Corte de Antofagasta confirma fallo que condena a empresa minera
La Corte de Apelaciones confirmó resolución sobre la denuncia de vulneración de derechos que habría sufrido un trabajador despedido en Molyb filial de Codelco en Mejillones.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia que acogió la denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales, con ocasión del despido de un trabajador desvinculado por la empresa Sociedad de Procesamiento de Molibdeno Limitada, ubicada en la comuna de Mejillones.
En fallo unánime (causa rol 483-2021), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dinko Franulic Cetinic, Jasna Pavlich Núñez y Jaime Rojas Mundaca– confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones, que acogió la denuncia de vulneración de derechos fundamentales y demanda de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional, fijando el pago de una indemnización total de $40.593.796.
Para el tribunal de alzada, el fallo de primera instancia “(…) analizó las acciones, defensas y prueba de la causa, rechazando la hipótesis de que el despido del actor se habría producido como consecuencia de su actividad sindical, pero acogiendo la denuncia de tutela de derechos fundamentales al dar por acreditado la vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido como, asimismo, la demanda de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional, teniendo como base para acoger ambas acciones, que el actor experimentó maltrato y acoso laboral, que fuera ejercido por el Sr. Agustín Pruzzo, dependiente de la demandada a la época de los hechos, acreditándose que como consecuencia sufrió un cuadro de ansiedad por estrés laboral y falta de ánimo y de sueño, configurándose un daño en la integridad psíquica del demandante”.
La resolución agrega que: “Respecto de la acción de tutela consideró, además, que resultaba efectivo que se mantuvieron los efectos del maltrato hasta el despido del actor, sobre la base que la empresa no adoptó medidas proporcionales al mantener excesivamente al trabajador en funciones administrativas; que lo despidió en una carta que no satisface las exigencias legales por no bastarse a sí misma para dar cuenta de las necesidades de la empresa y, que su cargo no desapareció como fuera alegado”.
“(…) la pretensión del recurrente es inaceptable pues pretende que se consideren las declaraciones contenidas en el informe, a su favor, casi como un símil de prueba testimonial, por cierto, sin ninguna de las garantías procesales mínimas para ello. Más allá de lo señalado también en este caso los dichos de casi todos los declarantes se limitan a afirmar que no han sido maltratados por el señor Agustín Pruzzo o que no vieron que este maltratara al actor, salvo el testimonio del propio Pruzzo, lo que, por cierto, no prueba ni demuestra que los hechos denunciados no se hayan verificado”, añade.
Por tanto, se resuelve que: “SE RECHAZA, con costas, el recurso de nulidad deducido por el abogado señor Pablo Gutiérrez Monroe, por la parte demandada, en contra de la sentencia definitiva de veinticuatro de agosto del año dos mil veintiuno, pronunciada en causa RIT T 19-2020, RUC 2040284162-2 del Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones y, en consecuencia, se declara que la misma no es nula”.
el jueves pasado a las 20:09
el jueves pasado a las 17:33
el jueves pasado a las 16:24
el jueves pasado a las 14:06
el viernes pasado a las 16:29
el viernes pasado a las 12:55
el viernes pasado a las 9:09
el viernes pasado a las 8:43
el jueves pasado a las 20:09
el jueves pasado a las 17:33
el jueves pasado a las 16:24
el jueves pasado a las 14:06
el viernes pasado a las 16:29
el viernes pasado a las 12:55
31 de agosto de 2026
La casa de estudios confirmó que reducirá su dotación para recuperar el equilibrio económico. La institución aseguró que las actividades académicas continuarán con normalidad.



Fiscales y peritos de la PDI realizaron diligencias durante tres días en Chuquicamata, Radomiro Tomic y Ministro Hales por una presunta sobrestimación de la producción.
El organismo rechazó la sanción de un mes de suspensión aplicada por el Hospital Regional y ordenó reabrir el proceso por una eventual vulneración grave a la probidad administrativa.
Se constató que el sector es parte de la Ruta 1 que está bajo la administración del MOP a través de su Dirección de Vialidad. El agua tendría origen en napas subterráneas.
La clínica Ultravisión deberá indemnizar a un paciente que sufrió pérdida de visión un ojo, después de que no le realizaran adecuadamente los controles posoperatorios tras una cirugía láser.
Buscan revisar la responsabilidad administrativa del alcalde tras la demanda de tutela laboral y acoso sexual, presentada por un funcionario contra del Secretario Ejecutivo, Jonathan Vergara.
El procedimiento se desarrolló en el sector Feria de Las Pulgas, donde a 4 ciudadanos extranjeros fueron denunciados por exceder el plazo de permanencia y por ingreso irregular.
Más de 52 mil alumnos faltaron al menos al 10% de sus clases entre marzo y mayo de 2026. La región supera el promedio nacional y mantiene niveles mayores a los de prepandemia.
Impulsado por Escondida | BHP y Fundación Minera Escondida, el concurso beneficiará a 64 organizaciones de distintas comunas de la región, a través de financiamiento y acompañamiento para fortalecer sus capacidades e iniciativas comunitarias.
El ejercicio se desarrollará esta semana y tiene por objetivo evaluar la coordinación entre las entidades competentes dentro del terminal aéreo, incluyendo autoridades regionales.
El máximo tribunal desestimó a acción de la defensa que buscaba acceder a una audiencia para discutir la sustitución de su pena de cárcel, por libertad vigilada intensiva.















































































