La Contraloría Regional de Antofagasta ordenó al Hospital Regional reabrir un sumario administrativo contra el funcionario Roberto Sornoza García, luego de concluir que la sanción aplicada por el establecimiento asistencial no se ajustó a derecho. Mediante un oficio fechado el 28 de julio de 2026, el organismo de control representó la resolución que había determinado para el funcionario la suspensión de su empleo durante un mes, con derecho al 50% de sus remuneraciones. El procedimiento tiene su origen en una denuncia por la eventual presentación de documentos alterados y certificados de estudios no válidos durante procesos concursales para acceder a jefaturas de servicios clínicos del Hospital Regional de Antofagasta. Según establece el oficio, durante la investigación se acreditó que el funcionario presentó documentación adulterada en procesos para la asignación de las jefaturas médicas de la Unidad de Emergencia y del Servicio de Medicina Interna. Entre los antecedentes se mencionan artículos de investigación científica en los que no habría tenido participación y certificados de estudios superiores cuya autenticidad no pudo ser verificada. El punto central del pronunciamiento de Contraloría está relacionado con la sanción finalmente aplicada. Los antecedentes del sumario establecieron que la conducta habría vulnerado gravemente el principio de probidad administrativa. Sin embargo, posteriormente se consideraron las circunstancias particulares del caso, los antecedentes aportados por el funcionario y su conducta previa para estimar que la destitución resultaba desproporcionada, optándose por una sanción menor. Contraloría cuestionó esta decisión y sostuvo que la rebaja de la medida propuesta en el sumario no se ajustó a derecho. El organismo recordó que cuando la legislación establece una sanción específica para una infracción grave al principio de probidad administrativa, la autoridad encargada de ejercer la potestad disciplinaria debe aplicarla. En ese sentido, el organismo fiscalizador señala que, si se configura una vulneración grave al principio de probidad, corresponde aplicar la sanción de destitución y la jefatura no puede sustituirla por otra medida ni considerar circunstancias destinadas a disminuir la responsabilidad funcionaria. Por esta razón, Contraloría ordenó al Hospital Regional de Antofagasta reabrir el proceso sumarial y resolverlo conforme a la jurisprudencia administrativa citada en el oficio. Una vez concluido nuevamente el procedimiento, el establecimiento deberá remitir el acto administrativo a Contraloría para su respectivo control de legalidad. El organismo estableció un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del oficio, para cumplir con lo instruido. De esta manera, el pronunciamiento no dispone directamente la destitución del funcionario, sino que deja sin curso la sanción aplicada y obliga al Hospital a reabrir el sumario y adoptar una nueva resolución conforme al criterio jurídico establecido por Contraloría.
La Contraloría Regional de Antofagasta ordenó al Hospital Regional reabrir un sumario administrativo contra el funcionario Roberto Sornoza García, luego de concluir que la sanción aplicada por el establecimiento asistencial no se ajustó a derecho. Mediante un oficio fechado el 28 de julio de 2026, el organismo de control representó la resolución que había determinado para el funcionario la suspensión de su empleo durante un mes, con derecho al 50% de sus remuneraciones. El procedimiento tiene su origen en una denuncia por la eventual presentación de documentos alterados y certificados de estudios no válidos durante procesos concursales para acceder a jefaturas de servicios clínicos del Hospital Regional de Antofagasta. Según establece el oficio, durante la investigación se acreditó que el funcionario presentó documentación adulterada en procesos para la asignación de las jefaturas médicas de la Unidad de Emergencia y del Servicio de Medicina Interna. Entre los antecedentes se mencionan artículos de investigación científica en los que no habría tenido participación y certificados de estudios superiores cuya autenticidad no pudo ser verificada. El punto central del pronunciamiento de Contraloría está relacionado con la sanción finalmente aplicada. Los antecedentes del sumario establecieron que la conducta habría vulnerado gravemente el principio de probidad administrativa. Sin embargo, posteriormente se consideraron las circunstancias particulares del caso, los antecedentes aportados por el funcionario y su conducta previa para estimar que la destitución resultaba desproporcionada, optándose por una sanción menor. Contraloría cuestionó esta decisión y sostuvo que la rebaja de la medida propuesta en el sumario no se ajustó a derecho. El organismo recordó que cuando la legislación establece una sanción específica para una infracción grave al principio de probidad administrativa, la autoridad encargada de ejercer la potestad disciplinaria debe aplicarla. En ese sentido, el organismo fiscalizador señala que, si se configura una vulneración grave al principio de probidad, corresponde aplicar la sanción de destitución y la jefatura no puede sustituirla por otra medida ni considerar circunstancias destinadas a disminuir la responsabilidad funcionaria. Por esta razón, Contraloría ordenó al Hospital Regional de Antofagasta reabrir el proceso sumarial y resolverlo conforme a la jurisprudencia administrativa citada en el oficio. Una vez concluido nuevamente el procedimiento, el establecimiento deberá remitir el acto administrativo a Contraloría para su respectivo control de legalidad. El organismo estableció un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del oficio, para cumplir con lo instruido. De esta manera, el pronunciamiento no dispone directamente la destitución del funcionario, sino que deja sin curso la sanción aplicada y obliga al Hospital a reabrir el sumario y adoptar una nueva resolución conforme al criterio jurídico establecido por Contraloría.