La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó la sentencia que condenó al cabo primero del Ejército J. A.C.M. a la pena de 4 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de tortura. Ilícito perpetrado en abril de 2020, en la ruta que conduce al poblado de Chiu Chiu.
En fallo unánime (causa rol 788-2022), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Óscar Clavería Guzmán, Juan Opazo Lagos y Claudia Lewin Arroyo– descartó falta de acreditación de los hechos que dio por establecido la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama.
“(…) en concepto de esta Corte, la sentencia analizada, que tiene la estructura indicada en el considerando anterior, argumenta en forma lógica, razonada, adecuada y completa sobre la acreditación de los hechos, sobre su calificación jurídica y sobre la participación culpable del condenado, no apreciándose circunstancia alguna que lleve a tener dudas del hecho y de la participación, siendo insuficiente la prueba de descargo al efecto, por las razones desarrolladas en extenso en la sentencia, por lo que no cabe sino concluir que esta no adolece del vicio alegado”, sostiene la resolución.
Por lo tanto, se resuelve que: “SE RECHAZA, sin costas, el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de J.A.C.M. en contra de la sentencia de fecha de veinticuatro de junio de dos mil veintidós, dictada en causa RUC 2000391925-1, RIT 32-2022 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama”.
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26 de junio de 2025
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