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La Corte de Apelaciones de Antofagasta desestimó este lunes el recurso de protección presentado por la comunidad atacameña de Coyo, que se oponía al acuerdo alcanzado entre Codelco y SQM para avanzar en la Estrategia Nacional del Litio. Según el tribunal, el pacto no constituye una acción administrativa que permita, por el momento, la explotación de litio en el Salar de Atacama ni la tramitación de los permisos ambientales necesarios, ni la consulta a las comunidades indígenas.
Ante esto, en un fallo unánime (causa rol 1.626-2024), la Segunda Sala de la Corte explicó que el acuerdo solo establece las bases para una posible asociación entre las dos empresas, y que aún se requieren otros trámites, como la firma de contratos y la obtención de los permisos correspondientes. El tribunal subrayó que la futura explotación del litio depende de una serie de condiciones previas, incluyendo la consulta indígena, tal como lo estipula la normativa vigente.
Asimismo, la comunidad atacameña de Coyo había argumentado que el acuerdo entre Codelco y SQM vulneraba sus derechos, al no someterse a un proceso de licitación pública y al no realizarse una consulta indígena previa. Sin embargo, la Corte señaló que no existía una obligación de licitar, dado el marco legal que rige a Codelco, y que el acuerdo en cuestión no implicaba una intervención que justificara la consulta inmediata.
Finalmente, la resolución del tribunal concluye que no se ha vulnerado ninguna de las garantías constitucionales de la comunidad, ya que el acuerdo firmado es solo un paso inicial en el proceso de desarrollo de la futura sociedad minera y no una autorización definitiva para la explotación de recursos en el Salar de Atacama.
15 de enero de 2025
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