Condenan a gendarme que ingresaba celulares y droga a cárcel de Calama
Recibía soborno de internos, luego simulaban un altercado o tapaban las cañerías para inundar los módulos y que el ex gendarme pudiera entregarles las sustancias.
Un gendarme asignado al Centro de Detención Preventiva (CDP) de Calama, fue condenado a penas 7 años de presidio por el delito de cohecho reiterado y a 600 días por microtráfico de drogas, más multa y accesorias legales, como resultado de una investigación llevada adelante por la Fiscalía de esa ciudad.
En la misma causa, tres personas que al momento de los hechos eran internos del centro penitenciario, fueron hallados culpables del delito de soborno por los pagos que realizaron al ahora ex funcionario, recibiendo penas 4 años y un mes, 600 días y 100 días de presidio, respectivamente.
Durante el juicio, el fiscal (s) de Calama, Claudio Rojas Piro, explicó que gracias a una investigación conjunta desarrollada con Gendarmería y OS7 de Carabineros, establecieron que el entonces gendarme L.F.C.M. participaba en la internación de sustancias ilícitas y celulares al penal, a cambio de sumas de dinero previamente convenidas con los reclusos.
“El modus operandi consistía en que los internos tomaban contacto con este gendarme para la internación de distintos elementos prohibidos y una vez convenido el pago, que estaba previamente establecido, se pedía a un tercero, generalmente un conductor de inDrive, que hiciera la recolección de los elementos prohibidos y los entregara al funcionario, quien hacía ingreso de estos al penal”, explicó el persecutor.
Para completar la entrega de los elementos a sus destinatarios, los imputados simulaban algún altercado que ameritase el ingreso del personal de guardia al patio de los internos y de esa manera lograr que el condenado tuviera contacto directo con ellos.
“En otros casos se recurría como intermediarios a internos que habían estado en la Enfermería, o bien se tapaban las cañerías de agua de los módulos para generar una inundación de manera tal que el funcionario tuviera que concurrir a verificar esas circunstancias y en ese contexto realizar la entrega”, apuntó.
El fiscal (s) Claudio Rojas Piro explicó que tras una larga investigación, donde participaron el Departamento de Investigaciones Especiales de Gendamería y OS7 de Carabineros, lograron reunir todas las pruebas necesarias sobre las actividades del imputado, quien fue detenido el 3 de junio de 2022 cuando ingresaba al centro penitenciario portando una mochila en cuyo interior se encontraron celulares y cajetillas de cigarrillos que contenían pasta base de cocaína, marihuana y clonazepam.
En su sentencia, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama indica que “se ha acreditado, gracias al mérito de la prueba rendida que L.F.C.M. solicitaba a los internos del CDP de Calama beneficios económicos, consistentes en una suma de dinero específica, para ejecutar actos con infracción a los deberes de su cargo”.
La sentencia agrega que el día de su detención, el imputado portaba 88 gramos brutos de marihuana, 103 gramos brutos de cocaína base y 109 comprimidos de clonazepam, droga que conforme a la normativa estaba destinada al tráfico entre internos.
Con estos antecedentes, el tribunal condenó al imputado a 7 años de presidio y una multa de $2.320.000 como autor del delito reiterado de cohecho, y a 600 días más una multa de 10 UTM por el delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de estupefacientes.
Junto a ello, el tribunal condenó a los internos E.M.P.P. a la pena de 4 cuatro años y 1 mes de reclusión, más multa de $1.440.000; a A.N.P.M. a la pena de 100 días más multa de $260.000; y a Y.I.S.S. a la pena de 600 días más multa de $260.000, todos por el delito de soborno.
En su resolución, el TOP de Calama establece que no se otorgará a los sentenciados ninguna las penas sustitutivas, debiendo cumplirlas efectivamente, pero sirviéndoles de abono los días que han permanecido privados de libertad producto de esta causa, esto en el caso del ex gendarme detenido desde el 4 de junio de 2022.
En el caso de los internos sentenciados, ellos no registran abonos que considerar en la causa.
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