Este miércoles fue publicada en el Diario Oficial la esperada Ley de Convivencia, Buen Trato y Bienestar de las Comunidades Educativas, una normativa que busca fortalecer la seguridad, la prevención de la violencia y el bienestar al interior de los establecimientos educacionales del país. Entre sus principales disposiciones, la ley establece que los sostenedores de colegios podrán implementar recursos tecnológicos destinados a detectar armas u objetos peligrosos en el ingreso de los recintos educacionales. Dentro de estas herramientas se encuentran los detectores de metales u otros dispositivos que permitan identificar elementos que puedan poner en riesgo la integridad de estudiantes, docentes y funcionarios. La medida cobra especial relevancia en el actual contexto, luego del grave ataque ocurrido en el Instituto Obispo Silva Lezaeta de Calama, donde un alumno de 18 años protagonizó un violento hecho con arma blanca que terminó con la vida de una inspectora y dejó a otras cuatro personas heridas, generando conmoción en la comunidad educativa y a nivel nacional. Tras ese hecho, el Presidente de la República, José Antonio Kast, abordó la necesidad de adoptar medidas más estrictas para resguardar la seguridad en los establecimientos. En esa línea, señaló que será necesario avanzar en mecanismos de mayor control en el acceso a los colegios. “Esto va a requerir algunas medidas de mayor control al ingreso de los establecimientos, que no es la solución de los problemas, pero tenemos que partir cuidando a los niños dentro de un espacio seguro que es la escuela”, sostuvo el mandatario, agregando que algunas iniciativas se incorporarán en reglamentos y otras serán discutidas como proyectos de ley en el Congreso. Por su parte, la ministra de Educación, María Paz Arzola, indicó que el ministerio ya trabaja en los reglamentos y orientaciones que acompañarán la implementación de la nueva ley, con el objetivo de que los establecimientos puedan avanzar en la aplicación de estas medidas de prevención. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la normativa, los sostenedores de establecimientos educacionales podrán implementar recursos tecnológicos para detectar armas, artefactos incendiarios u otros elementos peligrosos, siempre que exista acuerdo del Consejo Escolar o de la comunidad educativa. No obstante, la ley establece que estas medidas deberán aplicarse solo cuando existan antecedentes fundados que justifiquen su utilización como una acción proporcional, necesaria e idónea para prevenir la comisión de delitos dentro del recinto educacional. La normativa también contempla otras medidas estructurales para mejorar la convivencia escolar. Entre ellas destaca la creación de una Política Nacional de Convivencia Educativa y un Plan de Acción Nacional con una vigencia de ocho años, que coordinará acciones junto a distintos ministerios, entre ellos Seguridad Pública, Salud y Mujer y Equidad de Género. Asimismo, se establece que todos los establecimientos que reciben aportes del Estado deberán contar con un coordinador o coordinadora de convivencia escolar con dedicación exclusiva, con el fin de fortalecer la gestión preventiva y el acompañamiento a las comunidades educativas. La ley también incorpora la creación de un programa de bienestar socioemocional, orientado a apoyar a estudiantes y equipos educativos en materias de salud mental y convivencia. Esta iniciativa ya comenzó a implementarse de manera piloto en 176 establecimientos pertenecientes a los Servicios Locales de Educación Pública de Iquique, Valparaíso, Gabriela Mistral, Punilla Cordillera y Andalién Sur. Con estas medidas, el Gobierno busca avanzar en una política integral que permita prevenir hechos de violencia, fortalecer la convivencia escolar y garantizar entornos educativos más seguros para estudiantes, docentes y trabajadores de la educación en todo el país.
La implementación de la Ley de 40 horas continúa avanzando en Chile y durante 2026 marcará un nuevo hito en el proceso de reducción de la jornada laboral. A partir del 26 de abril de este año, el límite semanal de trabajo disminuirá de 44 a 42 horas, como parte del calendario progresivo que culminará en 2028 con una jornada máxima de 40 horas semanales. La normativa, establecida en la Ley 21.561, busca mejorar la calidad de vida de los trabajadores, permitiendo mayor tiempo de descanso y conciliación entre la vida laboral y personal, sin afectar las remuneraciones. El proceso comenzó en 2024 con la reducción inicial desde 45 a 44 horas semanales, y continuará aplicándose de manera gradual hasta completar el objetivo final dentro de dos años. Sin embargo, la disminución de la jornada no será automática para todos los trabajadores del país. De acuerdo con los criterios establecidos por la Dirección del Trabajo, existen ciertos grupos que quedan excluidos de esta reducción. Entre ellos se encuentran los altos cargos dentro de las empresas, como gerentes, administradores o directores, quienes ejercen funciones de confianza y toma de decisiones estratégicas. En estos casos, la naturaleza de sus responsabilidades implica una mayor flexibilidad en la organización de sus horarios laborales. Asimismo, la ley tampoco se aplica a trabajadores que no cuentan con fiscalización superior directa, es decir, aquellos cuyas funciones no están sujetas a un control horario tradicional debido a la autonomía con la que desarrollan sus labores. A estas excepciones se suman otros grupos que, por el tipo de vínculo laboral que mantienen, quedan fuera del alcance de la normativa. La ley de 40 horas rige exclusivamente para trabajadores contratados bajo el Código del Trabajo, lo que significa que funcionarios públicos y personas que prestan servicios a honorarios no se verán beneficiados con esta reducción. En el caso de los trabajadores del sector público, sus condiciones laborales se regulan a través del Estatuto Administrativo, mientras que quienes trabajan a honorarios no cuentan con un contrato laboral tradicional que los vincule bajo las normas del Código del Trabajo. De esta forma, la implementación de la ley continuará su avance durante los próximos años, aunque con ajustes que buscan adaptarla a las distintas realidades laborales existentes en el país. Las autoridades han reiterado que el objetivo principal de esta reforma es avanzar hacia una jornada laboral más equilibrada, que permita mejorar el bienestar de los trabajadores sin afectar el funcionamiento de las empresas ni la productividad del país.
La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) instruyó a las empresas distribuidoras de energía postergar por cuatro meses el cobro de las reliquidaciones tarifarias asociadas al proceso del Valor Agregado de Distribución (VAD) correspondiente al período 2020-2024, medida que evitará por ahora un incremento en las cuentas de electricidad de los hogares. El cobro, que inicialmente estaba previsto para comenzar el 1 de abril, implicaba que las empresas distribuidoras recuperaran cerca de US$800 millones acumulados durante los años en que las tarifas eléctricas se mantuvieron congeladas tras el estallido social y la pandemia. Dicho ajuste significaba un aumento promedio de aproximadamente $1.450 en las cuentas de luz de los clientes. Con la nueva instrucción de la SEC, el proceso de reliquidación se iniciará recién en julio de 2026, dando un margen adicional para buscar mecanismos que permitan enfrentar este pago sin generar un impacto inmediato en el bolsillo de las familias. La decisión fue adoptada luego de recibir solicitudes desde distintos sectores vinculados al ámbito energético. Parlamentarios, la Asociación de Empresas Distribuidoras y la Federación Nacional de Cooperativas Eléctricas plantearon la necesidad de aplazar el cobro considerando el complejo escenario económico que atraviesa el país. Desde la SEC aclararon que la medida no elimina la obligación legal de efectuar la reliquidación, sino que posterga su aplicación. “Esta decisión busca resguardar el interés público y reducir el impacto económico en los hogares en un contexto excepcional”, señalaron desde el organismo fiscalizador. La postergación ocurre además en una semana marcada por nuevas presiones en el costo de la vida. El lunes pasado el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, anunció una fuerte alza en el precio de los combustibles, que se materializó el jueves con incrementos de $370 por litro en las bencinas y de $580 en el diésel. La ministra de Energía, Ximena Rincón, calificó la medida como una señal positiva para la ciudadanía, indicando que el gobierno trabaja en una fórmula que permita saldar la deuda con las empresas distribuidoras sin afectar significativamente a los hogares. “Estamos buscando un mecanismo que permita enfrentar esta obligación de manera responsable, pero evitando un impacto directo en el bolsillo de las familias”, señaló la secretaria de Estado. Por su parte, el subsecretario de Energía, Hugo Briones, indicó que el objetivo es encontrar una solución antes de la nueva fecha de cobro, mientras el Ejecutivo evalúa distintas alternativas para amortiguar el impacto económico de esta deuda acumulada en el sistema eléctrico.
Este jueves, el Gobierno de José Antonio Kast confirmó que buscará retirar del Congreso Nacional el proyecto de la nueva Ley de Pesca, impulsada durante 2024 bajo la administración del ex presidente Gabriel Boric. La acción fue anunciada por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, asegurando que durante esta misma jornada se tramite el oficio para hacer el retiro de la iniciativa. El proyecto nunca fue votado en sala de la Cámara de Diputadas y Diputados, por lo que al estar en pausa su tramitación, el Ejecutivo pudo hacer uso de su facultad para tramitarlo. La iniciativa, buscaba impulsar la predominancia del pensamiento científico en decisiones de administración y conservación de recursos hidrobiológicos. Eso sí, el aspecto del fraccionamiento pesquero de extracción fue legislado por separado, por lo que alcanzó a despacharse a ley. En este escenario, continuará vigente la normativa actual denominada como Ley Longueira.
En el marco de la Campaña de Invierno y ante el aumento de la circulación de virus respiratorios, el Ministerio de Salud anunció el uso obligatorio de mascarillas en los servicios de urgencia del país, tanto en el sistema público como privado, medida que regirá entre el 1 de abril y el 31 de agosto. Así lo informó el subsecretario de Redes Asistenciales, Dr. Julio Montt, quien explicó que la decisión busca reforzar las medidas de prevención en los establecimientos de salud durante los meses de mayor riesgo epidemiológico. “Queremos informar a nuestros pacientes, así como a médicos, enfermeras, TENS y a todos los profesionales de la salud, que a partir del 1 de abril el uso de mascarillas será obligatorio en los servicios de urgencia, tanto públicos como privados, además de unidades de diálisis y oncohematología”, señaló la autoridad. La normativa será obligatoria para todo el personal de salud, incluyendo profesionales, técnicos, administrativos, auxiliares y estudiantes en práctica. Asimismo, deberán utilizar mascarilla los pacientes y cualquier persona que se encuentre al interior de estos recintos asistenciales. Por su parte, la subsecretaria de Salud Pública, Dra. Alejandra Pizarro, explicó que la medida responde al incremento de virus respiratorios que se registra habitualmente en la temporada invernal. “A medida que nos acercamos al invierno aumenta la circulación de estos virus, por lo que es fundamental prevenir contagios. También recomendamos el uso de mascarilla en caso de presentar síntomas respiratorios o al asistir a lugares con alta aglomeración de personas”, indicó. Las autoridades sanitarias detallaron que las mascarillas recomendadas para cumplir con la medida son las médicas, quirúrgicas, de procedimiento o de tres pliegues, además de respiradores de alta eficiencia como N95, KN95 o equivalentes. La obligatoriedad se mantendrá hasta el 31 de agosto o hasta que las condiciones epidemiológicas permitan levantar la medida, en una estrategia preventiva destinada a proteger a pacientes y equipos de salud durante el periodo de mayor circulación viral.
Este miércoles fue publicada en el Diario Oficial la esperada Ley de Convivencia, Buen Trato y Bienestar de las Comunidades Educativas, una normativa que busca fortalecer la seguridad, la prevención de la violencia y el bienestar al interior de los establecimientos educacionales del país. Entre sus principales disposiciones, la ley establece que los sostenedores de colegios podrán implementar recursos tecnológicos destinados a detectar armas u objetos peligrosos en el ingreso de los recintos educacionales. Dentro de estas herramientas se encuentran los detectores de metales u otros dispositivos que permitan identificar elementos que puedan poner en riesgo la integridad de estudiantes, docentes y funcionarios. La medida cobra especial relevancia en el actual contexto, luego del grave ataque ocurrido en el Instituto Obispo Silva Lezaeta de Calama, donde un alumno de 18 años protagonizó un violento hecho con arma blanca que terminó con la vida de una inspectora y dejó a otras cuatro personas heridas, generando conmoción en la comunidad educativa y a nivel nacional. Tras ese hecho, el Presidente de la República, José Antonio Kast, abordó la necesidad de adoptar medidas más estrictas para resguardar la seguridad en los establecimientos. En esa línea, señaló que será necesario avanzar en mecanismos de mayor control en el acceso a los colegios. “Esto va a requerir algunas medidas de mayor control al ingreso de los establecimientos, que no es la solución de los problemas, pero tenemos que partir cuidando a los niños dentro de un espacio seguro que es la escuela”, sostuvo el mandatario, agregando que algunas iniciativas se incorporarán en reglamentos y otras serán discutidas como proyectos de ley en el Congreso. Por su parte, la ministra de Educación, María Paz Arzola, indicó que el ministerio ya trabaja en los reglamentos y orientaciones que acompañarán la implementación de la nueva ley, con el objetivo de que los establecimientos puedan avanzar en la aplicación de estas medidas de prevención. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la normativa, los sostenedores de establecimientos educacionales podrán implementar recursos tecnológicos para detectar armas, artefactos incendiarios u otros elementos peligrosos, siempre que exista acuerdo del Consejo Escolar o de la comunidad educativa. No obstante, la ley establece que estas medidas deberán aplicarse solo cuando existan antecedentes fundados que justifiquen su utilización como una acción proporcional, necesaria e idónea para prevenir la comisión de delitos dentro del recinto educacional. La normativa también contempla otras medidas estructurales para mejorar la convivencia escolar. Entre ellas destaca la creación de una Política Nacional de Convivencia Educativa y un Plan de Acción Nacional con una vigencia de ocho años, que coordinará acciones junto a distintos ministerios, entre ellos Seguridad Pública, Salud y Mujer y Equidad de Género. Asimismo, se establece que todos los establecimientos que reciben aportes del Estado deberán contar con un coordinador o coordinadora de convivencia escolar con dedicación exclusiva, con el fin de fortalecer la gestión preventiva y el acompañamiento a las comunidades educativas. La ley también incorpora la creación de un programa de bienestar socioemocional, orientado a apoyar a estudiantes y equipos educativos en materias de salud mental y convivencia. Esta iniciativa ya comenzó a implementarse de manera piloto en 176 establecimientos pertenecientes a los Servicios Locales de Educación Pública de Iquique, Valparaíso, Gabriela Mistral, Punilla Cordillera y Andalién Sur. Con estas medidas, el Gobierno busca avanzar en una política integral que permita prevenir hechos de violencia, fortalecer la convivencia escolar y garantizar entornos educativos más seguros para estudiantes, docentes y trabajadores de la educación en todo el país.
La implementación de la Ley de 40 horas continúa avanzando en Chile y durante 2026 marcará un nuevo hito en el proceso de reducción de la jornada laboral. A partir del 26 de abril de este año, el límite semanal de trabajo disminuirá de 44 a 42 horas, como parte del calendario progresivo que culminará en 2028 con una jornada máxima de 40 horas semanales. La normativa, establecida en la Ley 21.561, busca mejorar la calidad de vida de los trabajadores, permitiendo mayor tiempo de descanso y conciliación entre la vida laboral y personal, sin afectar las remuneraciones. El proceso comenzó en 2024 con la reducción inicial desde 45 a 44 horas semanales, y continuará aplicándose de manera gradual hasta completar el objetivo final dentro de dos años. Sin embargo, la disminución de la jornada no será automática para todos los trabajadores del país. De acuerdo con los criterios establecidos por la Dirección del Trabajo, existen ciertos grupos que quedan excluidos de esta reducción. Entre ellos se encuentran los altos cargos dentro de las empresas, como gerentes, administradores o directores, quienes ejercen funciones de confianza y toma de decisiones estratégicas. En estos casos, la naturaleza de sus responsabilidades implica una mayor flexibilidad en la organización de sus horarios laborales. Asimismo, la ley tampoco se aplica a trabajadores que no cuentan con fiscalización superior directa, es decir, aquellos cuyas funciones no están sujetas a un control horario tradicional debido a la autonomía con la que desarrollan sus labores. A estas excepciones se suman otros grupos que, por el tipo de vínculo laboral que mantienen, quedan fuera del alcance de la normativa. La ley de 40 horas rige exclusivamente para trabajadores contratados bajo el Código del Trabajo, lo que significa que funcionarios públicos y personas que prestan servicios a honorarios no se verán beneficiados con esta reducción. En el caso de los trabajadores del sector público, sus condiciones laborales se regulan a través del Estatuto Administrativo, mientras que quienes trabajan a honorarios no cuentan con un contrato laboral tradicional que los vincule bajo las normas del Código del Trabajo. De esta forma, la implementación de la ley continuará su avance durante los próximos años, aunque con ajustes que buscan adaptarla a las distintas realidades laborales existentes en el país. Las autoridades han reiterado que el objetivo principal de esta reforma es avanzar hacia una jornada laboral más equilibrada, que permita mejorar el bienestar de los trabajadores sin afectar el funcionamiento de las empresas ni la productividad del país.
La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) instruyó a las empresas distribuidoras de energía postergar por cuatro meses el cobro de las reliquidaciones tarifarias asociadas al proceso del Valor Agregado de Distribución (VAD) correspondiente al período 2020-2024, medida que evitará por ahora un incremento en las cuentas de electricidad de los hogares. El cobro, que inicialmente estaba previsto para comenzar el 1 de abril, implicaba que las empresas distribuidoras recuperaran cerca de US$800 millones acumulados durante los años en que las tarifas eléctricas se mantuvieron congeladas tras el estallido social y la pandemia. Dicho ajuste significaba un aumento promedio de aproximadamente $1.450 en las cuentas de luz de los clientes. Con la nueva instrucción de la SEC, el proceso de reliquidación se iniciará recién en julio de 2026, dando un margen adicional para buscar mecanismos que permitan enfrentar este pago sin generar un impacto inmediato en el bolsillo de las familias. La decisión fue adoptada luego de recibir solicitudes desde distintos sectores vinculados al ámbito energético. Parlamentarios, la Asociación de Empresas Distribuidoras y la Federación Nacional de Cooperativas Eléctricas plantearon la necesidad de aplazar el cobro considerando el complejo escenario económico que atraviesa el país. Desde la SEC aclararon que la medida no elimina la obligación legal de efectuar la reliquidación, sino que posterga su aplicación. “Esta decisión busca resguardar el interés público y reducir el impacto económico en los hogares en un contexto excepcional”, señalaron desde el organismo fiscalizador. La postergación ocurre además en una semana marcada por nuevas presiones en el costo de la vida. El lunes pasado el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, anunció una fuerte alza en el precio de los combustibles, que se materializó el jueves con incrementos de $370 por litro en las bencinas y de $580 en el diésel. La ministra de Energía, Ximena Rincón, calificó la medida como una señal positiva para la ciudadanía, indicando que el gobierno trabaja en una fórmula que permita saldar la deuda con las empresas distribuidoras sin afectar significativamente a los hogares. “Estamos buscando un mecanismo que permita enfrentar esta obligación de manera responsable, pero evitando un impacto directo en el bolsillo de las familias”, señaló la secretaria de Estado. Por su parte, el subsecretario de Energía, Hugo Briones, indicó que el objetivo es encontrar una solución antes de la nueva fecha de cobro, mientras el Ejecutivo evalúa distintas alternativas para amortiguar el impacto económico de esta deuda acumulada en el sistema eléctrico.
Este jueves, el Gobierno de José Antonio Kast confirmó que buscará retirar del Congreso Nacional el proyecto de la nueva Ley de Pesca, impulsada durante 2024 bajo la administración del ex presidente Gabriel Boric. La acción fue anunciada por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, asegurando que durante esta misma jornada se tramite el oficio para hacer el retiro de la iniciativa. El proyecto nunca fue votado en sala de la Cámara de Diputadas y Diputados, por lo que al estar en pausa su tramitación, el Ejecutivo pudo hacer uso de su facultad para tramitarlo. La iniciativa, buscaba impulsar la predominancia del pensamiento científico en decisiones de administración y conservación de recursos hidrobiológicos. Eso sí, el aspecto del fraccionamiento pesquero de extracción fue legislado por separado, por lo que alcanzó a despacharse a ley. En este escenario, continuará vigente la normativa actual denominada como Ley Longueira.
En el marco de la Campaña de Invierno y ante el aumento de la circulación de virus respiratorios, el Ministerio de Salud anunció el uso obligatorio de mascarillas en los servicios de urgencia del país, tanto en el sistema público como privado, medida que regirá entre el 1 de abril y el 31 de agosto. Así lo informó el subsecretario de Redes Asistenciales, Dr. Julio Montt, quien explicó que la decisión busca reforzar las medidas de prevención en los establecimientos de salud durante los meses de mayor riesgo epidemiológico. “Queremos informar a nuestros pacientes, así como a médicos, enfermeras, TENS y a todos los profesionales de la salud, que a partir del 1 de abril el uso de mascarillas será obligatorio en los servicios de urgencia, tanto públicos como privados, además de unidades de diálisis y oncohematología”, señaló la autoridad. La normativa será obligatoria para todo el personal de salud, incluyendo profesionales, técnicos, administrativos, auxiliares y estudiantes en práctica. Asimismo, deberán utilizar mascarilla los pacientes y cualquier persona que se encuentre al interior de estos recintos asistenciales. Por su parte, la subsecretaria de Salud Pública, Dra. Alejandra Pizarro, explicó que la medida responde al incremento de virus respiratorios que se registra habitualmente en la temporada invernal. “A medida que nos acercamos al invierno aumenta la circulación de estos virus, por lo que es fundamental prevenir contagios. También recomendamos el uso de mascarilla en caso de presentar síntomas respiratorios o al asistir a lugares con alta aglomeración de personas”, indicó. Las autoridades sanitarias detallaron que las mascarillas recomendadas para cumplir con la medida son las médicas, quirúrgicas, de procedimiento o de tres pliegues, además de respiradores de alta eficiencia como N95, KN95 o equivalentes. La obligatoriedad se mantendrá hasta el 31 de agosto o hasta que las condiciones epidemiológicas permitan levantar la medida, en una estrategia preventiva destinada a proteger a pacientes y equipos de salud durante el periodo de mayor circulación viral.