Antofagasta: Corte instruye internación forzosa de menor para asegurar su rehabilitación
La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección presentado por la madre del menor y ordenó al Hospital Regional su internación por 12 meses.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta emitió un fallo unánime que obliga al Hospital Regional de la ciudad a internar a un adolescente de 15 años con un consumo grave de drogas, luego de acoger el recurso de protección presentado por su madre. La Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Dinko Franulic Cetinic, Jaime Rojas Mundaca y la fiscal judicial María Teresa Quiroz Alvarado, dictaminó que el alta médica del menor vulnera sus derechos a la vida y a la integridad física y mental, debido a la urgencia de su situación.
Ante esto, el fallo establece que el adolescente enfrenta un serio riesgo, no solo por su grave consumo de drogas, sino también por los reiterados intentos de atentar contra su vida. La Corte argumentó que el Estado y sus organismos deben intervenir rápidamente para proteger la vida del joven, adoptando medidas eficaces para tratar su salud mental y su adicción, y garantizar una atención integral y humanizada que contribuya a su recuperación y desarrollo futuro.
Además, la resolución destaca que el propio equipo médico sugirió una intervención mínima de 12 meses, considerando la complejidad de los problemas del adolescente, quien presenta episodios de autolesión desde los 8 años y un consumo de drogas desde los 10. La Corte subraya que la falta de éxito en las intervenciones anteriores justifica la medida excepcional de internación forzosa en régimen cerrado.
En consecuencia, el tribunal ordena al Hospital Regional que el adolescente sea internado en un centro de rehabilitación especializado durante un año, con un tratamiento multidisciplinario que aborde tanto sus diagnósticos de salud mental como el consumo de drogas, para reducir el riesgo vital que enfrenta. Se establece un plazo de diez días hábiles para que el hospital coordine su ingreso a la unidad de salud psiquiátrica, hasta que sea trasladado al centro residencial correspondiente.
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16 de abril de 2026
Además, el tribunal confirmó la resolución que desestimó la solicitud de decretar la suspensión del procedimiento por enajenación mental del amparado.








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