido a través de registros de audio, videograbaciones y testimonios. En represalia por un asalto sufrido por Ly Cristi, los cuatro se coordinaron para atacar a un tercero identificado como Hans Mancha. Ly Cristi fue quien organizó el ataque, distribuyó las funciones y emitió las órdenes. Cogollo Salinas y Estay Ortiz fueron los autores materiales de los disparos, mientras que Cortés Isasmendi fue el encargado de mostrar el domicilio y, tras el error en la persona de la víctima, aceptó verificar el resultado de la acción. Adicionalmente, el 10 de abril de 2023, personal de la Brigada de Homicidios detuvo a Elías Ly Cristi. Durante el ingreso a su domicilio, se incautó un arma de fuego tipo pistola semiautomática, marca BERSA, calibre .40 Auto, con su número de serie parcialmente borrado, y un cargador con once cartuchos balísticos. Ly Cristi no contaba con la autorización legal para el porte y/o tenencia de dichas especies.
La Fiscalía de Antofagasta ha invocado por primera vez en la región la figura penal de suicidio femicida para formalizar a la pareja y conviviente de Rosalina Díaz quien falleció tras caer desde un piso 14. El hombre, cuya identidad no fue revelada, enfrenta cargos por desacato y este nuevo delito, que sanciona a quien, con ocasión de hechos previos de violencia de género, cause el suicidio de una mujer. Ante esto, según lo expuesto en la audiencia de formalización, los hechos se desarrollaron al interior del departamento que la pareja compartía en el sector norte de la ciudad. En un contexto de violencia intrafamiliar, se produjeron interacciones que, de acuerdo con la investigación, derivaron en el fatal desenlace de la víctima. Al llegar al lugar, personal policial constató que el imputado había incumplido una medida cautelar vigente, decretada por el Juzgado de Garantía de Antofagasta en una causa previa por violencia intrafamiliar. Dicha medida le obligaba a abandonar el domicilio y le prohibía acercarse a la víctima. Asimismo, el Fiscal Regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, enfatizó la relevancia de la aplicación de esta figura penal relativamente nueva en el país.Esta figura sanciona a quien, con ocasión de hechos previos constitutivos de violencia de género, cometidos en contra de la víctima, cause el suicidio de una mujer, explicó Castro Bekios. Además, detalló que se entiende por violencia de génerocualquier acción u omisión basada en el género, que causare muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, donde quiera que esto ocurra. Finalmente, el detenido quedó bajo la medida cautelar de prisión preventiva por representar un peligro para la seguridad de la sociedad. Se fijó un plazo de investigación de 90 días para esclarecer los detalles de este trágico suceso.
El Juzgado de Garantía de Antofagasta ha fijado para el 8 de julio de 2025, a las 10:00 horas, la audiencia de formalización contra el exalcalde Jonathan Velásquez Ramírez. La acción judicial surge a raíz de una querella presentada por la familia de la fallecida profesora Katherine Yoma Valdivia, quienes acusan al exedil de difundir un informe de carácter privado. La investigación, liderada por el fiscal jefe Cristián Aguilar, busca esclarecer los hechos relacionados con la presunta violación de secreto particular, un delito que podría acarrear para Velásquez penas que van desde multas hasta presidio menor en su grado mínimo, es decir, de 61 días a 3 años. Este proceso marca un punto clave en el caso que ha captado la atención de la comunidad antofagastina y pone en el centro del debate la importancia de la privacidad de los datos sensibles, especialmente cuando involucran a funcionarios públicos. Diversos actores sociales y la ciudadanía en general han seguido de cerca este caso, que ha realzado la necesidad de resguardar la información personal en todos los ámbitos. Finalmente, Ricardo Escobar, abogado de la causa, enfatizó la relevancia de esta formalización:Este es un paso fundamental en el camino hacia la verdad y la justicia. Demuestra que nadie está por encima de la ley y que la protección de los datos sensibles de las personas, como los de la profesora Katherine Yoma, es un principio irrenunciable que debe ser resguardado con toda la fuerza de la ley. Esperamos que este proceso siente un precedente importante.
Once años después de ocurridos los hechos, un hombre chileno de 53 años ha sido condenado a 10 años y un día de presidio mayor por el delito reiterado de violación impropia en Antofagasta. La sentencia fue dictada contra el agresor de una víctima que era menor de edad al momento de la violación, las cuales tuvieron lugar entre 2014 y 2016 en un inmueble de la ciudad, aprovechando el vínculo familiar entre el imputado y el afectado. Ante esto, la condena fue obtenida por el fiscal Daniel García Hernández, de la unidad de delitos sexuales de la Fiscalía de Antofagasta. Además de la pena de cárcel, el condenado deberá enfrentar la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, la inhabilitación absoluta para profesiones titulares por el tiempo de la condena, y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad. El caso, que fue denunciado en 2019, se reactivó en 2023 cuando la víctima, ya mayor de edad, decidió prestar declaración contra su agresor, aportando los antecedentes necesarios para sustentar la acusación del Ministerio Público y lograr la condena. El fiscal García Hernández destacó la relevancia del testimonio de la víctima, que, a pesar del tiempo transcurrido, fuelógica, pormenorizada y coherente, permitiendo superar la falta de evidencia clínica debido al tiempo transcurrido. Asimismo, resultaron clave en el juicio el testimonio de una psicóloga que atendió al afectado en su niñez y fue la primera en detectar señales de abuso, así como las declaraciones de los policías que contextualizaron la versión de la víctima. El fallo judicial establece que la pena privativa de libertad deberá cumplirse de manera efectiva, iniciando su conteo desde el 29 de febrero de 2024, fecha en que el condenado comenzó a cumplir prisión preventiva.
Los imputados, tres adultos y una menor de edad, fueron formalizados y quedaron en prisión preventiva e internación provisoria, respectivamente, por representar un peligro para la sociedad. La Fiscalía investiga la posible participación de los detenidos en otros hechos de similares características. Ante esto, los hechos que se investigan ocurrieron en enero de 2025. Según los antecedentes recabados, la víctima, un hombre mayor de edad, acudió a un motel del sector norte de Antofagasta en compañía de una de las imputadas. Una vez en el lugar, la mujer le propuso salir a comprar, a lo que el sujeto accedió. Al dirigirse a un pasaje cercano, fueron abordados por tres individuos. Asimismo, la víctima fue maniatada y amenazada, para luego ser trasladada contra su voluntad en su propio vehículo hasta la ciudad de Calama, donde finalmente fue abandonado. Durante el tiempo que estuvo retenido, y también después de su liberación, los secuestradores habrían realizado giros y compras con las tarjetas bancarias de la víctima por un monto superior al millón de pesos. Tras la denuncia del delito, personal de la Brigada de Robos de la PDI inició una serie de diligencias investigativas que permitieron identificar y localizar a los presuntos autores. Las detenciones se concretaron en allanamientos simultáneos realizados en diversos domicilios de Antofagasta. Así también, dada la participación de una menor de edad en los hechos, la banda fue formalizada por una de las fiscales de la unidad de Responsabilidad Penal Adolescente de la Fiscalía Local de Antofagasta. Los cargos presentados incluyen los delitos consumados de robo con secuestro y asociación criminal. Adicionalmente, dos de los detenidos enfrentan cargos por tráfico ilícito de estupefacientes, ya que al momento de su captura se les encontró en posesión de drogas sintéticas. Actualmente, el Ministerio Público cuenta con un plazo de 90 días para la investigación, periodo en el que se llevarán a cabo nuevas diligencias para esclarecer los hechos y determinar si los imputados están involucrados en otros secuestros o delitos similares en la región.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta ha dictado un fallo condenatorio que envía a prisión efectiva a cuatro individuos implicados en el homicidio de Emilio Ismael Zamora Ramírez, ocurrido en enero de 2023. Las penas varían entre los 7 y los 15 años de presidio, y se suman condenas por delitos de porte y tenencia de armas de fuego y municiones. Ante esto, Elías Andrés Ly Cristi y Francisco Sebastián Estay Ortiz fueron sentenciados a la pena más alta, 15 años de presidio efectivo, en calidad de coautores del delito consumado de homicidio simple. Además, Estay Ortiz y Ly Cristi recibieron una pena adicional de 5 años de reclusión efectiva por los delitos consumados de porte de arma de fuego y municiones, y tenencia de arma de fuego prohibida y municiones. Por su parte, Jader Yorlando Cogollo Salinas fue condenado a 13 años de presidio, mientras que Óscar Gabriel Cortés Isasmendi recibió una pena de 7 años de presidio, también como coautores del homicidio. Todas las sentencias conllevan las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, oficios y cargos públicos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas. El tribunal, en un fallo unánime (causa rol 697-2024), dio por acreditado que alrededor de las 12:40 horas del 18 de enero de 2023, la víctima, Emilio Ismael Zamora Ramírez, se encontraba en su domicilio cuando un vehículo, conducido por Francisco Estay Ortiz y con Jader Cogollo Salinas a bordo, llegó al lugar. Ambos descendieron y dispararon en reiteradas ocasiones contra Zamora Ramírez, quien había salido de la vivienda, para luego huir. Asimismo, la investigación reveló que estos hechos fueron perpetrados con la previa concertación de los cuatro acusados. Elías Ly Cristi se coordinó con Estay Ortiz y Cogollo Salinas para dirigirse al domicilio, que había sido mostrado por Óscar Cortés, con la intención de disparar y matar a un tercero. Aunque el objetivo inicial era otra persona, Emilio Zamora resultó herido fatalmente, falleciendo a causa de una hipovolemia aguda y politraumatismo secundario a múltiples impactos balísticos. El fallo detalló que el plan común entre los acusados quedó establecido a través de registros de audio, videograbaciones y testimonios. En represalia por un asalto sufrido por Ly Cristi, los cuatro se coordinaron para atacar a un tercero identificado como Hans Mancha. Ly Cristi fue quien organizó el ataque, distribuyó las funciones y emitió las órdenes. Cogollo Salinas y Estay Ortiz fueron los autores materiales de los disparos, mientras que Cortés Isasmendi fue el encargado de mostrar el domicilio y, tras el error en la persona de la víctima, aceptó verificar el resultado de la acción. Adicionalmente, el 10 de abril de 2023, personal de la Brigada de Homicidios detuvo a Elías Ly Cristi. Durante el ingreso a su domicilio, se incautó un arma de fuego tipo pistola semiautomática, marca BERSA, calibre .40 Auto, con su número de serie parcialmente borrado, y un cargador con once cartuchos balísticos. Ly Cristi no contaba con la autorización legal para el porte y/o tenencia de dichas especies.
La Fiscalía de Antofagasta ha invocado por primera vez en la región la figura penal de suicidio femicida para formalizar a la pareja y conviviente de Rosalina Díaz quien falleció tras caer desde un piso 14. El hombre, cuya identidad no fue revelada, enfrenta cargos por desacato y este nuevo delito, que sanciona a quien, con ocasión de hechos previos de violencia de género, cause el suicidio de una mujer. Ante esto, según lo expuesto en la audiencia de formalización, los hechos se desarrollaron al interior del departamento que la pareja compartía en el sector norte de la ciudad. En un contexto de violencia intrafamiliar, se produjeron interacciones que, de acuerdo con la investigación, derivaron en el fatal desenlace de la víctima. Al llegar al lugar, personal policial constató que el imputado había incumplido una medida cautelar vigente, decretada por el Juzgado de Garantía de Antofagasta en una causa previa por violencia intrafamiliar. Dicha medida le obligaba a abandonar el domicilio y le prohibía acercarse a la víctima. Asimismo, el Fiscal Regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, enfatizó la relevancia de la aplicación de esta figura penal relativamente nueva en el país.Esta figura sanciona a quien, con ocasión de hechos previos constitutivos de violencia de género, cometidos en contra de la víctima, cause el suicidio de una mujer, explicó Castro Bekios. Además, detalló que se entiende por violencia de génerocualquier acción u omisión basada en el género, que causare muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, donde quiera que esto ocurra. Finalmente, el detenido quedó bajo la medida cautelar de prisión preventiva por representar un peligro para la seguridad de la sociedad. Se fijó un plazo de investigación de 90 días para esclarecer los detalles de este trágico suceso.
El Juzgado de Garantía de Antofagasta ha fijado para el 8 de julio de 2025, a las 10:00 horas, la audiencia de formalización contra el exalcalde Jonathan Velásquez Ramírez. La acción judicial surge a raíz de una querella presentada por la familia de la fallecida profesora Katherine Yoma Valdivia, quienes acusan al exedil de difundir un informe de carácter privado. La investigación, liderada por el fiscal jefe Cristián Aguilar, busca esclarecer los hechos relacionados con la presunta violación de secreto particular, un delito que podría acarrear para Velásquez penas que van desde multas hasta presidio menor en su grado mínimo, es decir, de 61 días a 3 años. Este proceso marca un punto clave en el caso que ha captado la atención de la comunidad antofagastina y pone en el centro del debate la importancia de la privacidad de los datos sensibles, especialmente cuando involucran a funcionarios públicos. Diversos actores sociales y la ciudadanía en general han seguido de cerca este caso, que ha realzado la necesidad de resguardar la información personal en todos los ámbitos. Finalmente, Ricardo Escobar, abogado de la causa, enfatizó la relevancia de esta formalización:Este es un paso fundamental en el camino hacia la verdad y la justicia. Demuestra que nadie está por encima de la ley y que la protección de los datos sensibles de las personas, como los de la profesora Katherine Yoma, es un principio irrenunciable que debe ser resguardado con toda la fuerza de la ley. Esperamos que este proceso siente un precedente importante.
Once años después de ocurridos los hechos, un hombre chileno de 53 años ha sido condenado a 10 años y un día de presidio mayor por el delito reiterado de violación impropia en Antofagasta. La sentencia fue dictada contra el agresor de una víctima que era menor de edad al momento de la violación, las cuales tuvieron lugar entre 2014 y 2016 en un inmueble de la ciudad, aprovechando el vínculo familiar entre el imputado y el afectado. Ante esto, la condena fue obtenida por el fiscal Daniel García Hernández, de la unidad de delitos sexuales de la Fiscalía de Antofagasta. Además de la pena de cárcel, el condenado deberá enfrentar la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, la inhabilitación absoluta para profesiones titulares por el tiempo de la condena, y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad. El caso, que fue denunciado en 2019, se reactivó en 2023 cuando la víctima, ya mayor de edad, decidió prestar declaración contra su agresor, aportando los antecedentes necesarios para sustentar la acusación del Ministerio Público y lograr la condena. El fiscal García Hernández destacó la relevancia del testimonio de la víctima, que, a pesar del tiempo transcurrido, fuelógica, pormenorizada y coherente, permitiendo superar la falta de evidencia clínica debido al tiempo transcurrido. Asimismo, resultaron clave en el juicio el testimonio de una psicóloga que atendió al afectado en su niñez y fue la primera en detectar señales de abuso, así como las declaraciones de los policías que contextualizaron la versión de la víctima. El fallo judicial establece que la pena privativa de libertad deberá cumplirse de manera efectiva, iniciando su conteo desde el 29 de febrero de 2024, fecha en que el condenado comenzó a cumplir prisión preventiva.