Por prescripción de delitos: Suprema rechaza extradición de exfrentista Pablo Muñoz Hoffmann
El otrora miembro del FPMR estuvo prófugo de la justicia y fue detenido en Bolivia tras 28 años de búsqueda.
La jornada del presente miércoles, la Sala Penal de la Corte Suprema desestimó la solicitud de extradición de Pablo Muñoz Hoffman, exmiembro del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) , quien había sido detenido el 6 de enero pasado en Bolivia.
Recordemos, que el otrora frentista estuvo prófugo de la justicia durante 28 años, tras protagonizar junto a otros tres integrantes del movimiento, el escape de la Cárcel de Alta Seguridad de Santiago (CAS) el 30 de diciembre de 1996, escapando en un canasto colgante de un helicóptero.
En ese contexto, su captura en el país altiplánico fue ejecutada gracias a una Notificación Roja de Interpol Santiago y dos órdenes de detención pendientes por infracción a la Ley de Armas, secuestro y fuga. Inicialmente, las autoridades bolivianas planearon su expulsión, pero lo liberaron al día siguiente, argumentando que no se había formalizado un pedido de extradición desde Chile.
Con esto en consideración, el máximo tribunal indicó que pese a existir un tratado de extradición vigente con Bolivia, no procede activar la solicitud debido a que “la acción penal respecto de los ilícitos fundantes no debe estar prescrita”. “Déjese sin efecto la orden de detención para efectos de extradición dispuesta mediante resolución de 8 de enero del año en curso”, complementa el dictamen.
Sobre la prescripción, se resolvió que "ha transcurrido con creces el plazo para entender como prescrita la acción penal, toda vez que desde la época de ocurrencia de los hechos han transcurrido 33 años y desde el cese de la persecución penal, lo han hecho 28", estipula el fallo.
Para concluir, el texto repara en los acuerdos suscritos por países de esta parte del mundo, aludiendo al Tratado de Extradición aplicable al Mercosur, "la acción penal respecto de los ilícitos fundantes no debe estar prescrita, cuestión que, conforme fue demostrada en la motivación precedente, no asiste en el caso concreto, debiendo a causa de lo anterior, declararse la improcedencia de la solicitud de extradición activa en estudio", fustigó el escrito.
5 de agosto de 2026
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