Estos próximos días serán clave para quienes cuentan con planes de isapres, en el marco de la implementación de la ley corta, que instruyó a las aseguradoras privadas de salud ajustar todos los contratos a la Tabla Única de Factores (TFU) vigente desde abril de 2020, y restituir los cobros en exceso, de acuerdo con el fallo de la Corte Suprema.
En concreto, este viernes 29 de noviembre es el último día en el cual los afiliados pueden pronunciarse sobre el alza extraordinaria de la prima. ¿Qué implica esto? A fines del mes pasado, las isapres -a través de correos electrónicos- informaron acerca de un alza extraordinaria a los contratos de salud, permitida por ley, con el fin de mantener el balance financiero.
Cabe señalar que las primas extraordinarias autorizadas por la Superintendencia de Salud iban desde los $9 mil hasta los $42 mil por beneficiario.
¿Qué deben hacer los usuarios en estos plazos establecidos?
1. Aceptar el alza y mantener su plan actual. Si no responden, se asume que aceptan.
2. Elegir un plan alternativo ofrecido por la Isapre, que tenga un precio parecido al de antes del alza.
3. Cancelar el contrato con la Isapre. En este caso, pueden cambiarse a otra Isapre (si la nueva acepta sus condiciones de salud) o unirse al Fondo Nacional de Salud (Fonasa).
Por último, el 30 de noviembre es la fecha límite que tienen las distintas isapres para informar el plan especifico de pago a los afiliados, cuya devolución comenzará en diciembre.
Junto con ello, debe detallar el plazo máximo en que se efectuará la restitución, además de las modalidades de devolución, entre otros aspectos. Según establece la normativa, el tiempo en que se restituya la deuda no puede superar los 13 años.
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9 de julio de 2025
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