El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta emitió una contundente sentencia contra la Corporación Municipal de Desarrollo Social (CMDS), condenándola por prácticas antisindicales y vulneración de derechos fundamentales en perjuicio de Ivette Nathaly Gareca Flores, dirigente sindical y psicopedagoga en la región. Según lo informado por El Diario de Antofagasta, la sentencia del tribunal ratifica que la CMDS, presidida por el alcalde Jonathan Velásquez Ramírez, implementó diversas acciones destinadas a obstaculizar la labor sindical de Gareca y afectar tanto su integridad física como psíquica. Entre las medidas adoptadas se encuentra la denegación de autorización docente para el año 2022 por parte de la Dirección Provincial de Educación, una acción que no fue apelada por la CMDS, a diferencia de años anteriores, y que derivó en una demanda de desafuero en su contra. El tribunal determinó que estas acciones constituyen prácticas antisindicales, y en consecuencia, ha ordenado a la CMDS implementar una serie de medidas correctivas. Entre estas medidas se incluyen el pago de una multa significativa de 150 UTM, equivalentes aproximadamente a $10.000.000, la cual busca sancionar las conductas ilegales y disuadir futuras transgresiones. Además, la corporación deberá abstenerse de ejecutar actos antisindicales, investigar y sancionar a los responsables, promover la labor sindical en las unidades educativas bajo su administración, y capacitar a los directivos en materia de derechos fundamentales. Como parte de las reparaciones ordenadas, la CMDS deberá emitir disculpas públicas a Ivette Gareca y cambiar la naturaleza de su contrato para que se rija por el Código del Trabajo, manteniendo las mismas condiciones laborales. Además, el tribunal ha dispuesto el pago de una indemnización de $5.000.000 por concepto de daño moral a la dirigente sindical, reconociendo así el perjuicio causado por las prácticas antisindicales. Ivette Gareca ha expresado que esta no es la primera vez que la CMDS enfrenta una condena por prácticas antisindicales, siendo esta la segunda sentencia en su contra por estos motivos. Además, ha mencionado la existencia de un tercer caso documentado por la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta, relacionado con la expulsión de una sesión de concejo municipal. Ante estos hechos, la Inspección del Trabajo ha convocado a las partes a una mediación, con el objetivo de encontrar soluciones efectivas a esta recurrente problemática.
Un sujeto acusado de robo con homicidio frustrado, cometidos en contra de una mujer y su hijo en enero de 2023, fue condenado a la pena de 15 años y un día de presidio. El hecho ocurrió cuando el conductor de un taxi pirata los agredió con un arma blanca por una diferencia con el monto cobrado, tras un traslado desde el terminal a su hogar en Calama. Aunque tanto el delito de robo como el de homicidio no se consumaron, sino que quedaron en grado de frustrado, la Fiscalía Local de Calama logró que el hecho fuera castigado como si efectivamente se hubiera consumado. En conformidad a una norma especial del Código Penal que permite que ciertos delitos graves contra la propiedad y las personas, sean sancionados de tal manera. Según la investigación del Ministerio Público en conjunto con el Grupo de Investigación Especial de Homicidios de la PDI, el 15 de enero de 2023, el acusado A.J.D.O. trasladó en un vehículo a las víctimas, una mujer y su hijo de 13 años, desde el terminal Granaderos a un domicilio en calle Munich, cobrando una suma de dinero por tal servicio. Ante un desacuerdo por el valor del viaje, el conductor de nacionalidad chilena descendió del móvil con un arma blanca y arrebató el teléfono celular de la pasajera. Momento en que el menor intervino para auxiliar a su madre, recibiendo múltiples heridas en la zona abdominal de carácter grave, que obligaron a someterlo a una cirugía para salvar su vida. Durante el ataque, la madre del menor también resultó lesionada con el arma blanca en su antebrazo derecho. En tanto, el acusado huyó del lugar en el mismo vehículo, sin las pertenencias de la víctima. El fiscal Cristian Encina, a cargo de la investigación, explicó que para establecer esta pena el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama tuvo en consideración lo establecido en el artículo 450 del Código Penal, que permite castigar como consumados algunos delitos graves cuando el hecho no se concreta por circunstancias ajenas a la voluntad del acusado. En este caso el robo estaba frustrado y el homicidio también, porque el celular se recuperó y la víctima menor de edad sobrevivió, sin embargo, ambos delitos no se concretaron exclusivamente por circunstancias fortuitas y por la defensa que opuso la víctima. Y el artículo 450 del Código Penal establece que cuando son afectados bienes jurídicos importantes, como la vida o la propiedad, se adelanta la punibilidad, es decir, no se requiere que el hecho esté consumado para sancionarlo como tal, explicó el persecutor. En su fallo el Tribunal condenó a A.J.D.O. a cumplir 15 años y 1 día de presidio mayor en su grado máximo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito de robo con homicidio, en grado de frustrado, agregando que este, “se castiga como consumado de conformidad al artículo 450 inciso primero del mismo cuerpo legal”. La resolución añade que, considerando la pena a imponer, una vez ejecutoriada, esta deberá cumplirse de manera efectiva, sirviéndole de abono al condenado los días que ha permanecido privado de libertad por la presente causa, esto es, 485 días, según la certificación de la ministra de fe de este tribunal. La defensa del condenado ahora dispone de un plazo para recurrir en contra de la sentencia del tribunal de Calama.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta emitió una sentencia condenatoria contra Javier Ignacio Sapiain Castillo, dictaminando una pena de 9 años de prisión por el delito de manejo de vehículo motorizado bajo la influencia de estupefacientes, el cual resultó en la muerte de una persona en noviembre de 2022. Además de la pena de cárcel, se impusieron otras medidas accesorias legales, incluyendo inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, así como la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica. También se le ordenó el pago de una multa de 12 UTM, equivalente a aproximadamente $782.184. El fallo unánime del tribunal también condenó a Sapiain Castillo por el delito de incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad de todo accidente en el que se produjo la muerte. El incidente tuvo lugar el pasado 3 de noviembre de 2022, cuando Sapiain Castillo conducía su vehículo por la calle El Chaco de Antofagasta, presentando capacidades psicomotoras disminuidas debido al consumo de estupefacientes y psicotrópicos. Durante una maniobra de retroceso, sin tomar las medidas de seguridad necesarias, atropelló a la víctima Rafael Segundo Palacios Órdenes, quien se encontraba caminando por el lugar. Tras el impacto, Sapiain Castillo abandonó la escena sin detenerse, prestar ayuda o notificar a las autoridades pertinentes. El informe pericial toxicológico confirmó que Sapiain Castillo estaba bajo los efectos del clorhidrato de cocaína en el momento del accidente, lo cual fue corroborado por el resultado positivo para cocaína en una muestra de sangre tomada posteriormente, al detectarse la presencia de benzoilecgonina. La víctima falleció a consecuencia del atropello debido a una hipovolemia aguda e insuficiencia respiratoria, derivadas de trauma en tórax, pelvis y extremidades superiores e inferiores.
Facundo fue brutalmente herido por su propio cuidador el año pasado. Hecho ocurrido en calle Lima de Antofagasta, tras el cual el imputado fue detenido y quedó en prisión preventiva, como autor del delito de maltrato animal. Este miércoles se conoció la sentencia de dos años de cárcel más el pago de una multa de 20 UTM. Sobre la acción judicial, la conocida animalista de Antofagasta, Luz Echanez, explica como animalistas hicimos la denuncia, una querella con ayuda de nuestro abogado animalista, Marcelo Encina. Así manifestamos nuestro repudio hacia ese maltratador y hoy se hizo justicia. Por primera vez en Chile se condena a un maltratador con cárcel efectiva (...) esto es un antecedente para futuros maltratadores, para que sepan que los animales son seres sintientes y que hay justicia para ellos. Cualquier persona que dañe a un animal o lo asesine, va a pagar con cárcel.Como animalistas estamos conformes y nos sentimos felices, porque Facundo ahora va a poder descansar en paz, porque su asesino está tras las rejas, manifestó Echanez. Por su parte, el abogado querellante, Marcelo Encina, sostuvo estamos conformes con la sentencia que ha dictado el Tribunal Oral en lo Penal de la ciudad de Antofagasta, donde ha condenado al autor del asesinato del perrito Facundo a una pena efectiva de dos años de privación de libertad. Lo que constituye un real avance, un hecho importante en estas materias, porque desde la dictación de la Ley Cholito son pocos los casos a nivel nacional que han permitido lograr que se pueda concurrir, en definitiva una sentencia condenatoria, un castigo realmente ejemplificador a una persona que comete un acto aberrante frente a un animal, recalcó el abogado. En tanto, el diputado Sebastián Videla (IND-PL), señaló hemos marcado un precedente en la defensa de nuestros animales (..) esto es histórico, ya que con la Ley Cholito no se había podido lograr una condena de este tipo. Por eso es tan importante que se modifique esta ley, para poder tener penas efectivas de cárcel para los asesinos de animales. Tanto Echanez como el abogado y el parlamentario, agradecieron a las agrupaciones animalistas, testigos, policías y al Ministerio Público, por su participación para lograr llegar a la resolución del caso.
El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta emitió una contundente sentencia contra la Corporación Municipal de Desarrollo Social (CMDS), condenándola por prácticas antisindicales y vulneración de derechos fundamentales en perjuicio de Ivette Nathaly Gareca Flores, dirigente sindical y psicopedagoga en la región. Según lo informado por El Diario de Antofagasta, la sentencia del tribunal ratifica que la CMDS, presidida por el alcalde Jonathan Velásquez Ramírez, implementó diversas acciones destinadas a obstaculizar la labor sindical de Gareca y afectar tanto su integridad física como psíquica. Entre las medidas adoptadas se encuentra la denegación de autorización docente para el año 2022 por parte de la Dirección Provincial de Educación, una acción que no fue apelada por la CMDS, a diferencia de años anteriores, y que derivó en una demanda de desafuero en su contra. El tribunal determinó que estas acciones constituyen prácticas antisindicales, y en consecuencia, ha ordenado a la CMDS implementar una serie de medidas correctivas. Entre estas medidas se incluyen el pago de una multa significativa de 150 UTM, equivalentes aproximadamente a $10.000.000, la cual busca sancionar las conductas ilegales y disuadir futuras transgresiones. Además, la corporación deberá abstenerse de ejecutar actos antisindicales, investigar y sancionar a los responsables, promover la labor sindical en las unidades educativas bajo su administración, y capacitar a los directivos en materia de derechos fundamentales. Como parte de las reparaciones ordenadas, la CMDS deberá emitir disculpas públicas a Ivette Gareca y cambiar la naturaleza de su contrato para que se rija por el Código del Trabajo, manteniendo las mismas condiciones laborales. Además, el tribunal ha dispuesto el pago de una indemnización de $5.000.000 por concepto de daño moral a la dirigente sindical, reconociendo así el perjuicio causado por las prácticas antisindicales. Ivette Gareca ha expresado que esta no es la primera vez que la CMDS enfrenta una condena por prácticas antisindicales, siendo esta la segunda sentencia en su contra por estos motivos. Además, ha mencionado la existencia de un tercer caso documentado por la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta, relacionado con la expulsión de una sesión de concejo municipal. Ante estos hechos, la Inspección del Trabajo ha convocado a las partes a una mediación, con el objetivo de encontrar soluciones efectivas a esta recurrente problemática.
Un sujeto acusado de robo con homicidio frustrado, cometidos en contra de una mujer y su hijo en enero de 2023, fue condenado a la pena de 15 años y un día de presidio. El hecho ocurrió cuando el conductor de un taxi pirata los agredió con un arma blanca por una diferencia con el monto cobrado, tras un traslado desde el terminal a su hogar en Calama. Aunque tanto el delito de robo como el de homicidio no se consumaron, sino que quedaron en grado de frustrado, la Fiscalía Local de Calama logró que el hecho fuera castigado como si efectivamente se hubiera consumado. En conformidad a una norma especial del Código Penal que permite que ciertos delitos graves contra la propiedad y las personas, sean sancionados de tal manera. Según la investigación del Ministerio Público en conjunto con el Grupo de Investigación Especial de Homicidios de la PDI, el 15 de enero de 2023, el acusado A.J.D.O. trasladó en un vehículo a las víctimas, una mujer y su hijo de 13 años, desde el terminal Granaderos a un domicilio en calle Munich, cobrando una suma de dinero por tal servicio. Ante un desacuerdo por el valor del viaje, el conductor de nacionalidad chilena descendió del móvil con un arma blanca y arrebató el teléfono celular de la pasajera. Momento en que el menor intervino para auxiliar a su madre, recibiendo múltiples heridas en la zona abdominal de carácter grave, que obligaron a someterlo a una cirugía para salvar su vida. Durante el ataque, la madre del menor también resultó lesionada con el arma blanca en su antebrazo derecho. En tanto, el acusado huyó del lugar en el mismo vehículo, sin las pertenencias de la víctima. El fiscal Cristian Encina, a cargo de la investigación, explicó que para establecer esta pena el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama tuvo en consideración lo establecido en el artículo 450 del Código Penal, que permite castigar como consumados algunos delitos graves cuando el hecho no se concreta por circunstancias ajenas a la voluntad del acusado. En este caso el robo estaba frustrado y el homicidio también, porque el celular se recuperó y la víctima menor de edad sobrevivió, sin embargo, ambos delitos no se concretaron exclusivamente por circunstancias fortuitas y por la defensa que opuso la víctima. Y el artículo 450 del Código Penal establece que cuando son afectados bienes jurídicos importantes, como la vida o la propiedad, se adelanta la punibilidad, es decir, no se requiere que el hecho esté consumado para sancionarlo como tal, explicó el persecutor. En su fallo el Tribunal condenó a A.J.D.O. a cumplir 15 años y 1 día de presidio mayor en su grado máximo y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito de robo con homicidio, en grado de frustrado, agregando que este, “se castiga como consumado de conformidad al artículo 450 inciso primero del mismo cuerpo legal”. La resolución añade que, considerando la pena a imponer, una vez ejecutoriada, esta deberá cumplirse de manera efectiva, sirviéndole de abono al condenado los días que ha permanecido privado de libertad por la presente causa, esto es, 485 días, según la certificación de la ministra de fe de este tribunal. La defensa del condenado ahora dispone de un plazo para recurrir en contra de la sentencia del tribunal de Calama.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta emitió una sentencia condenatoria contra Javier Ignacio Sapiain Castillo, dictaminando una pena de 9 años de prisión por el delito de manejo de vehículo motorizado bajo la influencia de estupefacientes, el cual resultó en la muerte de una persona en noviembre de 2022. Además de la pena de cárcel, se impusieron otras medidas accesorias legales, incluyendo inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, así como la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica. También se le ordenó el pago de una multa de 12 UTM, equivalente a aproximadamente $782.184. El fallo unánime del tribunal también condenó a Sapiain Castillo por el delito de incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad de todo accidente en el que se produjo la muerte. El incidente tuvo lugar el pasado 3 de noviembre de 2022, cuando Sapiain Castillo conducía su vehículo por la calle El Chaco de Antofagasta, presentando capacidades psicomotoras disminuidas debido al consumo de estupefacientes y psicotrópicos. Durante una maniobra de retroceso, sin tomar las medidas de seguridad necesarias, atropelló a la víctima Rafael Segundo Palacios Órdenes, quien se encontraba caminando por el lugar. Tras el impacto, Sapiain Castillo abandonó la escena sin detenerse, prestar ayuda o notificar a las autoridades pertinentes. El informe pericial toxicológico confirmó que Sapiain Castillo estaba bajo los efectos del clorhidrato de cocaína en el momento del accidente, lo cual fue corroborado por el resultado positivo para cocaína en una muestra de sangre tomada posteriormente, al detectarse la presencia de benzoilecgonina. La víctima falleció a consecuencia del atropello debido a una hipovolemia aguda e insuficiencia respiratoria, derivadas de trauma en tórax, pelvis y extremidades superiores e inferiores.
Facundo fue brutalmente herido por su propio cuidador el año pasado. Hecho ocurrido en calle Lima de Antofagasta, tras el cual el imputado fue detenido y quedó en prisión preventiva, como autor del delito de maltrato animal. Este miércoles se conoció la sentencia de dos años de cárcel más el pago de una multa de 20 UTM. Sobre la acción judicial, la conocida animalista de Antofagasta, Luz Echanez, explica como animalistas hicimos la denuncia, una querella con ayuda de nuestro abogado animalista, Marcelo Encina. Así manifestamos nuestro repudio hacia ese maltratador y hoy se hizo justicia. Por primera vez en Chile se condena a un maltratador con cárcel efectiva (...) esto es un antecedente para futuros maltratadores, para que sepan que los animales son seres sintientes y que hay justicia para ellos. Cualquier persona que dañe a un animal o lo asesine, va a pagar con cárcel.Como animalistas estamos conformes y nos sentimos felices, porque Facundo ahora va a poder descansar en paz, porque su asesino está tras las rejas, manifestó Echanez. Por su parte, el abogado querellante, Marcelo Encina, sostuvo estamos conformes con la sentencia que ha dictado el Tribunal Oral en lo Penal de la ciudad de Antofagasta, donde ha condenado al autor del asesinato del perrito Facundo a una pena efectiva de dos años de privación de libertad. Lo que constituye un real avance, un hecho importante en estas materias, porque desde la dictación de la Ley Cholito son pocos los casos a nivel nacional que han permitido lograr que se pueda concurrir, en definitiva una sentencia condenatoria, un castigo realmente ejemplificador a una persona que comete un acto aberrante frente a un animal, recalcó el abogado. En tanto, el diputado Sebastián Videla (IND-PL), señaló hemos marcado un precedente en la defensa de nuestros animales (..) esto es histórico, ya que con la Ley Cholito no se había podido lograr una condena de este tipo. Por eso es tan importante que se modifique esta ley, para poder tener penas efectivas de cárcel para los asesinos de animales. Tanto Echanez como el abogado y el parlamentario, agradecieron a las agrupaciones animalistas, testigos, policías y al Ministerio Público, por su participación para lograr llegar a la resolución del caso.