20 años de cárcel para sujeto que violó a menor de edad en Antofagasta
El fiscal adjunto Daniel García destacó que los jueces del Tribunal Oral dieron credibilidad al relato de la víctima durante el juicio oral en Antofagasta.
Una pena de 20 años de cárcel efectiva cumplirá L.R.M.R de 40 años de edad y nacionalidad chilena, como autor de delitos reiterados de abuso sexual, violación y abuso sexual agravado contra una menor de edad. Hechos que fueron perpetrados entre octubre del 2017 y diciembre del 2019 en Antofagasta.
Según el fiscal adjunto, Daniel García, "la relevancia de la sentencia pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral de Antofagasta radicó en que además del delito sexual y violación, se pudo acreditar también el delito de abuso sexual agravado. Asimismo, el testimonio de la víctima una NNA (Niña, Niño o Adolescente) fue clave en este caso junto a la presentación de pruebas periciales, entre otros".
De acuerdo a los antecedentes contenidos en la acusación fiscal, los delitos ocurrieron entre los años 2017 y 2019 cuando el acusado cometió actos de relevancia y significación sexual en contra de la víctima -aprovechando que estaba al cuidado de la menor- mientras se encontraban en un inmueble ubicado en el sector norte de Antofagasta.
El sujeto amenazó con agredir a la víctima, si contaba a alguien lo que ocurría. Producto de estos delitos, la afectada quedó embarazada y dio a luz un hijo.
Durante el juicio oral los jueces Marcelo Echeverría (T), Claudia Lewin (T) y Álvaro Lezama Orellana (S), tuvieron oportunidad de valorar la prueba rendida por la Fiscalía Local de Antofagasta. De manera unánime resolvieron condenar al acusado a 20 años de presidio mayor en su grado máximo.
Además, el acusado fue condenado a las penas accesoria de inhabilitación absoluta y perpetua para postular a cargos, oficios públicos, también ejercer derechos políticos; la inhabilitación absoluta para ejercer profesiones titulares mientras transcurra la condena y la privación de la patria potestad o inhabilitación para obtenerla.
Finalmente, el Tribunal ordenó incluir la huella genética del acusado en el Registro de Condenados.
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16 de abril de 2026
Además, el tribunal confirmó la resolución que desestimó la solicitud de decretar la suspensión del procedimiento por enajenación mental del amparado.








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