Una condena que suma en total 63 años de cárcel es la que solicitará la Fiscalía del Bío Bío que se aplique sobre el otrora alcalde de Reinaco, Juan Carlos Reinao, actualmente en prisión preventiva desde noviembre de 2023. La acusación que presentará la Fiscalía sobre la exautoridad municipal 'involucra cuatro hechos que abarcan un período de tiempo desde diciembre del año 2006 hasta el año 2020', detalló el fiscal de Los Ángeles, Gonzalo Martínez. La imputación final en contra de Reinao contempla las denuncias de cuatro víctimas, de las cuales dos eran adolescentes en el momento de la ocurrencia de los hechos. La investigación involucra diversos delitos cometidos en contra de ellas, como violación y abuso sexual. 'Se imputan tres abusos sexuales, uno agravado. Se imputa además un delito de aborto y un delito de violación en carácter de reiterado', explicó el fiscal Martínez sobre los delitos imputados. LO ÚLTIMO: La fiscalía espera aplicar penas independientes para cada caso, para así consignar las circunstancias particulares. La suma total de las penas por los delitos que acusa Fiscalía a Reinao suman un total de 63 años de cárcel. El ente persecutor detalló que presentarán en el juicio al menos la declaración de 70 testigos y peritos que confirmarán el actuar de Reinao en los diversos casos que se le imputan. Martínez también agregó que a estas declaraciones sumarán 'numerosa prueba documental y otros medios prueba que serán ofrecidos al tribunal'. Fuente: Meganoticias
El 15 de abril, en el 7° Juzgado de Garantía se realizó la última audiencia en el marco de la investigación que está llevando el fiscal regional de Coquimbo, Patricio Cooper, contra la diputada PC Carol Kariola por presunto tráfico de influencias. En esa audiencia, a la cual no pudo ingresar prensa y que duró 33 minutos, el abogado de la exalcaldesa de Santiago Irací Hassler, Miguel Schurmann, solicitó la eliminación del informe de la Policía de Investigación catalogado con el número 487 y que fue incorporado por el Ministerio Público. Juan Carlos Manríquez, abogado de Cariola, solicitó tener acceso a otro informe, el 105 de la PDI. En este documento se detallan los argumentos del polémico allanamiento realizado mientras Cariola estaba dando a luz a su primer hijo en un hospital capitalino. Otro punto discutido fue un nuevo informe enviado por el fiscal Cooper (487), donde se detectaron errores que no fueron corregidos. El abogado planteó esta inquietud en tribunal para ser tratada posteriormente en otra audiencia. Uno de los puntos clave es la confusión entre dos empresarios mencionados en chats parlamentarios: Carlos Frings y Bo Emilio Yang. La diputada comunista hablaba sobre un empresario cercano que apoyó su campaña, refiriéndose finalmente a Frings Arias y no a Yang como inicialmente creyó la PDI. Otro aspecto relevante es una interpretación policial considerada mañosa por parte del abogado Manríquez. Se espera una revisión más detallada durante una próxima audiencia fijada para mayo. Fuente: La Tercera Nacional
La Corte de Apelaciones de Antofagasta dictaminó hoy, lunes 21 de abril, la prisión preventiva para F.A.B.G., acusado por el Ministerio Público de los delitos consumados y reiterados de captación y grabación de registros audiovisuales de partes íntimas y abuso sexual sin contacto corporal contra menores de 14 años. Los ilícitos habrían sido perpetrados desde 2015 en establecimientos educacionales y la vía pública de la ciudad. En un fallo dividido (causa rol 401-2025), la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Virginia Soublette Miranda, Juan Opazo Lagos y el abogado (i) Luis Cortés Sánchez, anuló la resolución previa del Juzgado de Garantía de Antofagasta. La Corte consideró la cantidad de delitos y las circunstancias en las que el imputado presuntamente realizó las grabaciones. Ante esto, el fallo señala que: (...) considerando el número de delitos, las circunstancias que el imputado actuaba en todo sitio y lugar obteniendo grabaciones de las partes íntimas de niñas para su excitación sexual, que incluso lo realizaba en los tres colegios en que trabajaba aprovechándose del acceso que tenía hacia dichas niñas o adolescentes en su calidad de paradocente, que lo mismo realizaba en la vía pública durante muchos años, e incluso utilizando tecnología para evitar ser descubierto, afectando la indemnidad de una gran cantidad de niños, sin perjuicio de que además afectaba acciones íntimas de compañeras de trabajo, y que en todo caso dentro de su discurso justifica su actuar, surge de lo anterior un claro y evidente peligro de reiteración, que hace necesaria su privación de libertad como único medio para cautelar la seguridad de la sociedad y, en especial, de las niñas y adolescentes de esta ciudad, por lo que se accederá a la petición del Ministerio Público decretando la prisión preventiva. Por lo tanto, la resolución establece: SE REVOCA la resolución apelada de fecha catorce de abril de dos mil veinticinco, que denegó decretar la medida cautelar de prisión preventiva al imputado F.A.B.G., por los delitos de captación y grabación de registros audiovisuales de partes íntimas, en carácter de reiterado y abuso sexual sin contacto corporal de menor de 14 años y en su lugar se decreta la referida medida cautelar. La decisión fue acordada con el voto en contra del ministro Opazo Lagos. Según la fiscalía, el imputado, de 45 años e inspector de un establecimiento educacional de Antofagasta, fue sorprendido el jueves 10 de abril grabando con su teléfono celular las partes íntimas de una adolescente en la vía pública. Finalmente, tras la pericia del dispositivo móvil del imputado, la policía encontrómúltiples grabaciones que el encartado tenía y que había realizado en la vía pública y en los colegios donde se desempeñaba como paradocente, lo que sumado a su declaración en donde derechamente reconoce su autoría, permite concluir que existen presunciones fundadas de participación del imputado en el delito reiterado del artículo 161 C del Código Penal, por el cual fue formalizado, indica la resolución del tribunal de alzada.
La defensa de la exconcejala Paz Fuica logró revertir la medida cautelar de prisión preventiva que pesaba en su contra. Esta decisión se tomó tras una apelación presentada por sus abogados, quienes argumentaron en contra de la detención en el marco de la investigación por presuntos delitos de fraude al fisco. Recordemos que el Ministerio Público imputa a Fuica como presunta autora de 10 delitos consumados de fraude al fisco. Estos ilícitos se habrían cometido durante el año 2022, en el contexto de los convenios suscritos entre el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) y las fundaciones Democracia Viva, Fibra y TomArte. Finalmente, la revocación de la prisión preventiva implica que Paz Fuica retornará a la medida cautelar de arresto domiciliario mientras continúa la investigación en su contra. Se espera que en las próximas horas se conozcan más detalles sobre los argumentos presentados por la defensa y la resolución del tribunal.
La Fiscalía de Análisis y Criminalidad Compleja formalizó cargos por femicidio contra un hombre de 39 años, de nacionalidad colombiana, por la muerte de la joven colombiana Angie Tatiana ocurrida el pasado 2 de abril en un domicilio de Antofagasta. El imputado, quien mantenía una relación sentimental con la víctima, fue detenido en Tacna, Perú, en un operativo coordinado entre la policía peruana, la Brigada de Homicidios de la PDI y el Equipo ECOH del Ministerio Público. Tras su captura, fue trasladado a Antofagasta, donde compareció ante el Juzgado de Garantía. Durante la audiencia de formalización, se detalló que el crimen se produjo cuando el imputado agredió a la víctima con golpes de puño y un arma blanca al interior de una habitación. Tras cometer el femicidio, el hombre huyó a Perú de manera irregular. La brutal agresión ocurrió en presencia de la hija de la víctima, una niña de un año y once meses, quien posteriormente fue encontrada deambulando en el sector. Finalmente, el Ministerio Público formalizó al detenido por el delito consumado de femicidio y solicitó la medida cautelar de prisión preventiva, la cual fue concedida por el tribunal por considerar que su libertad representa un peligro para la seguridad de la sociedad. El Fiscal Regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, resaltó la eficiencia del trabajo investigativo que permitió la rápida identificación y detención del presunto autor. Se fijó un plazo de investigación de 150 días para este caso.
Una condena que suma en total 63 años de cárcel es la que solicitará la Fiscalía del Bío Bío que se aplique sobre el otrora alcalde de Reinaco, Juan Carlos Reinao, actualmente en prisión preventiva desde noviembre de 2023. La acusación que presentará la Fiscalía sobre la exautoridad municipal 'involucra cuatro hechos que abarcan un período de tiempo desde diciembre del año 2006 hasta el año 2020', detalló el fiscal de Los Ángeles, Gonzalo Martínez. La imputación final en contra de Reinao contempla las denuncias de cuatro víctimas, de las cuales dos eran adolescentes en el momento de la ocurrencia de los hechos. La investigación involucra diversos delitos cometidos en contra de ellas, como violación y abuso sexual. 'Se imputan tres abusos sexuales, uno agravado. Se imputa además un delito de aborto y un delito de violación en carácter de reiterado', explicó el fiscal Martínez sobre los delitos imputados. LO ÚLTIMO: La fiscalía espera aplicar penas independientes para cada caso, para así consignar las circunstancias particulares. La suma total de las penas por los delitos que acusa Fiscalía a Reinao suman un total de 63 años de cárcel. El ente persecutor detalló que presentarán en el juicio al menos la declaración de 70 testigos y peritos que confirmarán el actuar de Reinao en los diversos casos que se le imputan. Martínez también agregó que a estas declaraciones sumarán 'numerosa prueba documental y otros medios prueba que serán ofrecidos al tribunal'. Fuente: Meganoticias
El 15 de abril, en el 7° Juzgado de Garantía se realizó la última audiencia en el marco de la investigación que está llevando el fiscal regional de Coquimbo, Patricio Cooper, contra la diputada PC Carol Kariola por presunto tráfico de influencias. En esa audiencia, a la cual no pudo ingresar prensa y que duró 33 minutos, el abogado de la exalcaldesa de Santiago Irací Hassler, Miguel Schurmann, solicitó la eliminación del informe de la Policía de Investigación catalogado con el número 487 y que fue incorporado por el Ministerio Público. Juan Carlos Manríquez, abogado de Cariola, solicitó tener acceso a otro informe, el 105 de la PDI. En este documento se detallan los argumentos del polémico allanamiento realizado mientras Cariola estaba dando a luz a su primer hijo en un hospital capitalino. Otro punto discutido fue un nuevo informe enviado por el fiscal Cooper (487), donde se detectaron errores que no fueron corregidos. El abogado planteó esta inquietud en tribunal para ser tratada posteriormente en otra audiencia. Uno de los puntos clave es la confusión entre dos empresarios mencionados en chats parlamentarios: Carlos Frings y Bo Emilio Yang. La diputada comunista hablaba sobre un empresario cercano que apoyó su campaña, refiriéndose finalmente a Frings Arias y no a Yang como inicialmente creyó la PDI. Otro aspecto relevante es una interpretación policial considerada mañosa por parte del abogado Manríquez. Se espera una revisión más detallada durante una próxima audiencia fijada para mayo. Fuente: La Tercera Nacional
La Corte de Apelaciones de Antofagasta dictaminó hoy, lunes 21 de abril, la prisión preventiva para F.A.B.G., acusado por el Ministerio Público de los delitos consumados y reiterados de captación y grabación de registros audiovisuales de partes íntimas y abuso sexual sin contacto corporal contra menores de 14 años. Los ilícitos habrían sido perpetrados desde 2015 en establecimientos educacionales y la vía pública de la ciudad. En un fallo dividido (causa rol 401-2025), la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Virginia Soublette Miranda, Juan Opazo Lagos y el abogado (i) Luis Cortés Sánchez, anuló la resolución previa del Juzgado de Garantía de Antofagasta. La Corte consideró la cantidad de delitos y las circunstancias en las que el imputado presuntamente realizó las grabaciones. Ante esto, el fallo señala que: (...) considerando el número de delitos, las circunstancias que el imputado actuaba en todo sitio y lugar obteniendo grabaciones de las partes íntimas de niñas para su excitación sexual, que incluso lo realizaba en los tres colegios en que trabajaba aprovechándose del acceso que tenía hacia dichas niñas o adolescentes en su calidad de paradocente, que lo mismo realizaba en la vía pública durante muchos años, e incluso utilizando tecnología para evitar ser descubierto, afectando la indemnidad de una gran cantidad de niños, sin perjuicio de que además afectaba acciones íntimas de compañeras de trabajo, y que en todo caso dentro de su discurso justifica su actuar, surge de lo anterior un claro y evidente peligro de reiteración, que hace necesaria su privación de libertad como único medio para cautelar la seguridad de la sociedad y, en especial, de las niñas y adolescentes de esta ciudad, por lo que se accederá a la petición del Ministerio Público decretando la prisión preventiva. Por lo tanto, la resolución establece: SE REVOCA la resolución apelada de fecha catorce de abril de dos mil veinticinco, que denegó decretar la medida cautelar de prisión preventiva al imputado F.A.B.G., por los delitos de captación y grabación de registros audiovisuales de partes íntimas, en carácter de reiterado y abuso sexual sin contacto corporal de menor de 14 años y en su lugar se decreta la referida medida cautelar. La decisión fue acordada con el voto en contra del ministro Opazo Lagos. Según la fiscalía, el imputado, de 45 años e inspector de un establecimiento educacional de Antofagasta, fue sorprendido el jueves 10 de abril grabando con su teléfono celular las partes íntimas de una adolescente en la vía pública. Finalmente, tras la pericia del dispositivo móvil del imputado, la policía encontrómúltiples grabaciones que el encartado tenía y que había realizado en la vía pública y en los colegios donde se desempeñaba como paradocente, lo que sumado a su declaración en donde derechamente reconoce su autoría, permite concluir que existen presunciones fundadas de participación del imputado en el delito reiterado del artículo 161 C del Código Penal, por el cual fue formalizado, indica la resolución del tribunal de alzada.
La defensa de la exconcejala Paz Fuica logró revertir la medida cautelar de prisión preventiva que pesaba en su contra. Esta decisión se tomó tras una apelación presentada por sus abogados, quienes argumentaron en contra de la detención en el marco de la investigación por presuntos delitos de fraude al fisco. Recordemos que el Ministerio Público imputa a Fuica como presunta autora de 10 delitos consumados de fraude al fisco. Estos ilícitos se habrían cometido durante el año 2022, en el contexto de los convenios suscritos entre el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) y las fundaciones Democracia Viva, Fibra y TomArte. Finalmente, la revocación de la prisión preventiva implica que Paz Fuica retornará a la medida cautelar de arresto domiciliario mientras continúa la investigación en su contra. Se espera que en las próximas horas se conozcan más detalles sobre los argumentos presentados por la defensa y la resolución del tribunal.
La Fiscalía de Análisis y Criminalidad Compleja formalizó cargos por femicidio contra un hombre de 39 años, de nacionalidad colombiana, por la muerte de la joven colombiana Angie Tatiana ocurrida el pasado 2 de abril en un domicilio de Antofagasta. El imputado, quien mantenía una relación sentimental con la víctima, fue detenido en Tacna, Perú, en un operativo coordinado entre la policía peruana, la Brigada de Homicidios de la PDI y el Equipo ECOH del Ministerio Público. Tras su captura, fue trasladado a Antofagasta, donde compareció ante el Juzgado de Garantía. Durante la audiencia de formalización, se detalló que el crimen se produjo cuando el imputado agredió a la víctima con golpes de puño y un arma blanca al interior de una habitación. Tras cometer el femicidio, el hombre huyó a Perú de manera irregular. La brutal agresión ocurrió en presencia de la hija de la víctima, una niña de un año y once meses, quien posteriormente fue encontrada deambulando en el sector. Finalmente, el Ministerio Público formalizó al detenido por el delito consumado de femicidio y solicitó la medida cautelar de prisión preventiva, la cual fue concedida por el tribunal por considerar que su libertad representa un peligro para la seguridad de la sociedad. El Fiscal Regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, resaltó la eficiencia del trabajo investigativo que permitió la rápida identificación y detención del presunto autor. Se fijó un plazo de investigación de 150 días para este caso.