El Tribunal Oral en Lo Penal de Calama condenó a F. L. B. V. de nacionalidad chilena, a las penas de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo como autor del delito consumado de abuso sexual impropio, perpetrado en la capital loína entre octubre del 2012 y octubre del 2013.
También fue condenado a las penas accesorias de inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer derechos políticos, junto con la inhabilitación absoluta para postular a cargos y/u oficios públicos durante el tiempo que transcurra la condena.
Además, de la pena interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley determine y a la sujeción de vigilancia de la autoridad por un periodo de 10 años, siguientes al cumplimiento de la pena principal.
El fiscal adjunto de Calama, Víctor Ravello, quien dirigió la investigación del caso con colaboración de la PDI, destacó "no obstante la retractación durante el juicio oral de la víctima y de su madre, se logró mediante el ejercicio de refrescar la memoria y revelar contradicciones, unido al mérito del informe pericial de Cavas (Centro de Atención a Víctimas de Atentados Sexuales) y de las declaraciones de la duplo psico-social del P.R.M. (Programa Maltrato y Abuso Sexual) Bahía de Esperanza, se pudo llevar adelante la acusación del condenado”.
Hechos
Según la información dada a conocer por el fiscal Ravello durante el juicio, "el 27 de mayo del 2019 la madre de la víctima descubrió una carta en que se relataba que su ex conviviente había cometido el delito de abuso sexual cuando la víctima era menor de edad. Cabe indicar, que lo anterior fue ratificado además, con los antecedentes entregados por una perito, acreditándose más allá de toda duda razonable, la participación del acusado en estos hechos de una manera inmediata y directa".
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11 de julio de 2025
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