El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) en Antofagasta ha puesto en marcha un Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC) contra la Compañía General de Electricidad S.A. (CGE). Esta acción responde a la serie de interrupciones en el suministro eléctrico que han impactado de forma recurrente a los vecinos de Mejillones desde 2024 hasta junio de 2025. Ante esto, la decisión del SERNAC surge tras constatar que las prolongadas faltas de luz no solo han privado a los hogares de un servicio esencial, sino que también han provocado daños significativos, incluyendo desperfectos en electrodomésticos, demoras excesivas en la reposición y una deficiente atención al cliente. Particularmente preocupante es el impacto en personas electrodependientes, cuya salud y bienestar dependen directamente de un suministro eléctrico constante. Para el SERNAC, estas situaciones constituyen una potencial vulneración a la Ley del Consumidor, especialmente en lo referente al derecho a un servicio básico continuo, a la información oportuna y a una indemnización justa por interrupciones injustificadas. La normativa incluso estipula una compensación automática equivalente a diez veces el valor promedio diario facturado por cada día de suspensión de cuatro horas continuas o más. El objetivo central de este procedimiento es doble: asegurar que CGE compense e indemnice adecuadamente a todos los afectados y que, además, implemente medidas concretas para evitar futuras interrupciones injustificadas. La empresa tiene un plazo de cinco días hábiles administrativos para notificar si aceptará participar en este proceso voluntario. Asimismo, la iniciativa fue presentada públicamente en la Junta de Vecinos número 8 de Mejillones, contando con la presencia y respaldo de diversas autoridades regionales y la comunidad. Fernando Sepúlveda, Director Regional del SERNAC, enfatizó que los reiterados cortes hanafectado gravemente la vida de los vecinos, quienes tienen derecho a un servicio de calidad y a ser compensados. Hizo un llamado a CGE para que proponga una solución querepare el daño causado y garantice que estas situaciones no se repitan. Por su parte, el seremi de Economía, Matías Muñoz, destacó la activación de este procedimiento como una vía para lograr unacompensación proporcional a la afectación. La seremi de Gobierno, Paulina Larrondo, lo calificó como una alternativamás expedita que resguarda los derechos de los afectados. Así también, el alcalde de Mejillones, Marcelino Carvajal, expresó el compromiso municipal de acompañar a la comunidad en este proceso, buscando unasolución definitiva, justa y transparente para los problemas de suministro que afectan la calidad de vida en la comuna. Finalmente, el Procedimiento Voluntario Colectivo es una herramienta del SERNAC diseñada para lograr soluciones rápidas y transparentes en beneficio de los consumidores, con una duración general de tres meses, prorrogables. Este exige que las compensaciones cubran a todas las personas afectadas, sean proporcionales al daño y que la empresa se comprometa a prevenir futuras reincidencias. Los afectados pueden presentar sus reclamos directamente en SERNAC.cl, por teléfono al 800 700 100 o presencialmente en la oficina de Antofagasta.
En un esfuerzo conjunto por proteger a los consumidores y asegurar la calidad de los servicios turísticos, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) y el Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR), junto con el Departamento de Inspección de la Municipalidad de San Pedro de Atacama, realizaron una fiscalización a operadores turísticos en la comuna. El operativo buscó verificar el cumplimiento de la Ley del Consumidor, la Ley de Turismo y otras normativas que resguardan los derechos de los visitantes en uno de los destinos más emblemáticos de la región de Antofagasta. La fiscalización, de carácter multitarea, se centró en aspectos cruciales como la transparencia en precios y servicios, la veracidad de promociones y ofertas, las condiciones de seguridad de las instalaciones y la obligatoriedad de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos. Esta iniciativa subraya el compromiso de las autoridades con el ordenamiento del sector y la seguridad de los turistas, según indicó el seremi de Economía, Matías Muñoz Valdebenito. Ante esto, Fernando Sepúlveda, Director Regional del SERNAC de Antofagasta, enfatizó la importancia de estas acciones conjuntas para garantizar que los servicios cumplan con los estándares de calidad y seguridad. Destacó que los turistas deben sentir confianza al contratar servicios en la zona y que el SERNAC está disponible para apoyarles ante cualquier eventualidad. Por su parte, Mauricio Soriano, Director Regional de SERNATUR Antofagasta, resaltó la relevancia de fiscalizar el cumplimiento de la Ley 20.423 y el Decreto 19, normativas clave para el ordenamiento y la seguridad del turismo aventura. Hizo un llamado a los visitantes a preferir siempre servicios registrados en el sitio web de SERNATUR. Asimismo, las empresas que infrinjan la Ley del Consumidor se exponen a multas de hasta 300 UTM (casi $20 millones) por cada infracción. En cuanto a la normativa turística, no contar con el registro de actividades de turismo aventura en SERNATUR puede acarrear multas de 5 a 20 UTM, y el incumplimiento de estándares de seguridad, hasta 35 UTM. Ahora bien, considerando que el turismo aventura es una de las principales atracciones de San Pedro de Atacama, SERNAC y SERNATUR entregaron el Decálogo de turismo aventura con importantes recomendaciones: Asegúrese de que la empresa turística esté registrada en serviciosturisticos.sernatur.cl . Los guías deben realizar una charla instructiva antes de la actividad. Cada actividad debe contar con uno o más guías que acompañen y supervisen. Se debe firmar una ficha de aceptación de riesgo al inicio de la actividad (en caso de menores, la firma la realiza un adulto responsable). Infórmese si la empresa cuenta con seguros de accidentes para los participantes. Finalmente, exija que la empresa provea equipamiento en buen estado.
La operación, que se extenderá por las capitales regionales del país, busca verificar dos aspectos fundamentales. Por un lado, la SEC se centrará en que los aparatos cuenten con el Sello SEC, un distintivo que certifica que los productos cumplen con la normativa vigente y no representan riesgos para la seguridad. Este sello incorpora un código QR y un código numérico que permiten a los consumidores acceder a un “Certificado de Seguridad de Productos” con información detallada del artículo. La Directora Regional de la SEC, Jessica Poblete, enfatizó la importancia de la conciencia ciudadana en el uso de energéticos, recomendando ventilar los espacios al usar estufas a kerosene y gas, y revisar la fecha de vencimiento de flexibles y reguladores en el caso de las estufas a gas. En 2024, la SEC fiscalizó 112 puntos de venta, detectando incumplimientos en el 33% de ellos, lo que derivó en multas por más de 96 millones de pesos. Por otro lado, el SERNAC enfocará su fiscalización en la correcta entrega de información al consumidor. Esto incluye verificar que el rotulado de los productos esté en español, que se informen claramente los precios y que se respete la libre elección. El Director Regional del SERNAC, Fernando Sepúlveda, subrayó que la compra de estos aparatos es crucial para el bienestar familiar, y que el incumplimiento puede generar no solo riesgos de seguridad, sino también gastos innecesarios si los consumidores adquieren productos que no se ajustan a sus necesidades. Los fiscalizadores del SERNAC también revisarán que se informe adecuadamente sobre el derecho a la garantía legal, que permite a los consumidores exigir un cambio, reparación o devolución del dinero si el producto presenta fallas en un plazo de seis meses. Una vez culminado el proceso de fiscalización y el análisis jurídico de los hallazgos, ambas instituciones podrán tomar las acciones que consideren pertinentes. La SEC, en caso de detectar la venta de productos sin Sello SEC, puede exigir el cese de la venta y el retiro de los productos, además de iniciar procesos administrativos que pueden derivar en multas de hasta 10.000 UTA (Unidades Tributarias Anuales). Por su parte, el SERNAC podría aplicar desde oficios correctivos hasta denuncias ante los tribunales de justicia, con multas que ascienden a 300 UTM por cada infracción. Para una compra segura e informada, SERNAC y SEC reiteran las siguientes recomendaciones: Comprar en el comercio establecido para resguardar los derechos del consumidor y acceder a la garantía legal. Cotizar y comparar precios y características para elegir el producto que mejor se adapte a las necesidades de calefacción. Adquirir productos con el Sello SEC y revisar las medidas de protección. Guardar la boleta de compra para cualquier eventualidad. Evaluar aspectos logísticos del hogar como aislación, humedad y ventilación. Leer el manual de instrucciones y seguir las recomendaciones de seguridad, especialmente en el caso de estufas a gas y parafina, las cuales deben usarse en espacios ventilados y nunca en dormitorios o baños. No conectar equipos de alta potencia a alargadores o adaptadores múltiples. Para baños, buscar productos con un índice IP Rating “X4” o superior, que garantice protección contra salpicaduras de agua. Finalmente, con estas medidas, SERNAC y SEC buscan proteger a los consumidores chilenos y asegurar un invierno más cálido y seguro para todos.
El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) ha iniciado un Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC) con la señal televisiva CDF, hoy conocida como TNT Sports, a cargo de la transmisión de los partidos del Campeonato Nacional de Fútbol Profesional. El objetivo es claro: asegurar que los consumidores que no pudieron acceder a precios competitivos sean adecuadamente compensados. Esta drástica medida del SERNAC se produce tras la ratificación por parte de la Corte Suprema de un contundente fallo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en contra del canal de fútbol. La justicia determinó que la empresa abusó de su posición monopólica en el mercado de la transmisión en vivo de los encuentros deportivos, imponiendo una multa histórica de 28 millones de dólares. Tanto el TDLC como el máximo tribunal del país confirmaron las infracciones al Decreto Ley 211 y, crucialmente, la existencia de perjuicios directos a los consumidores finales. La Corte Suprema incluso acogió un recurso de reclamación presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), que puso el foco en la fijación de precios mínimos de reventa y la limitación de promociones que los cableoperadores podían ofrecer respecto a las señales CDF Premium y/o CDF HD. El fallo es lapidario: las restricciones impuestas por CDF (TNT Sports) a los cableoperadores perjudicaron directamente a los consumidores, impidiéndoles acceder a precios realmente competitivos. El SERNAC subraya que los hinchas, leales a sus clubes, se vieron cautivos de una oferta encarecida artificialmente, e incluso se vieron obligados a contratar señales que no deseaban, sin tener posibilidad de sustituir el producto. Para el SERNAC, esta determinación de la Corte Suprema ratifica la existencia de una práctica contraria a la libre competencia que, a su vez, vulneró los derechos de los consumidores. Por ello, considera que es imperativo que TNT Sports repare el daño causado. Finalmente, el PVC busca que TNT Sports presente, en un plazo acotado, una propuesta compensatoria adecuada a los hechos ocurridos. En caso de que esta vía no prospere, el SERNAC ha sido enfático en que no descarta recurrir a acciones judiciales colectivas para resguardar los derechos de los consumidores.
El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) recordó que, durante eventos de comercio electrónico como el Cyber Day, los consumidores tienen los mismos derechos que en cualquier compra presencial. Esto incluye recibir información clara sobre el precio final, las características relevantes del producto, que se cumpla lo ofrecido en la publicidad y que se respeten promociones y ofertas. Además, si un producto comprado resulta defectuoso, el consumidor tiene derecho, durante los primeros seis meses, a exigir el cambio, la reparación o la devolución del dinero. El Servicio también destacó el derecho al retracto, que permite a las personas arrepentirse de una compra realizada por internet, teléfono o catálogo, dentro de los 10 días posteriores a la recepción del producto o contratación del servicio. Junto a lo establecido por la Ley del Consumidor, el Reglamento de Comercio Electrónico refuerza estas garantías, exigiendo a las empresas informar el costo total de los productos o servicios, así como sus condiciones, dimensiones, materiales, colores, unidades, restricciones de uso y cuidados relevantes. También deben detallar el valor del despacho de forma separada del precio del producto y especificar plazos de entrega o retiro. El reglamento también obliga a informar la inexistencia de stock antes de la compra, para evitar anulaciones posteriores, y establece que las empresas deben garantizar canales claros de contacto, permitiendo a los consumidores resolver dudas o problemas. Este punto es clave, dado que una de las principales quejas ante el SERNAC ha sido la dificultad para comunicarse con las compañías. El organismo advirtió que, en caso de detectar incumplimientos a la Ley del Consumidor o al Reglamento de Comercio Electrónico, tomará las acciones correspondientes. Las empresas infractoras podrían enfrentar multas de hasta 300 UTM, es decir, cerca de 20 millones 600 mil pesos por cada infracción. En situaciones que afecten a muchos consumidores, el SERNAC puede iniciar Procedimientos Voluntarios Colectivos o incluso presentar demandas colectivas. Para realizar un reclamo, las personas pueden ingresar al Portal del Consumidor con su Clave SERNAC o ClaveÚnica, llamar gratis al 800 700 100, agendar una TeleAtención o acudir a una de las oficinas del SERNAC en todo el país.
El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) en Antofagasta ha puesto en marcha un Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC) contra la Compañía General de Electricidad S.A. (CGE). Esta acción responde a la serie de interrupciones en el suministro eléctrico que han impactado de forma recurrente a los vecinos de Mejillones desde 2024 hasta junio de 2025. Ante esto, la decisión del SERNAC surge tras constatar que las prolongadas faltas de luz no solo han privado a los hogares de un servicio esencial, sino que también han provocado daños significativos, incluyendo desperfectos en electrodomésticos, demoras excesivas en la reposición y una deficiente atención al cliente. Particularmente preocupante es el impacto en personas electrodependientes, cuya salud y bienestar dependen directamente de un suministro eléctrico constante. Para el SERNAC, estas situaciones constituyen una potencial vulneración a la Ley del Consumidor, especialmente en lo referente al derecho a un servicio básico continuo, a la información oportuna y a una indemnización justa por interrupciones injustificadas. La normativa incluso estipula una compensación automática equivalente a diez veces el valor promedio diario facturado por cada día de suspensión de cuatro horas continuas o más. El objetivo central de este procedimiento es doble: asegurar que CGE compense e indemnice adecuadamente a todos los afectados y que, además, implemente medidas concretas para evitar futuras interrupciones injustificadas. La empresa tiene un plazo de cinco días hábiles administrativos para notificar si aceptará participar en este proceso voluntario. Asimismo, la iniciativa fue presentada públicamente en la Junta de Vecinos número 8 de Mejillones, contando con la presencia y respaldo de diversas autoridades regionales y la comunidad. Fernando Sepúlveda, Director Regional del SERNAC, enfatizó que los reiterados cortes hanafectado gravemente la vida de los vecinos, quienes tienen derecho a un servicio de calidad y a ser compensados. Hizo un llamado a CGE para que proponga una solución querepare el daño causado y garantice que estas situaciones no se repitan. Por su parte, el seremi de Economía, Matías Muñoz, destacó la activación de este procedimiento como una vía para lograr unacompensación proporcional a la afectación. La seremi de Gobierno, Paulina Larrondo, lo calificó como una alternativamás expedita que resguarda los derechos de los afectados. Así también, el alcalde de Mejillones, Marcelino Carvajal, expresó el compromiso municipal de acompañar a la comunidad en este proceso, buscando unasolución definitiva, justa y transparente para los problemas de suministro que afectan la calidad de vida en la comuna. Finalmente, el Procedimiento Voluntario Colectivo es una herramienta del SERNAC diseñada para lograr soluciones rápidas y transparentes en beneficio de los consumidores, con una duración general de tres meses, prorrogables. Este exige que las compensaciones cubran a todas las personas afectadas, sean proporcionales al daño y que la empresa se comprometa a prevenir futuras reincidencias. Los afectados pueden presentar sus reclamos directamente en SERNAC.cl, por teléfono al 800 700 100 o presencialmente en la oficina de Antofagasta.
En un esfuerzo conjunto por proteger a los consumidores y asegurar la calidad de los servicios turísticos, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) y el Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR), junto con el Departamento de Inspección de la Municipalidad de San Pedro de Atacama, realizaron una fiscalización a operadores turísticos en la comuna. El operativo buscó verificar el cumplimiento de la Ley del Consumidor, la Ley de Turismo y otras normativas que resguardan los derechos de los visitantes en uno de los destinos más emblemáticos de la región de Antofagasta. La fiscalización, de carácter multitarea, se centró en aspectos cruciales como la transparencia en precios y servicios, la veracidad de promociones y ofertas, las condiciones de seguridad de las instalaciones y la obligatoriedad de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos. Esta iniciativa subraya el compromiso de las autoridades con el ordenamiento del sector y la seguridad de los turistas, según indicó el seremi de Economía, Matías Muñoz Valdebenito. Ante esto, Fernando Sepúlveda, Director Regional del SERNAC de Antofagasta, enfatizó la importancia de estas acciones conjuntas para garantizar que los servicios cumplan con los estándares de calidad y seguridad. Destacó que los turistas deben sentir confianza al contratar servicios en la zona y que el SERNAC está disponible para apoyarles ante cualquier eventualidad. Por su parte, Mauricio Soriano, Director Regional de SERNATUR Antofagasta, resaltó la relevancia de fiscalizar el cumplimiento de la Ley 20.423 y el Decreto 19, normativas clave para el ordenamiento y la seguridad del turismo aventura. Hizo un llamado a los visitantes a preferir siempre servicios registrados en el sitio web de SERNATUR. Asimismo, las empresas que infrinjan la Ley del Consumidor se exponen a multas de hasta 300 UTM (casi $20 millones) por cada infracción. En cuanto a la normativa turística, no contar con el registro de actividades de turismo aventura en SERNATUR puede acarrear multas de 5 a 20 UTM, y el incumplimiento de estándares de seguridad, hasta 35 UTM. Ahora bien, considerando que el turismo aventura es una de las principales atracciones de San Pedro de Atacama, SERNAC y SERNATUR entregaron el Decálogo de turismo aventura con importantes recomendaciones: Asegúrese de que la empresa turística esté registrada en serviciosturisticos.sernatur.cl . Los guías deben realizar una charla instructiva antes de la actividad. Cada actividad debe contar con uno o más guías que acompañen y supervisen. Se debe firmar una ficha de aceptación de riesgo al inicio de la actividad (en caso de menores, la firma la realiza un adulto responsable). Infórmese si la empresa cuenta con seguros de accidentes para los participantes. Finalmente, exija que la empresa provea equipamiento en buen estado.
La operación, que se extenderá por las capitales regionales del país, busca verificar dos aspectos fundamentales. Por un lado, la SEC se centrará en que los aparatos cuenten con el Sello SEC, un distintivo que certifica que los productos cumplen con la normativa vigente y no representan riesgos para la seguridad. Este sello incorpora un código QR y un código numérico que permiten a los consumidores acceder a un “Certificado de Seguridad de Productos” con información detallada del artículo. La Directora Regional de la SEC, Jessica Poblete, enfatizó la importancia de la conciencia ciudadana en el uso de energéticos, recomendando ventilar los espacios al usar estufas a kerosene y gas, y revisar la fecha de vencimiento de flexibles y reguladores en el caso de las estufas a gas. En 2024, la SEC fiscalizó 112 puntos de venta, detectando incumplimientos en el 33% de ellos, lo que derivó en multas por más de 96 millones de pesos. Por otro lado, el SERNAC enfocará su fiscalización en la correcta entrega de información al consumidor. Esto incluye verificar que el rotulado de los productos esté en español, que se informen claramente los precios y que se respete la libre elección. El Director Regional del SERNAC, Fernando Sepúlveda, subrayó que la compra de estos aparatos es crucial para el bienestar familiar, y que el incumplimiento puede generar no solo riesgos de seguridad, sino también gastos innecesarios si los consumidores adquieren productos que no se ajustan a sus necesidades. Los fiscalizadores del SERNAC también revisarán que se informe adecuadamente sobre el derecho a la garantía legal, que permite a los consumidores exigir un cambio, reparación o devolución del dinero si el producto presenta fallas en un plazo de seis meses. Una vez culminado el proceso de fiscalización y el análisis jurídico de los hallazgos, ambas instituciones podrán tomar las acciones que consideren pertinentes. La SEC, en caso de detectar la venta de productos sin Sello SEC, puede exigir el cese de la venta y el retiro de los productos, además de iniciar procesos administrativos que pueden derivar en multas de hasta 10.000 UTA (Unidades Tributarias Anuales). Por su parte, el SERNAC podría aplicar desde oficios correctivos hasta denuncias ante los tribunales de justicia, con multas que ascienden a 300 UTM por cada infracción. Para una compra segura e informada, SERNAC y SEC reiteran las siguientes recomendaciones: Comprar en el comercio establecido para resguardar los derechos del consumidor y acceder a la garantía legal. Cotizar y comparar precios y características para elegir el producto que mejor se adapte a las necesidades de calefacción. Adquirir productos con el Sello SEC y revisar las medidas de protección. Guardar la boleta de compra para cualquier eventualidad. Evaluar aspectos logísticos del hogar como aislación, humedad y ventilación. Leer el manual de instrucciones y seguir las recomendaciones de seguridad, especialmente en el caso de estufas a gas y parafina, las cuales deben usarse en espacios ventilados y nunca en dormitorios o baños. No conectar equipos de alta potencia a alargadores o adaptadores múltiples. Para baños, buscar productos con un índice IP Rating “X4” o superior, que garantice protección contra salpicaduras de agua. Finalmente, con estas medidas, SERNAC y SEC buscan proteger a los consumidores chilenos y asegurar un invierno más cálido y seguro para todos.
El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) ha iniciado un Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC) con la señal televisiva CDF, hoy conocida como TNT Sports, a cargo de la transmisión de los partidos del Campeonato Nacional de Fútbol Profesional. El objetivo es claro: asegurar que los consumidores que no pudieron acceder a precios competitivos sean adecuadamente compensados. Esta drástica medida del SERNAC se produce tras la ratificación por parte de la Corte Suprema de un contundente fallo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en contra del canal de fútbol. La justicia determinó que la empresa abusó de su posición monopólica en el mercado de la transmisión en vivo de los encuentros deportivos, imponiendo una multa histórica de 28 millones de dólares. Tanto el TDLC como el máximo tribunal del país confirmaron las infracciones al Decreto Ley 211 y, crucialmente, la existencia de perjuicios directos a los consumidores finales. La Corte Suprema incluso acogió un recurso de reclamación presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), que puso el foco en la fijación de precios mínimos de reventa y la limitación de promociones que los cableoperadores podían ofrecer respecto a las señales CDF Premium y/o CDF HD. El fallo es lapidario: las restricciones impuestas por CDF (TNT Sports) a los cableoperadores perjudicaron directamente a los consumidores, impidiéndoles acceder a precios realmente competitivos. El SERNAC subraya que los hinchas, leales a sus clubes, se vieron cautivos de una oferta encarecida artificialmente, e incluso se vieron obligados a contratar señales que no deseaban, sin tener posibilidad de sustituir el producto. Para el SERNAC, esta determinación de la Corte Suprema ratifica la existencia de una práctica contraria a la libre competencia que, a su vez, vulneró los derechos de los consumidores. Por ello, considera que es imperativo que TNT Sports repare el daño causado. Finalmente, el PVC busca que TNT Sports presente, en un plazo acotado, una propuesta compensatoria adecuada a los hechos ocurridos. En caso de que esta vía no prospere, el SERNAC ha sido enfático en que no descarta recurrir a acciones judiciales colectivas para resguardar los derechos de los consumidores.
El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) recordó que, durante eventos de comercio electrónico como el Cyber Day, los consumidores tienen los mismos derechos que en cualquier compra presencial. Esto incluye recibir información clara sobre el precio final, las características relevantes del producto, que se cumpla lo ofrecido en la publicidad y que se respeten promociones y ofertas. Además, si un producto comprado resulta defectuoso, el consumidor tiene derecho, durante los primeros seis meses, a exigir el cambio, la reparación o la devolución del dinero. El Servicio también destacó el derecho al retracto, que permite a las personas arrepentirse de una compra realizada por internet, teléfono o catálogo, dentro de los 10 días posteriores a la recepción del producto o contratación del servicio. Junto a lo establecido por la Ley del Consumidor, el Reglamento de Comercio Electrónico refuerza estas garantías, exigiendo a las empresas informar el costo total de los productos o servicios, así como sus condiciones, dimensiones, materiales, colores, unidades, restricciones de uso y cuidados relevantes. También deben detallar el valor del despacho de forma separada del precio del producto y especificar plazos de entrega o retiro. El reglamento también obliga a informar la inexistencia de stock antes de la compra, para evitar anulaciones posteriores, y establece que las empresas deben garantizar canales claros de contacto, permitiendo a los consumidores resolver dudas o problemas. Este punto es clave, dado que una de las principales quejas ante el SERNAC ha sido la dificultad para comunicarse con las compañías. El organismo advirtió que, en caso de detectar incumplimientos a la Ley del Consumidor o al Reglamento de Comercio Electrónico, tomará las acciones correspondientes. Las empresas infractoras podrían enfrentar multas de hasta 300 UTM, es decir, cerca de 20 millones 600 mil pesos por cada infracción. En situaciones que afecten a muchos consumidores, el SERNAC puede iniciar Procedimientos Voluntarios Colectivos o incluso presentar demandas colectivas. Para realizar un reclamo, las personas pueden ingresar al Portal del Consumidor con su Clave SERNAC o ClaveÚnica, llamar gratis al 800 700 100, agendar una TeleAtención o acudir a una de las oficinas del SERNAC en todo el país.