Más de 800 días de cárcel: Condenan por grabar a menores a sujeto que trabajaba de inspector en Antofagasta
Además, el individuo de 46 años quedó con inhabilitación absoluta perpetua para trabajar en ámbitos educacionales o que involucren relación directa y habitual con menores de edad.
Un hombre de 46 años fue condenado como autor de los delitos de captación y grabación de registros audiovisuales de partes íntimas, y actos de significación sexual en presencia de menor, tras comprobarse que en distintas ocasiones registró imágenes de menores sin su consentimiento en Antofagasta.
La Fiscalía de Antofagasta logró, en juicio abreviado realizado esta semana, condenar al sujeto a las penas de 540 días y 300 días de presidio, los que deberán cumplirse de manera efectiva, al no cumplir los requisitos para acceder a una pena sustitutiva. Además, se contabilizan a favor del condenado 359 días de abono, que corresponden al periodo que ha permanecido privado de libertad, esto es, detención, ampliación y prisión preventiva.
Durante el proceso, el imputado reconoció que entre los años 2015 y 2025, en distintas ocasiones, tanto en la vía pública como al interior de dos colegios de la ciudad donde se desempeñaba, mediante un teléfono celular u otro aparato, fotografió y grabó a distintas personas, principalmente niñas y adolescentes, sin su consentimiento y con fines de significación sexual.
Además, se estableció que el día 10 de abril de 2025, cerca de las 20:00 horas, el imputado utilizó una aplicación que permite grabar videos con el teléfono bloqueado, para grabar a una menor de edad, siendo observado por transeúntes, quienes alertaron a familiares de la víctima, logrando su detención.
Posteriormente, durante la revisión de un aparato electrónico se descubrió un registro con actos de significación sexual realizados en presencia de una menor de edad en abril de 2021.
En este escenario, a la condena de presidio, como penas accesorias especiales se dispuso su sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal, debiendo informar cada tres meses su domicilio a Carabineros.
Finalmente, también se le impuso inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, y se ordenó la incorporación de su perfil genético al registro de condenados dispuestos por la Ley 19.970.
Ahora, la defensa del condenado dispone de un plazo para apelar a la resolución del Juzgado de Garantía.
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16 de abril de 2026
Además, el tribunal confirmó la resolución que desestimó la solicitud de decretar la suspensión del procedimiento por enajenación mental del amparado.








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