El Gobierno ha dado un paso decisivo para garantizar la plena aplicación de la Ley 21.030 sobre Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en tres causales. Tras la aprobación de la Contraloría General de la República y el vencimiento, sin impugnaciones, del plazo ante el Tribunal Constitucional (TC) el pasado 26 de junio, el nuevo reglamento de objeción de conciencia ha sido publicado en el Diario Oficial, consolidándose como norma oficial. Este hito busca asegurar que la objeción de conciencia no limite el acceso a estas prestaciones esenciales en el sistema de salud. Las modificaciones al reglamento, propuestas por el Ejecutivo, apuntan directamente a evitar que mujeres y niñas deban enfrentar traslados forzosos o recorrer grandes distancias para ejercer un derecho ya consagrado por ley en situaciones de riesgo vital para la mujer, inviabilidad fetal o violación. Esto representa un triunfo para la salud pública, afirmó la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana. La ministra destacó que, desde la entrada en vigencia de la Ley IVE, se han documentado numerosos casos de mujeres que han debido peregrinar para encontrar atención debido a la objeción de conciencia de la totalidad del personal médico en algunos centros.Este reglamento busca precisamente cambiar esa realidad, garantizando que todas puedan acceder a una atención oportuna, segura y eficiente, sin trabas ni demoras, agregó Orellana, subrayando el amplio respaldo ciudadano a esta ley, que alcanza un 73% según encuestas. Desde las regiones, la seremi de la Mujer y Equidad de Género, Hanna Goldener, enfatizó quela actualización de este reglamento marca un avance concreto para garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y niñas en nuestro país. No puede ser que, en pleno 2025, aún existan barreras institucionales que impidan acceder a una atención digna y oportuna. Goldener recalcó la importancia de esta medida, especialmente en zonas con cobertura limitada de especialistas, para asegurar el cumplimiento real de la Ley IVE sin discriminaciones ni traslados injustificados. El reglamento, sin eliminar la objeción de conciencia, establece mecanismos claros para asegurar el acceso efectivo a la IVE. Entre sus principales puntos, se destaca que las mujeres podrán conocer si el personal que las atiende es o no objetor de conciencia. Además, los establecimientos de salud deberán exhibir visiblemente los derechos que otorga la ley y actualizar sus protocolos de reasignación y derivación, ajustándose a la norma que emitirá el Ministerio de Salud. El objetivo es que la atención sea siempre oportuna, digna y sin costo adicional. Crucialmente, el nuevo marco normativo exige que la red pública de salud cuente con personal no objetor suficiente para que en ningún caso se niegue el acceso a la atención. Actualmente, se registran tres hospitales públicos en Chile donde el 100% de los obstetras se declara objetor de conciencia, una situación que el reglamento busca corregir. Ante esto, en los siete años de vigencia de la Ley IVE en tres causales, se han registrado 6.249 casos de mujeres y niñas que han accedido a un centro de salud bajo estas circunstancias. De ellas, el 85% ha optado por la interrupción de su embarazo, mientras que el 15% decidió continuarlo. Cabe destacar que la edad donde más casos se constituyen por la causal de violación es a los 13 años, y en estas situaciones, los establecimientos de salud están obligados a denunciar el delito. Finalmente, la consolidación de este reglamento marca un hito en la protección de los derechos sexuales y reproductivos en Chile, fortaleciendo el acceso a una ley fundamental para miles de mujeres y niñas.
El Gobierno ha dado un paso decisivo para garantizar la plena aplicación de la Ley 21.030 sobre Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en tres causales. Tras la aprobación de la Contraloría General de la República y el vencimiento, sin impugnaciones, del plazo ante el Tribunal Constitucional (TC) el pasado 26 de junio, el nuevo reglamento de objeción de conciencia ha sido publicado en el Diario Oficial, consolidándose como norma oficial. Este hito busca asegurar que la objeción de conciencia no limite el acceso a estas prestaciones esenciales en el sistema de salud. Las modificaciones al reglamento, propuestas por el Ejecutivo, apuntan directamente a evitar que mujeres y niñas deban enfrentar traslados forzosos o recorrer grandes distancias para ejercer un derecho ya consagrado por ley en situaciones de riesgo vital para la mujer, inviabilidad fetal o violación. Esto representa un triunfo para la salud pública, afirmó la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana. La ministra destacó que, desde la entrada en vigencia de la Ley IVE, se han documentado numerosos casos de mujeres que han debido peregrinar para encontrar atención debido a la objeción de conciencia de la totalidad del personal médico en algunos centros.Este reglamento busca precisamente cambiar esa realidad, garantizando que todas puedan acceder a una atención oportuna, segura y eficiente, sin trabas ni demoras, agregó Orellana, subrayando el amplio respaldo ciudadano a esta ley, que alcanza un 73% según encuestas. Desde las regiones, la seremi de la Mujer y Equidad de Género, Hanna Goldener, enfatizó quela actualización de este reglamento marca un avance concreto para garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y niñas en nuestro país. No puede ser que, en pleno 2025, aún existan barreras institucionales que impidan acceder a una atención digna y oportuna. Goldener recalcó la importancia de esta medida, especialmente en zonas con cobertura limitada de especialistas, para asegurar el cumplimiento real de la Ley IVE sin discriminaciones ni traslados injustificados. El reglamento, sin eliminar la objeción de conciencia, establece mecanismos claros para asegurar el acceso efectivo a la IVE. Entre sus principales puntos, se destaca que las mujeres podrán conocer si el personal que las atiende es o no objetor de conciencia. Además, los establecimientos de salud deberán exhibir visiblemente los derechos que otorga la ley y actualizar sus protocolos de reasignación y derivación, ajustándose a la norma que emitirá el Ministerio de Salud. El objetivo es que la atención sea siempre oportuna, digna y sin costo adicional. Crucialmente, el nuevo marco normativo exige que la red pública de salud cuente con personal no objetor suficiente para que en ningún caso se niegue el acceso a la atención. Actualmente, se registran tres hospitales públicos en Chile donde el 100% de los obstetras se declara objetor de conciencia, una situación que el reglamento busca corregir. Ante esto, en los siete años de vigencia de la Ley IVE en tres causales, se han registrado 6.249 casos de mujeres y niñas que han accedido a un centro de salud bajo estas circunstancias. De ellas, el 85% ha optado por la interrupción de su embarazo, mientras que el 15% decidió continuarlo. Cabe destacar que la edad donde más casos se constituyen por la causal de violación es a los 13 años, y en estas situaciones, los establecimientos de salud están obligados a denunciar el delito. Finalmente, la consolidación de este reglamento marca un hito en la protección de los derechos sexuales y reproductivos en Chile, fortaleciendo el acceso a una ley fundamental para miles de mujeres y niñas.