Corte de Antofagasta aprobó solicitar a Países Bajos extradición de exalcaldesa Karen Rojo
El fallo indica que es procedente la detención dada la condición de rematada de la condenada y la extensión de la pena que debe cumplir en forma efectiva.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió este miércoles la solicitud de extradición activa de la exalcaldesa Karen Paulina Rojo Venegas, quien fue condenada a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autora del delito de fraude al fisco.
En fallo unánime (causa rol 217-2022), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dinko Franulic Cetinic, Ingrid Castillo Fuenzalida y el abogado (i) Jorge León Rojas– aprobó lo dispuesto por el Juzgado de Garantía de Antofagasta y accedió a pedir la extradición de la condenada, quien se encuentra actualmente en los Países Bajos, lugar al que se trasladó el pasado 23 de marzo.
Para el tribunal de alzada, en la especie, “(…) debe tenerse presente que se cumplen los requisitos de los artículos 431, 432 y 436 del Código Procesal Penal, pues la condenada Karen Paulina Rojo Venegas ha sido sancionada como autora del delito de fraude al Fisco a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, sin que se le otorgara pena sustitutiva alguna, de manera que corresponde abocarse a los demás requisitos, esto es, la concurrencia de los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal y la constancia en el procedimiento, del país y lugar en que el imputado se encontrare en la actualidad”.
La resolución agrega que: “(…) por otra parte, también es del caso considerar como fundamento normativo que hace procedente la solicitud de extradición activa, lo dispuesto en los artículos 17, 44 y demás pertinentes de la Convención de Las Naciones Unidas contra la corrupción, norma internacional que fue suscrita tanto por la República de Chile como por el Reino de los Países Bajos, siendo ambos Estados miembros, generando obligaciones recíprocas de cooperación y auxilio en la lucha contra delitos como el que justamente fue condenada la imputada, entre ellas la detención y extradición de personas para hacer efectiva su responsabilidad penal”.
“(…) finalmente, es procedente la detención previa de acuerdo con el artículo 434 del Código Procesal Penal, dada la condición de rematada de la condenada y la extensión de la pena que debe cumplir en forma efectiva, habiendo antecedentes, derivados del propio comportamiento elusivo de ella, de un considerable riesgo de fuga, todo con la finalidad de hacer exitosa la extradición y lograr la correcta ejecución de la pena”, añade.
“Por otro lado, tratándose de una imputada condenada por medio de una sentencia ejecutoriada a pena de crimen efectiva, resulta impertinente requerir un pronunciamiento del juez de garantía respecto de la concurrencia de los requisitos de la prisión preventiva u otra medida cautelar, pues su responsabilidad fue acreditada por el tribunal penal competente, cumpliéndose el estándar de condena establecido en la ley y disponiéndose el cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad”, ordena la resolución.
Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE la solicitud de extradición de Karen Paulina Rojo Venegas, ya individualizada, debiendo dirigirse al Ministerio de Relaciones Exteriores copia de esta resolución, pidiendo que se practiquen las gestiones diplomáticas necesarias para que el Reino de los Países Bajos otorgue su extradición por encontrarse condenada como autora del delito de fraude al Fisco, previsto y penado en el artículo 239 del Código Penal”.
el jueves pasado a las 13:19
el miércoles pasado a las 16:52
el miércoles pasado a las 12:14
el viernes pasado a las 9:52
el jueves pasado a las 17:31
el jueves pasado a las 13:19
el miércoles pasado a las 16:52
el miércoles pasado a las 12:14
20 de abril de 2026
Los lesionados son trasladados hasta Hospital de Tocopilla y
hospital Cruz del Norte de María Elena, mientras que los fallecidos corresponden al conductor y al auxiliar del bus.








21 de octubre de 2025
5 de noviembre de 2025
5 de noviembre de 2025
21 de octubre de 2025
5 de noviembre de 2025
5 de noviembre de 2025
Entró en vigencia la nueva ordenanza municipal que obliga a que las barberías y otros centros de estéticas de la capital regioanl, deben a cerrar antes de las 21:30 horas.
Uno de los recintos mantenía tarros en el piso con papas remojando en agua, mientras que el otro local no contaba con sistema de extracción y tampoco mantenía lavamanos.
Además, el tribunal confirmó la resolución que desestimó la solicitud de decretar la suspensión del procedimiento por enajenación mental del amparado.
La situación provocó la evacuación de cerca de 200 personas del recinto, mientras que el sujeto, que portaba un arma blanca, fue detenido por Carabineros.
Las medidas contemplan descuentos en combustibles en estaciones Aramco, entrega de gas y canastas de alimentos, descuentos en medicamentos para usuarios de Fonasa, entre otros.
El estudiante es apuntado como el presunto autor de una amenaza de ataque, que fue presentada de manera escrita al interior de los baños del recinto educacional.
Retorno postergado: Las medidas para la vuelta a clases del Instituto Obispo Silva Lezaeta de Calama
Actividades como "Jeans Day" y "Apadrinamiento" quedarán suspendidas. Además, el reintegro será de manera gradual en tres etapas, según los niveles de enseñanza básica y media.
Los procedimientos consideraron además una búsqueda subacuática. Las labores de rastreo continuarán en coordinación con el Ministerio Público.
El operativo resultó con el decomiso de 6 parrillas y 4 carros de alimentos, que operaban de manera informal en el sector centro de la capital regional.
La interna consiguió escapar del Centro de Cumplimiento Penitenciario Femenino de Antofagasta a través del escalamiento, pero fue recapturada minutos después de su huida.























































































