Multas por incumplimiento de feriados irrenunciables en Fiestas Patrias podrían llegar hasta 20 UTM
Se excluyen del feriado los trabajadores en clubes, restaurantes, cines, discotecas, aeropuertos, casinos, farmacias de urgencia y tiendas de conveniencia en servicentros.
La Seremi del Trabajo y Previsión Social de Antofagasta, Camila Cortés Ruiz, ha instado a la ciudadanía y a los empleadores del comercio a respetar los feriados obligatorios e irrenunciables durante las celebraciones de Fiestas Patrias de este año. Los feriados comienzan a las 21:00 horas del martes 17 de septiembre y se extienden hasta las 06:00 horas del viernes 20 de septiembre.
"La Dirección del Trabajo estará fiscalizando el cumplimiento de este derecho, así como el cierre de los establecimientos antes del inicio de los feriados. Es crucial que ningún trabajador ni cliente permanezca en los recintos comerciales después de las 21:00 horas. Por ello, instamos a la ciudadanía a realizar sus compras con antelación para que todos puedan disfrutar de las festividades con sus familias", enfatizó la Seremi Cortés.
A pesar de la norma, se han establecido excepciones para ciertos sectores. Los trabajadores de clubes, restaurantes, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, aeropuertos, casinos, y establecimientos de expendio de combustibles, así como farmacias de urgencia y farmacias con turnos nocturnos están excluidos del feriado. También quedan exceptuadas las "tiendas de conveniencia" adosadas a servicentros que venden alimentos preparados.
Desde la implementación de la norma en mayo de 2016, los trabajadores que laboran durante los días de feriado irrenunciable tienen derecho a un día de descanso adicional cada dos años si continúan con el mismo empleador. Por ejemplo, quienes trabajaron durante el 18 y 19 de septiembre de 2023 deberán recibir un día de descanso adicional en esta ocasión si aún están empleados por el mismo patrón.
Las tiendas de barrio, en las que los dueños o sus familiares directos realizan las labores, podrán operar con normalidad durante los feriados.
Las sanciones por incumplimiento de las normativas de feriado irrenunciable varían entre 5 UTM ($331.810) y 20 UTM ($1.327.240) por cada trabajador afectado. Las mismas multas se aplican a las infracciones relacionadas con el descanso bianual. Los trabajadores sorprendidos trabajando durante su día de descanso deberán cesar sus labores inmediatamente y abandonar su lugar de trabajo.
En el año 2023, durante los feriados de Fiestas Patrias, la Dirección del Trabajo realizó una fiscalización nacional, registrando en la región 6 multas por un total de 65 UTM ($4.124.380), además de la suspensión de 13 trabajadores que laboraron durante su día de descanso.
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31 de agosto de 2026
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