Conductora cumplirá penas en libertad tras atropello en Antofagasta
En libertad vigilada intensiva tendrá que cumplir 700 días por cuasidelito de homicidio, además de 3 años y 1 día por no prestar ayuda. Junto con $60 millones de indemnización.
Este martes fue comunicada la sentencia en contra de E.C.B.C. como autora de cuasidelito de homicidio e incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar ayuda y dar cuenta a la autoridad en un accidente de tránsito. Luego del atropello ocurrido el 1 de mayo del 2021 en Av. Salvador Allende, que terminó con la vida de la joven Constanza Morales y su mascota Nori.
La Fiscalía Local de Antofagasta calificó como ejemplar la condena obtenida en contra de la autora del accidente fatal.
"Se realizó la lectura del fallo condenatorio en contra de una mujer acusada por cuasidelito de homicidio de una mujer y su mascota, ocurrida en Av. Salvador Allende. Además por los delitos de no detener la marcha, prestar ayuda y dar cuenta a la autoridad", explicó el abogado vocero de la Fiscalía Regional de Antofagasta, José Troncoso.
Sobre las penas que deberá cumplir la conductora condenada, Troncoso detalló "penas privativas de libertad de 700 días por el cuasidelito de homicidio y de 3 años y 1 día, por no prestar ayuda. Además, de una serie de penas accesorias que van a impedir que la condenada conduzca".
De esta manera, agregan dos años de suspensión de la licencia de conducir y la inhabilidad absoluta para ejercer cargos públicos y la inhabilidad perpetua para conducir vehículos motorizados.
Sin embargo, el Tribunal concedió la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva a la condenada, siendo el beneficio más estricto que regula la legislación vigente. Esto porque se trata de un cuasidelito, donde la condenada actuó con negligencia y no con dolo de matar, explicaron desde la Fiscalía.
"Y además se impuso por parte del Tribunal, el comiso del vehículo con el cual provocó el fatal accidente. Por último, el Tribunal otorgó una importante indemnización de $60 millones de pesos a los querellantes, por el daño directo y el daño moral que se causó", finalizó Troncoso.
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5 de agosto de 2026
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