Fisco deberá indemnizar a repartidor de delivery que perdió la visión por perdigón en Antofagasta
Corte de Apelaciones ratificó pago de $150 millones a víctima de impacto de escopeta antidisturbios en Mejillones. El tribunal condenó al Estado por "falta de servicio" de Carabineros al no cumplir su deber de resguardar la integridad física de las personas.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la sentencia que obliga al Fisco a pagar una indemnización de perjuicios de $150.000.000 por concepto de daño moral, a Michael Damián Hurtado, un repartidor de delivery que perdió la visión de su ojo izquierdo tras ser impactado por un perdigón antidisturbios.
El incidente, que resultó en una pérdida total, irreparable e irreversible del ojo para Hurtado, ocurrió el 2 de marzo de 2020 en las inmediaciones de la Tenencia de Carabineros de Mejillones.
En un fallo dividido (causa rol 770-2025), la Segunda Sala del tribunal de alzada ratificó la decisión del Segundo Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, que había condenado inicialmente al Fisco por falta de servicio de Carabineros de Chile.
El fallo consigna que se acreditó la responsabilidad del Estado, configurando una presunción judicial debido a la gravedad, precisión y concordancia de los hechos: los disparos de perdigones efectuados por funcionarios de Carabineros con escopetas antidisturbios y el daño directo causado al actor.
Asimismo, la Corte enfatizó que la institución no cumplió con su deber de garante de la seguridad, ni protegió o resguardó los derechos fundamentales de quienes transitaban por el sector. El tribunal señaló un evidente incumplimiento de los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza.
El fallo cuestionó que los funcionarios que reconocieron haber disparado las escopetas no explicaron si siguieron "estricta y completamente las normas que autorizaban el uso de dichas armas". Además, destacó que no hubo una evaluación de la necesidad ni la proporcionalidad del uso de la fuerza, ya que una testigo de la demandante aseveró que los funcionarios dispararon apenas llegaron al lugar y a quemarropa.
A esto se suma que Carabineros no pudo individualizar claramente a todos los funcionarios participantes, quiénes estaban capacitados para usar la escopeta, ni la forma en que fueron utilizadas. La resolución también indica que el personal policial no ayudó ni protegió al actor una vez lesionado, enterándose de la gravedad de la lesión solo por los medios de comunicación tiempo después.
"Carabineros de Chile, al no cumplir su deber de cuidado de la vida e integridad física de las personas, actuó con falta de servicio," concluye la resolución, confirmando el monto de la indemnización que, eso sí, solo considerará los reajustes legalmente procedentes y no los intereses, pues estos últimos no fueron demandados.
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