Dirección General de Aguas multa a Minera Algorta en Sierra Gorda
Empresa construyó seis pozas de evaporación solar sin autorización de la DGA. El organismo indica que ya pagaron la multa pero resta presentar el proyecto de construcción.
La Dirección Regional de Aguas del MOP Antofagasta resolvió aplicar una multa de 412,8 UTM (aproximadamente $26.036.947) a Minera Algorta Norte S.A. por la construcción no autorizada de obras hidráulicas mayores en la comuna de Sierra Gorda. También les ordenaron en un plazo de 9 meses presentar el proyecto de construcción y operación de las obras fiscalizadas para aprobación de la Dirección General de Aguas (DGA).
El seremi de Obras Públicas, Pedro Barrios, sostiene que la empresa construyó seis pozas de evaporación solar que sobrepasan los 50 mil metros cúbicos y que requieren la aprobación de la DGA para su construcción, según lo indica el Código de Aguas, lo cual no se realizó.
Esta fiscalización es una de muchas que realiza la DGA, ante lo cual el seremi Pedro Barrios destaca "las fiscalizaciones en terreno que efectúa el ministerio a través de la DGA, son esenciales para proteger el recurso hídrico de la región y sancionar las malas prácticas que afecten dicho recurso".
"Si bien, este año la DGA aumentó el recurso humano para llevar a cabo estas labores, permitiendo mayores inspecciones, nuestro objetivo final no es seguir multando, sino terminar con la extracción ilegal de agua y hacer un llamado a tomar conciencia para aportar en su cuidado, ya que es un recurso imprescindible", expresa Barrios.
Minera ya pagó la multa
Respecto a la minera multada, la directora regional de la DGA, Marcela Astudillo, explicó que la minera, dedicada a la extracción y producción de yodo en base a la explotación del caliche, ya canceló la multa en la Tesorería General de la República, pero tendría pendiente presentar de aquí a septiembre los proyectos de las pozas fiscalizadas para analizar si éstas cumplen con el diseño hidráulico y estructural, según el reglamento de las obras que deben ser aprobadas por la DGA.
“La normativa es clara, los embalses de capacidad superior a 50 mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 5 metros de altura requiere la aprobación de la DGA para su construcción y se otorgará la autorización una vez aprobado el proyecto definitivo y siempre que se haya comprobado que la obra no afectará la seguridad de terceros ni producirá la contaminación de las aguas. Lo anterior es independiente de las autorizaciones ambientales con que cuenta la empresa para su proyecto minero”, indicó.
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