Acogen recurso de protección presentado por Deportes Antofagasta
Corte de Apelaciones dejó sin efecto resolución municipal que ordenaba desalojar el Estadio Regional de Antofagasta. "Autoridad municipal incurrió en un acto arbitrario".
La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió este viernes el recurso de protección presentado por el Club de Deportes Antofagasta y dejó sin efecto la resolución dictada el 28 de septiembre por la Municipalidad, que ordenó desalojar las dependencias que ocupan en el Estadio Regional Calvo y Bascuñán de la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 22.431-2022), la Segunda Sala del tribunal de alzada – integrada por los ministros Óscar Clavería Guzmán, Eric Sepúlveda Casanova y la fiscal judicial Nel Greeven Bobadilla– acogió la acción al considerar que la autoridad municipal incurrió en un acto arbitrario y de autotutela.
“(…) el conflicto jurídico existente entre las partes necesariamente debe ser conocido por la judicatura civil, para efectos de determinar la existencia del contrato o de las deudas invocadas. Por lo tanto, pese a que la autoridad municipal tiene competencia para administrar los bienes nacionales que forman parte del patrimonio municipal, ello no lo faculta para soslayar las vías judiciales idóneas para resolver controversias, optando por adoptar medidas coactivas por la vía de autotutela, a través de una comunicación que no se ampara en las competencias otorgadas por la Ley N°18.575”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “(…) la omisión de someter el asunto a las vías judiciales ordinarias y dictar un acto que dispone el término unilateral del uso de un tercero respecto de un bien respecto del cual se tiene al menos un antecedente escrito con apariencia de contrato, resulta arbitrario y atenta contra las garantías constitucionales invocadas por el actor, motivo suficiente para acoger la acción deducida”.
“(…) si bien es efectivo –como refirió el recurrido en su informe– que esta Corte de Apelaciones no tiene facultades para obligar a una persona o autoridad a contratar con otra, lo cierto es que la decisión que por esta vía se impugna, contiene vías de hecho para perseguir el pago de la presunta deuda existente a propósito del uso de la cancha N°2. Por lo tanto, condicionar la celebración de contratos de arrendamiento respecto de la cancha N°1 al pago de una supuesta obligación incumplida, configura otra manifestación de autotutela que no puede ser amparada por el ordenamiento jurídico, pues ello constituye una omisión de las vías jurídicas correspondientes, como ya se razonó en los considerandos precedentes”, concluye.
Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE sin costas, el recurso deducido por Manuel Donoso Gálvez, en representación del Club de Deportes Antofagasta, en contra de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, solo en cuanto se deja sin efecto la orden contenida en el Ord. N°58/2018 del 28 de septiembre del presente, dictada por la Dirección de Desarrollo Comunitario de la I. Municipalidad, debiendo la autoridad municipal ejercer sus derechos a través de las vías judiciales pertinentes”
el jueves pasado a las 13:19
el miércoles pasado a las 16:52
el miércoles pasado a las 12:14
el viernes pasado a las 9:52
el jueves pasado a las 17:31
el jueves pasado a las 13:19
el miércoles pasado a las 16:52
el miércoles pasado a las 12:14
20 de abril de 2026
Los lesionados son trasladados hasta Hospital de Tocopilla y
hospital Cruz del Norte de María Elena, mientras que los fallecidos corresponden al conductor y al auxiliar del bus.








21 de octubre de 2025
5 de noviembre de 2025
5 de noviembre de 2025
21 de octubre de 2025
5 de noviembre de 2025
5 de noviembre de 2025
Entró en vigencia la nueva ordenanza municipal que obliga a que las barberías y otros centros de estéticas de la capital regioanl, deben a cerrar antes de las 21:30 horas.
Uno de los recintos mantenía tarros en el piso con papas remojando en agua, mientras que el otro local no contaba con sistema de extracción y tampoco mantenía lavamanos.
Además, el tribunal confirmó la resolución que desestimó la solicitud de decretar la suspensión del procedimiento por enajenación mental del amparado.
La situación provocó la evacuación de cerca de 200 personas del recinto, mientras que el sujeto, que portaba un arma blanca, fue detenido por Carabineros.
Las medidas contemplan descuentos en combustibles en estaciones Aramco, entrega de gas y canastas de alimentos, descuentos en medicamentos para usuarios de Fonasa, entre otros.
El estudiante es apuntado como el presunto autor de una amenaza de ataque, que fue presentada de manera escrita al interior de los baños del recinto educacional.
Retorno postergado: Las medidas para la vuelta a clases del Instituto Obispo Silva Lezaeta de Calama
Actividades como "Jeans Day" y "Apadrinamiento" quedarán suspendidas. Además, el reintegro será de manera gradual en tres etapas, según los niveles de enseñanza básica y media.
Los procedimientos consideraron además una búsqueda subacuática. Las labores de rastreo continuarán en coordinación con el Ministerio Público.
El operativo resultó con el decomiso de 6 parrillas y 4 carros de alimentos, que operaban de manera informal en el sector centro de la capital regional.
La interna consiguió escapar del Centro de Cumplimiento Penitenciario Femenino de Antofagasta a través del escalamiento, pero fue recapturada minutos después de su huida.























































































