La Corte de Apelaciones de Antofagasta dictaminó hoy, lunes 21 de abril, la prisión preventiva para F.A.B.G., acusado por el Ministerio Público de los delitos consumados y reiterados de captación y grabación de registros audiovisuales de partes íntimas y abuso sexual sin contacto corporal contra menores de 14 años. Los ilícitos habrían sido perpetrados desde 2015 en establecimientos educacionales y la vía pública de la ciudad. En un fallo dividido (causa rol 401-2025), la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Virginia Soublette Miranda, Juan Opazo Lagos y el abogado (i) Luis Cortés Sánchez, anuló la resolución previa del Juzgado de Garantía de Antofagasta. La Corte consideró la cantidad de delitos y las circunstancias en las que el imputado presuntamente realizó las grabaciones. Ante esto, el fallo señala que: (...) considerando el número de delitos, las circunstancias que el imputado actuaba en todo sitio y lugar obteniendo grabaciones de las partes íntimas de niñas para su excitación sexual, que incluso lo realizaba en los tres colegios en que trabajaba aprovechándose del acceso que tenía hacia dichas niñas o adolescentes en su calidad de paradocente, que lo mismo realizaba en la vía pública durante muchos años, e incluso utilizando tecnología para evitar ser descubierto, afectando la indemnidad de una gran cantidad de niños, sin perjuicio de que además afectaba acciones íntimas de compañeras de trabajo, y que en todo caso dentro de su discurso justifica su actuar, surge de lo anterior un claro y evidente peligro de reiteración, que hace necesaria su privación de libertad como único medio para cautelar la seguridad de la sociedad y, en especial, de las niñas y adolescentes de esta ciudad, por lo que se accederá a la petición del Ministerio Público decretando la prisión preventiva. Por lo tanto, la resolución establece: SE REVOCA la resolución apelada de fecha catorce de abril de dos mil veinticinco, que denegó decretar la medida cautelar de prisión preventiva al imputado F.A.B.G., por los delitos de captación y grabación de registros audiovisuales de partes íntimas, en carácter de reiterado y abuso sexual sin contacto corporal de menor de 14 años y en su lugar se decreta la referida medida cautelar. La decisión fue acordada con el voto en contra del ministro Opazo Lagos. Según la fiscalía, el imputado, de 45 años e inspector de un establecimiento educacional de Antofagasta, fue sorprendido el jueves 10 de abril grabando con su teléfono celular las partes íntimas de una adolescente en la vía pública. Finalmente, tras la pericia del dispositivo móvil del imputado, la policía encontrómúltiples grabaciones que el encartado tenía y que había realizado en la vía pública y en los colegios donde se desempeñaba como paradocente, lo que sumado a su declaración en donde derechamente reconoce su autoría, permite concluir que existen presunciones fundadas de participación del imputado en el delito reiterado del artículo 161 C del Código Penal, por el cual fue formalizado, indica la resolución del tribunal de alzada.
El Juzgado de Garantía de Antofagasta ha programado para el próximo 12 de mayo, a las 08:30 horas, la audiencia de formalización de la investigación en contra de Catalina Ilona Io Pérez Salinas. Esta diligencia judicial se enmarca en la causa rol 5.428-2023, según lo informado por el tribunal. Cabe mencionar que, la Corte de Apelaciones de Antofagasta efectuó una audiencia a solicitud del Ministerio Público para desaforar a Pérez por el caso Convenios. Para detallar, la solicitud presentada, acusa a la parlamentaria de haber tenido conocimiento y haber contribuido a la ejecución del fraude en el caso Democracia Viva, ocurrido en la Región de Antofagasta y liderado por su expareja, Daniel Andrade. Ante esto, la nueva fijación de fecha responde a la solicitud presentada por el Ministerio Público el pasado 7 de abril, marcando un avance en el proceso investigativo que involucra a la imputada. Se espera que en la audiencia se detallen los cargos que la Fiscalía imputará a Pérez Salinas.
Este jueves, a las 9:00 hrs. se presentó el fallo que acogió la solicitud de desafuero presentada por el Ministerio Público en contra de la diputada Catalina Pérez en el marco de la investigación del denominado Caso Convenios. Ante esto, el ministro de la Corte de Apelaciones Antofagasta, Hernán Cárdenas Sepúlveda junto con los ministros Dinko Franulic Cetinic, Juan Opazo Lagos, Eric Sepúlveda Casanova y Jaime Rojas Mundaca en forma unánime permiten aprobar la formación de acusa en contra de la diputada. Asimismo, en la resolución se explica lo siguiente: Junto a los vínculos de la diputada Pérez con los suscriptores de los convenios y su posición de poder político y laboral respecto de estos, existen elementos de investigación objetivos que hacen plausible la afirmación de que conoció su suscripción y que incluso participó en la recolección de antecedentes necesarios para su realización, sabiendo que la fundación no reunía los requisitos básicos para ser beneficiada. Se suma a ello una serie de antecedentes que dan cuenta de su intervención directa para, primero, aparentar que la fundación cumplía los requisitos necesarios y para que los otros involucrados asumieran exclusivamente la responsabilidad por la suscripción de los convenios de transferencia de fondos, dejándola fuera de toda responsabilidad, incluso dando directrices de cuál deberían ser el discurso común para tales objetos. Finalmente se detalla que: SE ACOGE la solicitud impetrada por el fiscal adjunto jefe del Ministerio Público de Antofagasta y, en consecuencia, SE HACE LUGAR a la formación de causa en contra de la diputada Catalina Pérez Salinas, respecto de los hechos investigados en la causa RUC 2300673070-1, Rit O-5428-2023 del Juzgado de Garantía de Antofagasta.
Durante la jornada de este martes, la Corte de Apelaciones de Antofagasta informó la reprogramación de la audiencia por la solicitud de desafuero de la diputada Catalina Pérez. Ante esto, el pasado lunes los abogados que representan a la parlamentaria se hicieron presentes para solicitar un cambio en la fecha. Finalmente, la audiencia quedó fijada para el lunes 10 de febrero.
La tarde de este lunes, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel revocó la medida de prisión preventiva de Jorge Valdivia, tras acoger la solicitud de recurso de amparo presentado por la defensa del exfutbolista sobre el cambio de cautelar a un menos gravosa. Cabe recordar que el otrora seleccionado nacional se encuentra recluido en la Cárcel de Rancagua desde el pasado 28 de noviembre, por orden de la Corte de Apelaciones de Santiago.En este caso, la Fiscalía Metropolitana Oriente investiga dos delitos de violación, uno de abuso sexual agravado y otro de abuso sexual. En ese contexto, la Justicia ordenó que el exvolante haga abandono inmediato del recinto penitenciario, durante el transcurso de la tarde de este lunes, ni bien se materialice el trámite de egreso del penal. Se deja sin efecto la resolución dictada en la audiencia de veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro por la Corte de Apelaciones de San Miguel, por la cual se impuso la medida cautelar personal de prisión preventiva contra el imputado, decretándose respecto del amparado la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno, arraigo nacional y prohibición de acercarse o comunicarse con las víctimas, señala la resolución. Dese orden inmediata de libertad si no hubiere de permanecer privado de ella por otro motivo, complementa el dictamen.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta dictaminó hoy, lunes 21 de abril, la prisión preventiva para F.A.B.G., acusado por el Ministerio Público de los delitos consumados y reiterados de captación y grabación de registros audiovisuales de partes íntimas y abuso sexual sin contacto corporal contra menores de 14 años. Los ilícitos habrían sido perpetrados desde 2015 en establecimientos educacionales y la vía pública de la ciudad. En un fallo dividido (causa rol 401-2025), la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Virginia Soublette Miranda, Juan Opazo Lagos y el abogado (i) Luis Cortés Sánchez, anuló la resolución previa del Juzgado de Garantía de Antofagasta. La Corte consideró la cantidad de delitos y las circunstancias en las que el imputado presuntamente realizó las grabaciones. Ante esto, el fallo señala que: (...) considerando el número de delitos, las circunstancias que el imputado actuaba en todo sitio y lugar obteniendo grabaciones de las partes íntimas de niñas para su excitación sexual, que incluso lo realizaba en los tres colegios en que trabajaba aprovechándose del acceso que tenía hacia dichas niñas o adolescentes en su calidad de paradocente, que lo mismo realizaba en la vía pública durante muchos años, e incluso utilizando tecnología para evitar ser descubierto, afectando la indemnidad de una gran cantidad de niños, sin perjuicio de que además afectaba acciones íntimas de compañeras de trabajo, y que en todo caso dentro de su discurso justifica su actuar, surge de lo anterior un claro y evidente peligro de reiteración, que hace necesaria su privación de libertad como único medio para cautelar la seguridad de la sociedad y, en especial, de las niñas y adolescentes de esta ciudad, por lo que se accederá a la petición del Ministerio Público decretando la prisión preventiva. Por lo tanto, la resolución establece: SE REVOCA la resolución apelada de fecha catorce de abril de dos mil veinticinco, que denegó decretar la medida cautelar de prisión preventiva al imputado F.A.B.G., por los delitos de captación y grabación de registros audiovisuales de partes íntimas, en carácter de reiterado y abuso sexual sin contacto corporal de menor de 14 años y en su lugar se decreta la referida medida cautelar. La decisión fue acordada con el voto en contra del ministro Opazo Lagos. Según la fiscalía, el imputado, de 45 años e inspector de un establecimiento educacional de Antofagasta, fue sorprendido el jueves 10 de abril grabando con su teléfono celular las partes íntimas de una adolescente en la vía pública. Finalmente, tras la pericia del dispositivo móvil del imputado, la policía encontrómúltiples grabaciones que el encartado tenía y que había realizado en la vía pública y en los colegios donde se desempeñaba como paradocente, lo que sumado a su declaración en donde derechamente reconoce su autoría, permite concluir que existen presunciones fundadas de participación del imputado en el delito reiterado del artículo 161 C del Código Penal, por el cual fue formalizado, indica la resolución del tribunal de alzada.
El Juzgado de Garantía de Antofagasta ha programado para el próximo 12 de mayo, a las 08:30 horas, la audiencia de formalización de la investigación en contra de Catalina Ilona Io Pérez Salinas. Esta diligencia judicial se enmarca en la causa rol 5.428-2023, según lo informado por el tribunal. Cabe mencionar que, la Corte de Apelaciones de Antofagasta efectuó una audiencia a solicitud del Ministerio Público para desaforar a Pérez por el caso Convenios. Para detallar, la solicitud presentada, acusa a la parlamentaria de haber tenido conocimiento y haber contribuido a la ejecución del fraude en el caso Democracia Viva, ocurrido en la Región de Antofagasta y liderado por su expareja, Daniel Andrade. Ante esto, la nueva fijación de fecha responde a la solicitud presentada por el Ministerio Público el pasado 7 de abril, marcando un avance en el proceso investigativo que involucra a la imputada. Se espera que en la audiencia se detallen los cargos que la Fiscalía imputará a Pérez Salinas.
Este jueves, a las 9:00 hrs. se presentó el fallo que acogió la solicitud de desafuero presentada por el Ministerio Público en contra de la diputada Catalina Pérez en el marco de la investigación del denominado Caso Convenios. Ante esto, el ministro de la Corte de Apelaciones Antofagasta, Hernán Cárdenas Sepúlveda junto con los ministros Dinko Franulic Cetinic, Juan Opazo Lagos, Eric Sepúlveda Casanova y Jaime Rojas Mundaca en forma unánime permiten aprobar la formación de acusa en contra de la diputada. Asimismo, en la resolución se explica lo siguiente: Junto a los vínculos de la diputada Pérez con los suscriptores de los convenios y su posición de poder político y laboral respecto de estos, existen elementos de investigación objetivos que hacen plausible la afirmación de que conoció su suscripción y que incluso participó en la recolección de antecedentes necesarios para su realización, sabiendo que la fundación no reunía los requisitos básicos para ser beneficiada. Se suma a ello una serie de antecedentes que dan cuenta de su intervención directa para, primero, aparentar que la fundación cumplía los requisitos necesarios y para que los otros involucrados asumieran exclusivamente la responsabilidad por la suscripción de los convenios de transferencia de fondos, dejándola fuera de toda responsabilidad, incluso dando directrices de cuál deberían ser el discurso común para tales objetos. Finalmente se detalla que: SE ACOGE la solicitud impetrada por el fiscal adjunto jefe del Ministerio Público de Antofagasta y, en consecuencia, SE HACE LUGAR a la formación de causa en contra de la diputada Catalina Pérez Salinas, respecto de los hechos investigados en la causa RUC 2300673070-1, Rit O-5428-2023 del Juzgado de Garantía de Antofagasta.
Durante la jornada de este martes, la Corte de Apelaciones de Antofagasta informó la reprogramación de la audiencia por la solicitud de desafuero de la diputada Catalina Pérez. Ante esto, el pasado lunes los abogados que representan a la parlamentaria se hicieron presentes para solicitar un cambio en la fecha. Finalmente, la audiencia quedó fijada para el lunes 10 de febrero.
La tarde de este lunes, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel revocó la medida de prisión preventiva de Jorge Valdivia, tras acoger la solicitud de recurso de amparo presentado por la defensa del exfutbolista sobre el cambio de cautelar a un menos gravosa. Cabe recordar que el otrora seleccionado nacional se encuentra recluido en la Cárcel de Rancagua desde el pasado 28 de noviembre, por orden de la Corte de Apelaciones de Santiago.En este caso, la Fiscalía Metropolitana Oriente investiga dos delitos de violación, uno de abuso sexual agravado y otro de abuso sexual. En ese contexto, la Justicia ordenó que el exvolante haga abandono inmediato del recinto penitenciario, durante el transcurso de la tarde de este lunes, ni bien se materialice el trámite de egreso del penal. Se deja sin efecto la resolución dictada en la audiencia de veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro por la Corte de Apelaciones de San Miguel, por la cual se impuso la medida cautelar personal de prisión preventiva contra el imputado, decretándose respecto del amparado la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno, arraigo nacional y prohibición de acercarse o comunicarse con las víctimas, señala la resolución. Dese orden inmediata de libertad si no hubiere de permanecer privado de ella por otro motivo, complementa el dictamen.