El Tribunal Electoral Regional (TER) ha desestimado la solicitud de la defensa del alcalde de Antofagasta, Jonathan Velásquez, para anular la prueba testimonial en el juicio que enfrenta por abandono de deberes. La defensa argumentaba que la notificación para acceder a la audiencia, programada para el 24 de septiembre, no se realizó con el tiempo suficiente, lo que supuestamente vulneró las garantías procesales de Velásquez.
Según los antecedentes, el tribunal había fijado la fecha de la audiencia el 16 de septiembre, pero el enlace para conectarse fue enviado solo una hora antes, a las 08:00 horas del mismo día. La defensa alegó que esto contravenía el plazo mínimo de tres horas estipulado para las notificaciones.
Sin embargo, el TER determinó que no hubo un perjuicio significativo que justificara la anulación de la audiencia. El tribunal señaló que la defensa había tenido conocimiento de la fecha y hora de la diligencia con una semana de anticipación y que los abogados del alcalde asistieron a una audiencia previa, lo que indicaba su conocimiento del proceso.
En su fallo, el tribunal subrayó que, a pesar de que la notificación del enlace no cumplió con el tiempo estipulado, ello no fue suficiente para invalidar la audiencia, ya que los abogados debieron haber revisado oportunamente sus correos electrónicos como parte de sus responsabilidades procesales.
El tribunal también hizo énfasis en que la confianza en el procedimiento establecido por el tribunal no podía ser desconocida. "Asumimos sobre la base de la confianza depositada en las normas del procedimiento fijas por el tribunal de VSI, que la testifical no se llevaría a cabo; por cuanto sí sabía el incidentista que a las 9:00 horas habría una audiencia de prueba de testigos, por lo que por lo menos debió haber revisado con prolijidad su correo electrónico, cuestión que no hizo porque como el mismo lo señaló en su escrito fue suficiente revisarlo una vez, lo que no encuentra sustento para poder determinar que existió efectivamente un perjuicio", detalla el fallo.
Con esta resolución, el TER concluyó que no hubo vulneración de las garantías constitucionales ni un perjuicio procesal irreparable en el caso del alcalde Velásquez, quien continúa enfrentando el juicio por abandono de deberes.
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8 de mayo de 2025
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