La Constructora Guzmán y Larraín SpA deberá pagar una multa de $72 millones, equivalentes a 88 Unidades Tributarias Anuales (UTA), luego de que el Primer Tribunal Ambiental rechazara su reclamación y ratificara la sanción emitida por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). La sanción se debe a la superación de los límites de ruido durante la construcción del Edificio Barlovento en Antofagasta. Ante esto, el fallo del tribunal desestimó cada uno de los argumentos presentados por la constructora. Entre ellos, se descartaron los supuestos incumplimientos de plazos en el procedimiento administrativo y en la resolución de un recurso de reposición, así como los cuestionamientos a la metodología utilizada por la SMA para medir el ruido, estimar la población afectada y calcular el beneficio económico de la empresa. Según la resolución, el tribunal determinó que los plazos de 30 días para resolver un recurso no son fatales, y que la extensión del proceso no anula la sanción mientras los hechos que la motivaron persistan. Además, el fallo resalta que la empresa, con 39 años de experiencia en el rubro, conocía las normativas legales aplicables. El origen de la sanción se remonta a 2021, cuando tres denuncias de vecinos alertaron a la SMA sobre los ruidos molestos. Las mediciones realizadas en la obra registraron excedencias de 12 y 16 decibeles por encima de los límites permitidos. La constructora presentó un Programa de Cumplimiento que fue rechazado por no ser idóneo, eficaz ni verificable. Finalmente, la multa fue aplicada por la SMA en julio de 2022 y ratificada en agosto de 2024, para ser finalmente confirmada por el Tribunal Ambiental, cerrando así el proceso judicial.
La Constructora Guzmán y Larraín SpA deberá pagar una multa de $72 millones, equivalentes a 88 Unidades Tributarias Anuales (UTA), luego de que el Primer Tribunal Ambiental rechazara su reclamación y ratificara la sanción emitida por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). La sanción se debe a la superación de los límites de ruido durante la construcción del Edificio Barlovento en Antofagasta. Ante esto, el fallo del tribunal desestimó cada uno de los argumentos presentados por la constructora. Entre ellos, se descartaron los supuestos incumplimientos de plazos en el procedimiento administrativo y en la resolución de un recurso de reposición, así como los cuestionamientos a la metodología utilizada por la SMA para medir el ruido, estimar la población afectada y calcular el beneficio económico de la empresa. Según la resolución, el tribunal determinó que los plazos de 30 días para resolver un recurso no son fatales, y que la extensión del proceso no anula la sanción mientras los hechos que la motivaron persistan. Además, el fallo resalta que la empresa, con 39 años de experiencia en el rubro, conocía las normativas legales aplicables. El origen de la sanción se remonta a 2021, cuando tres denuncias de vecinos alertaron a la SMA sobre los ruidos molestos. Las mediciones realizadas en la obra registraron excedencias de 12 y 16 decibeles por encima de los límites permitidos. La constructora presentó un Programa de Cumplimiento que fue rechazado por no ser idóneo, eficaz ni verificable. Finalmente, la multa fue aplicada por la SMA en julio de 2022 y ratificada en agosto de 2024, para ser finalmente confirmada por el Tribunal Ambiental, cerrando así el proceso judicial.