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El Servicio Electoral, Servel desestimó, este sábado 17 de agosto, la reclamación presentada por Ricardo Díaz Cortés, quien buscaba revertir el rechazo de su candidatura a la reelección como Gobernador Regional de Antofagasta. La decisión inicial del Servel, que fue ratificada tras la revisión de la impugnación, se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales en la declaración jurada presentada por Díaz.
El Servel explicó que la declaración jurada acompañada a la inscripción de la candidatura de Díaz no señalaba el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Constitución y la ley para ser candidato, ni acreditaba que el aspirante no estuviera afecto a inhabilidades establecidas en los artículos 23 bis, 23 ter, y 84 de la Ley N° 19.175, y el artículo 3 de la Ley N° 18.700. Además, se destacó que la "declaración jurada no está suscrita por el declarante", lo que infringe el Artículo 84 de la Ley N° 19.175, el Artículo 3 de la Ley N° 18.700, y los artículos 408 y 425 inciso 1 del Código Orgánico de Tribunales.
El problema radica en que la declaración jurada de Díaz constaba de dos páginas, y aunque el candidato firmó en el reverso de la primera, omitió hacerlo en la segunda hoja, donde debía plasmarse la firma tanto del candidato como del notario. Este error fue determinante para que el Servel ratificara la invalidación de su candidatura, lo que deja a Díaz fuera de la contienda electoral para los comicios de octubre.
Según el Servicio Electoral, en la inscripción de Diaz se utilizó otro modelo tipo de declaración jurada notarial a la propuesta por el Servel:
Al cierre de esta nota, Ricardo Diaz Cortés aun no daba a conocer su parecer al respecto del informe del Servel.
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