Condenan a presidio perpetuo a autores de homicidios en Calama
Delitos ocurrieron en mayo del 2020 durante violentas disputas con armas de fuego por el control de puntos de venta de drogas en la capital loína.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama condenó a J.J.A.H. y J.W.H.T. a las penas de presidio perpetuo calificado en calidad de coautores de dos delitos de homicidio calificado y de tres delitos de homicidio calificado frustrado. Ilícitos perpetrados los días 8 de mayo y 22 de mayo de 2020.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Rodrigo Cartes Fierro (presidente), Valeria Valiente Vila y Marilyn Neira Mendoza (redactora)– aplicó, además, a Alomia Hurtado y Hurtado Torres las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de vida del sentenciado y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximum que establece el Código Penal.
El tribunal además condenó a M.V.G. a la pena de 17 años de presidio y a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en su calidad de coautor de un delito consumado de homicidio calificado en contra de la víctima H.C.T y de coautor de un delito de homicidio calificado frustrado, ambos cometidos el 22 de mayo de 2020 en la ciudad de Calama.
En la presenta causa, los magistrados absolvieron a J.J.A.H. y J.W.H.T. de la acusación que los consideró autores de un delito de homicidio calificado consumado cometido en contra de Y.V.S.Y. a los tres condenados se les absolvió de la acusación que lo consideró autores de un delito de homicidio calificado en carácter de frustrado respecto de K.G.V.
Una vez que el fallo quede ejecutado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica de los sentenciados para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
Disputa por venta de droga
El tribunal dio por acreditado más allá de toda duda razonable que:“En el contexto de disputas por el control de puntos de venta de droga en la ciudad de Calama, durante los primeros minutos del día 8 de mayo de 2020, tres víctimas y otros sujetos, concurrieron a calle Collahuasi de la Villa Ayquina, de esta comuna y mientras se encontraban tapando unas cámaras de seguridad que había en dicho sector, salieron desde el interior del domicilio los acusados J.J.A.H. y J.W.H.T. junto a otros sujetos, quienes premunidos de armas de fuego dispararon en contra de las víctimas en al menos 45 ocasiones, resultando B.C.A. fallecido producto de 3 impactos de proyectil por arma de fuego, mientras que D.P.M y J.C.R resultaron con heridas de bala de diversa gravedad”.
En el hecho número 2, se indica que el 9 de Mayo de 2020 en horario cercano a las 22:30 la víctima Y.V.S, de nacionalidad colombiana se encontraba en un domicilio ubicado en calle Rio Loa, intersección de pasaje Toko Llama de esta comuna y tras una discusión previa mantenida con otros sujetos presentes en el lugar, llegaron al domicilio dos sujetos a bordo de una motocicleta, luego de lo cual la víctima recibió al menos 8 impactos de bala, falleciendo en el lugar.
Producto de las disputas por el control de puntos de venta de droga en la ciudad de Calama, el día 22 de Mayo de 2020, cerca de las 21:00 horas de la noche, la víctima H.C.T, quien conducía un vehículo marca Jeep modelo Wrangler de color negro y circulaba por calle Pedro de Valdivia, antes de llegar a la intersección de calle Ramírez, se detuvo para que los ocupantes que transportaba ingresaran a unos almacenes que allí se ubicaban.
En esos instantes aparecieron en el lugar los acusados J.J.A.H., J.W.H.T y M.V.G., quienes junto a otro sujeto, descendieron desde un vehículo de color rojo, marca Chevrolet modelo Sail utilizado por la aplicación Indriver, tras lo cual efectuaron múltiples disparos con armas de fuego, recibiendo la víctima H.C.T. 3 impactos de bala, heridas que le causaron la muerte, mientras que una de las acompañantes de la víctima, P.F.M., quien al momento de los disparos venia saliendo de uno de los almacenes, recibió un impacto de bala en uno de sus brazos.
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16 de abril de 2026
Además, el tribunal confirmó la resolución que desestimó la solicitud de decretar la suspensión del procedimiento por enajenación mental del amparado.








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