La Central Unitaria de Trabajadores (CUT) oficializó su propuesta para que el sueldo mínimo en Chile alcance el millón de pesos en 2029. La iniciativa fue presentada por el presidente del gremio, David Acuña, en una reunión sostenida el pasado viernes con representantes de los ministerios de Hacienda y del Trabajo, según consignó La Tercera. Actualmente, el salario mínimo mensual en el país asciende a $510.636. En ese contexto, la CUT propuso un alza del 12% para este 2025, lo que implicaría un aumento a $578.948 brutos. El gremio plantea una política salarial de largo plazo, con un horizonte de cinco años que permitiría llegar a un salario vital hacia 2030. Acuña explicó que esta hoja de ruta contempla incrementos progresivos anuales, entre un 12% y 14%, ajustados con “gatillos de IPC” (Índice de Precios al Consumidor), lo que permitiría adaptar los reajustes al contexto económico. Nosotros creemos que hoy día estamos poniendo la pelota en la mesa, estamos diciendo que esta no es una política de un día para otro, que es una política que se construye en base a distintos parámetros, señaló el dirigente, recalcando la importancia de avanzar hacia un mayor bienestar salarial para las familias chilenas. El proyecto de ley que podría dar curso a esta propuesta debe ser presentado a más tardar el jueves 1 de mayo. Sin embargo, el escenario político presenta obstáculos: algunos parlamentarios de oposición ya han manifestado su rechazo, y desde distintos sectores se advierte que es difícil comprometer un objetivo a largo plazo, considerando que el actual gobierno finalizará su mandato en marzo de 2026.
El pasado viernes 25 de abril se concretó un avance histórico en materia de salud: luego de ser presentada el año 2011 como moción parlamentaria y recorrer un largo camino legislativo, el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, y la ministra de Salud, Ximena Aguilera; firmaron la promulgación de la “Ley de Enfermedades Raras, Poco Frecuentes y Huérfanas”, normativa que establece un nuevo marco regulatorio, con miras al desarrollo de políticas públicas específicas para estas materias. ¿En qué consiste la Ley de Enfermedades Raras, Poco Frecuentes y Huérfanas? Tras 13 años de tramitación, esta nueva ley establece un marco regulatorio que permitirá desarrollar políticas públicas efectivas, creando un listado oficial de estas enfermedades y un registro nacional que reducirá esa dolorosa ‘odisea diagnóstica’ que actualmente puede extenderse hasta 8 años. En ese sentido ya se han desarrollado acciones concretas, como el abordaje de la Atrofia Muscular Espinal Tipo 1, donde se implementaron tratamientos innovadores mediante mecanismos de riesgo compartido. A eso se suma la próxima implementación de la pesquisa neonatal ampliada para detectar tempranamente 26 enfermedades poco frecuentes, 24 nuevas. Además, de la creación de la Comisión Técnica Asesora con participación de organizaciones de pacientes refleja la convicción de que las políticas públicas se construyen con y para las personas.
El pasado miércoles 23 de abril se publicó la ley 21.740 que modifica el Código de Aguas en lo relativo al procedimiento de fiscalización y vigilancia que realiza la Dirección General de Aguas del MOP, disminuyendo los tiempos de tramitación, incorporando la notificación digital, incentivos para pagar las multas y posibilitando la corrección temprana de infracciones menores. “Estas nuevas atribuciones permitirán a la DGA agilizar sus procedimientos de fiscalización, entregando a la ciudadanía una respuesta oportuna frente a posibles infracciones, pero sobre todo permite a quienes incurren en pequeñas faltas enmendar el error y no ser multados. Como Ministerio no tenemos como objetivo la recaudación fiscal, sino la vigilancia del buen uso de las aguas, por lo que esta modificación legal es un importante avance para el resguardo del recurso hídrico”, destacó la ministra de Obras Públicas, Jessica López. A su vez, el director general de Aguas del MOP, indicó que “el proyecto fue ingresado por el Ejecutivo en diciembre de 2023, o sea, en 16 meses logramos consensos para hacer más eficiente nuestra tarea. De esta manera, la modificación legal faculta a los municipios y otros órganos del Estado ejecutar las medidas ordenadas por la DGA, como la paralización de obras; y posibilita que las notificaciones de la DGA pueda realizarse de manera presencial o por medios electrónicos”. REGIÓN DE ANTOFAGASTA Cabe señalar que esta ley permitirá un desarrollo más eficiente en la gestión fiscalizadora de la DGA, institución que, en la Región de Antofagasta, durante el año 2024, abrió un total de 198 procesos de investigación por eventuales infracciones al Código de Aguas. En ese mismo periodo, se concluyeron 206 procesos, de los cuales 106 finalizaron con multa, correspondiendo 77 de ellas al año 2024 y 29 al año 2023. El seremi de Obras Públicas, Pedro Barrios, sostuvo que con la nueva modificación del Código de Aguas se robustece aún más la labor de la DGA y el compromiso con la gestión eficiente y sostenible del recurso hídrico en la región de Antofagasta, tomando un rol clave en la protección de este vital recurso en una zona marcada por la escasez hídrica. LEY La ley permite realizar un procedimiento simplificado para infracciones que se encuentren en algunas de estas circunstancias: cuyas sanciones fluctúen entre 10 y 500 UTM, se realicen en zonas de escasez o que no requieran fiscalización en terreno. En estos casos, el presunto infractor podrá aceptar los cargos hasta antes de que venza el plazo para presentar sus descargos, caso en el cual se aplicará un 25% de descuento sobre la multa que corresponda. Otra modificación relevante es que la DGA está facultada para ordenar la paralización de la extracción ilegal de aguas, cuando ésta se produzca en zonas de escasez hídrica o cuando dicha infracción pudiese afectar la disponibilidad de las aguas utilizadas para satisfacer el consumo humano, saneamiento o el uso doméstico de subsistencia, como medida preventiva durante la tramitación del procedimiento. En términos de agilidad, permite a la DGA otorgar al infractor un plazo máximo de 30 días hábiles para corregir desviaciones normativas menores y, al cumplir, se exime de la apertura de un expediente sancionatorio y la multa asociada. Por último, quienes sean multados como resultado de los procesos sancionatorios de fiscalización y paguen dentro del plazo de 9 días hábiles desde notificada la sanción monetaria sin interponer un recurso de reconsideración, podrán acceder a un 25% de descuento.
Cada día, las y los chilenos producen cerca de 1,3 kilos de residuos, los que terminan, en su mayoría, en rellenos sanitarios. Esto tiene un impacto negativo significativo en la huella de carbono. Por esta razón, es que constantemente el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) se encuentra participando de instancias que permitan que las y los consumidores adquirir productos de una forma más sustentable. Es así como entre los años 2020 y 2025, participó de un proyecto público-privado denominado Acuerdo de Producción Limpia de EcoEtiquetado, que derivó en la creación de un sello para los envases de productos de consumo masivo, llamado Elijo Reciclar. Esta ecoetiqueta se divide en dos elementos: Un sello de reciclabilidad (sello frontal o sello Elijo Reciclar) que indica que el envase es al menos un 80% reciclable. Información para el reciclaje (o rótulo de reciclabilidad). El objetivo de este sello es entregar información clara y sencilla a las personas consumidoras e impulsar el reciclaje, ya que permitirá identificar de mejor forma, qué envases se deben llevar a los puntos limpios. Aplica para las empresas que voluntariamente suscriben estos acuerdos y que comercializan productos de consumo masivo y logran certificar los envases de sus productos bajo los esquemas de los sistemas de gestión autorizados. El acuerdo fue liderado por representantes de: Sociedad de Fomento Fabril (SOFOFA) Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático de Corfo (ASCC) Ministerio de Medio Ambiente (MMA) Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Asociación de Consumidores Sustentables Circular Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) Centro de Innovación en Envases y Embalajes Laben-Chile de la Universidad de Santiago de Chile Los sistemas colectivos de gestión Resimple y Giro El apoyo técnico de la Asociación Nacional de Industrias del Reciclaje (ANIR) Para obtener el sello #ElijoReciclar, cada envase debe pasar por un proceso de certificación en que se asegure que al menos un 80% del peso del envase está hecho de materiales técnicamente reciclables y que son demandados por parte de la industria del reciclaje. Actualmente ya existen más de 4.000 productos de cerca de 60 marcas que cuentan con el ecoetiquetado y que se encuentran disponibles en el mercado. Para conocer el listado y mayores detalles, pueden hacerlo directamente aquí.
La Central Unitaria de Trabajadores (CUT) oficializó su propuesta para que el sueldo mínimo en Chile alcance el millón de pesos en 2029. La iniciativa fue presentada por el presidente del gremio, David Acuña, en una reunión sostenida el pasado viernes con representantes de los ministerios de Hacienda y del Trabajo, según consignó La Tercera. Actualmente, el salario mínimo mensual en el país asciende a $510.636. En ese contexto, la CUT propuso un alza del 12% para este 2025, lo que implicaría un aumento a $578.948 brutos. El gremio plantea una política salarial de largo plazo, con un horizonte de cinco años que permitiría llegar a un salario vital hacia 2030. Acuña explicó que esta hoja de ruta contempla incrementos progresivos anuales, entre un 12% y 14%, ajustados con “gatillos de IPC” (Índice de Precios al Consumidor), lo que permitiría adaptar los reajustes al contexto económico. Nosotros creemos que hoy día estamos poniendo la pelota en la mesa, estamos diciendo que esta no es una política de un día para otro, que es una política que se construye en base a distintos parámetros, señaló el dirigente, recalcando la importancia de avanzar hacia un mayor bienestar salarial para las familias chilenas. El proyecto de ley que podría dar curso a esta propuesta debe ser presentado a más tardar el jueves 1 de mayo. Sin embargo, el escenario político presenta obstáculos: algunos parlamentarios de oposición ya han manifestado su rechazo, y desde distintos sectores se advierte que es difícil comprometer un objetivo a largo plazo, considerando que el actual gobierno finalizará su mandato en marzo de 2026.
El pasado viernes 25 de abril se concretó un avance histórico en materia de salud: luego de ser presentada el año 2011 como moción parlamentaria y recorrer un largo camino legislativo, el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, y la ministra de Salud, Ximena Aguilera; firmaron la promulgación de la “Ley de Enfermedades Raras, Poco Frecuentes y Huérfanas”, normativa que establece un nuevo marco regulatorio, con miras al desarrollo de políticas públicas específicas para estas materias. ¿En qué consiste la Ley de Enfermedades Raras, Poco Frecuentes y Huérfanas? Tras 13 años de tramitación, esta nueva ley establece un marco regulatorio que permitirá desarrollar políticas públicas efectivas, creando un listado oficial de estas enfermedades y un registro nacional que reducirá esa dolorosa ‘odisea diagnóstica’ que actualmente puede extenderse hasta 8 años. En ese sentido ya se han desarrollado acciones concretas, como el abordaje de la Atrofia Muscular Espinal Tipo 1, donde se implementaron tratamientos innovadores mediante mecanismos de riesgo compartido. A eso se suma la próxima implementación de la pesquisa neonatal ampliada para detectar tempranamente 26 enfermedades poco frecuentes, 24 nuevas. Además, de la creación de la Comisión Técnica Asesora con participación de organizaciones de pacientes refleja la convicción de que las políticas públicas se construyen con y para las personas.
El pasado miércoles 23 de abril se publicó la ley 21.740 que modifica el Código de Aguas en lo relativo al procedimiento de fiscalización y vigilancia que realiza la Dirección General de Aguas del MOP, disminuyendo los tiempos de tramitación, incorporando la notificación digital, incentivos para pagar las multas y posibilitando la corrección temprana de infracciones menores. “Estas nuevas atribuciones permitirán a la DGA agilizar sus procedimientos de fiscalización, entregando a la ciudadanía una respuesta oportuna frente a posibles infracciones, pero sobre todo permite a quienes incurren en pequeñas faltas enmendar el error y no ser multados. Como Ministerio no tenemos como objetivo la recaudación fiscal, sino la vigilancia del buen uso de las aguas, por lo que esta modificación legal es un importante avance para el resguardo del recurso hídrico”, destacó la ministra de Obras Públicas, Jessica López. A su vez, el director general de Aguas del MOP, indicó que “el proyecto fue ingresado por el Ejecutivo en diciembre de 2023, o sea, en 16 meses logramos consensos para hacer más eficiente nuestra tarea. De esta manera, la modificación legal faculta a los municipios y otros órganos del Estado ejecutar las medidas ordenadas por la DGA, como la paralización de obras; y posibilita que las notificaciones de la DGA pueda realizarse de manera presencial o por medios electrónicos”. REGIÓN DE ANTOFAGASTA Cabe señalar que esta ley permitirá un desarrollo más eficiente en la gestión fiscalizadora de la DGA, institución que, en la Región de Antofagasta, durante el año 2024, abrió un total de 198 procesos de investigación por eventuales infracciones al Código de Aguas. En ese mismo periodo, se concluyeron 206 procesos, de los cuales 106 finalizaron con multa, correspondiendo 77 de ellas al año 2024 y 29 al año 2023. El seremi de Obras Públicas, Pedro Barrios, sostuvo que con la nueva modificación del Código de Aguas se robustece aún más la labor de la DGA y el compromiso con la gestión eficiente y sostenible del recurso hídrico en la región de Antofagasta, tomando un rol clave en la protección de este vital recurso en una zona marcada por la escasez hídrica. LEY La ley permite realizar un procedimiento simplificado para infracciones que se encuentren en algunas de estas circunstancias: cuyas sanciones fluctúen entre 10 y 500 UTM, se realicen en zonas de escasez o que no requieran fiscalización en terreno. En estos casos, el presunto infractor podrá aceptar los cargos hasta antes de que venza el plazo para presentar sus descargos, caso en el cual se aplicará un 25% de descuento sobre la multa que corresponda. Otra modificación relevante es que la DGA está facultada para ordenar la paralización de la extracción ilegal de aguas, cuando ésta se produzca en zonas de escasez hídrica o cuando dicha infracción pudiese afectar la disponibilidad de las aguas utilizadas para satisfacer el consumo humano, saneamiento o el uso doméstico de subsistencia, como medida preventiva durante la tramitación del procedimiento. En términos de agilidad, permite a la DGA otorgar al infractor un plazo máximo de 30 días hábiles para corregir desviaciones normativas menores y, al cumplir, se exime de la apertura de un expediente sancionatorio y la multa asociada. Por último, quienes sean multados como resultado de los procesos sancionatorios de fiscalización y paguen dentro del plazo de 9 días hábiles desde notificada la sanción monetaria sin interponer un recurso de reconsideración, podrán acceder a un 25% de descuento.
Cada día, las y los chilenos producen cerca de 1,3 kilos de residuos, los que terminan, en su mayoría, en rellenos sanitarios. Esto tiene un impacto negativo significativo en la huella de carbono. Por esta razón, es que constantemente el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) se encuentra participando de instancias que permitan que las y los consumidores adquirir productos de una forma más sustentable. Es así como entre los años 2020 y 2025, participó de un proyecto público-privado denominado Acuerdo de Producción Limpia de EcoEtiquetado, que derivó en la creación de un sello para los envases de productos de consumo masivo, llamado Elijo Reciclar. Esta ecoetiqueta se divide en dos elementos: Un sello de reciclabilidad (sello frontal o sello Elijo Reciclar) que indica que el envase es al menos un 80% reciclable. Información para el reciclaje (o rótulo de reciclabilidad). El objetivo de este sello es entregar información clara y sencilla a las personas consumidoras e impulsar el reciclaje, ya que permitirá identificar de mejor forma, qué envases se deben llevar a los puntos limpios. Aplica para las empresas que voluntariamente suscriben estos acuerdos y que comercializan productos de consumo masivo y logran certificar los envases de sus productos bajo los esquemas de los sistemas de gestión autorizados. El acuerdo fue liderado por representantes de: Sociedad de Fomento Fabril (SOFOFA) Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático de Corfo (ASCC) Ministerio de Medio Ambiente (MMA) Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) Asociación de Consumidores Sustentables Circular Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) Centro de Innovación en Envases y Embalajes Laben-Chile de la Universidad de Santiago de Chile Los sistemas colectivos de gestión Resimple y Giro El apoyo técnico de la Asociación Nacional de Industrias del Reciclaje (ANIR) Para obtener el sello #ElijoReciclar, cada envase debe pasar por un proceso de certificación en que se asegure que al menos un 80% del peso del envase está hecho de materiales técnicamente reciclables y que son demandados por parte de la industria del reciclaje. Actualmente ya existen más de 4.000 productos de cerca de 60 marcas que cuentan con el ecoetiquetado y que se encuentran disponibles en el mercado. Para conocer el listado y mayores detalles, pueden hacerlo directamente aquí.