Un plazo clave enfrenta la Seremi de Salud de Antofagasta, luego de que la Corte de Apelaciones —fallo ratificado por la Corte Suprema— ordenara a la autoridad sanitaria adoptar todas las medidas necesarias para emitir la Resolución Sanitaria de Funcionamiento de la planta Ecodesierto, dedicada a la valorización de neumáticos fuera de uso (NFU). El límite máximo fijado por el tribunal vence el próximo 2 de febrero, es decir, dentro de seis días. El fallo judicial estableció que la Seremi incurrió en una omisión ilegal y arbitraria al dilatar injustificadamente la tramitación del permiso, vulnerando principios de celeridad y eficiencia administrativa, además de obstaculizar el ejercicio de una actividad económica lícita. La planta Ecodesierto forma parte de un sector estratégico para el cumplimiento de la Ley REP, que obliga a productores e importadores a reciclar neumáticos, normativa vigente desde enero de 2023. El gerente general de Ecodesierto, Pablo Cabezas, señaló que la principal contradicción del sistema es que el Estado exige cumplir metas de reciclaje, pero al mismo tiempo impone trabas administrativas que dificultan la puesta en marcha de nuevas plantas. Aseguró que su empresa cumplió con todos los requisitos, pero enfrentó retrasos, rechazos parciales y demoras prolongadas en las respuestas de la autoridad sanitaria, lo que finalmente derivó en la judicialización del caso. Cabezas detalló que el proceso se inició en enero de 2024 y que, tras más de un año de tramitación, aún no se otorgaba la autorización final, pese a que la planta considera un proceso mecánico de trituración sin uso de agua y con equipamiento eléctrico, orientado a fomentar la economía circular. Desde el sector de consultoría ambiental, Alejandro Navech, socio de BHR Consultores, advirtió que este caso envía una señal negativa para nuevas inversiones en reciclaje. A su juicio, la lentitud y falta de plazos claros en los permisos sanitarios genera incertidumbre y desincentiva el desarrollo de infraestructura clave para cumplir los objetivos ambientales del país. Por su parte, la Seremi de Salud defendió su actuar, señalando que no está facultada para autorizar instalaciones que no cumplan con los requisitos legales. Sin embargo, tras la notificación del fallo, la autoridad confirmó que solicitó nuevos antecedentes técnicos a la empresa, los que ya fueron entregados por Ecodesierto. Ahora, el foco está puesto en el cumplimiento del mandato judicial. El caso se ha transformado en un precedente relevante para el sector del reciclaje y la gestión de residuos, abriendo el debate sobre la eficiencia de la permisología y el rol del Estado en facilitar —o frenar— proyectos ligados a la transición hacia una economía circular.
Un plazo clave enfrenta la Seremi de Salud de Antofagasta, luego de que la Corte de Apelaciones —fallo ratificado por la Corte Suprema— ordenara a la autoridad sanitaria adoptar todas las medidas necesarias para emitir la Resolución Sanitaria de Funcionamiento de la planta Ecodesierto, dedicada a la valorización de neumáticos fuera de uso (NFU). El límite máximo fijado por el tribunal vence el próximo 2 de febrero, es decir, dentro de seis días. El fallo judicial estableció que la Seremi incurrió en una omisión ilegal y arbitraria al dilatar injustificadamente la tramitación del permiso, vulnerando principios de celeridad y eficiencia administrativa, además de obstaculizar el ejercicio de una actividad económica lícita. La planta Ecodesierto forma parte de un sector estratégico para el cumplimiento de la Ley REP, que obliga a productores e importadores a reciclar neumáticos, normativa vigente desde enero de 2023. El gerente general de Ecodesierto, Pablo Cabezas, señaló que la principal contradicción del sistema es que el Estado exige cumplir metas de reciclaje, pero al mismo tiempo impone trabas administrativas que dificultan la puesta en marcha de nuevas plantas. Aseguró que su empresa cumplió con todos los requisitos, pero enfrentó retrasos, rechazos parciales y demoras prolongadas en las respuestas de la autoridad sanitaria, lo que finalmente derivó en la judicialización del caso. Cabezas detalló que el proceso se inició en enero de 2024 y que, tras más de un año de tramitación, aún no se otorgaba la autorización final, pese a que la planta considera un proceso mecánico de trituración sin uso de agua y con equipamiento eléctrico, orientado a fomentar la economía circular. Desde el sector de consultoría ambiental, Alejandro Navech, socio de BHR Consultores, advirtió que este caso envía una señal negativa para nuevas inversiones en reciclaje. A su juicio, la lentitud y falta de plazos claros en los permisos sanitarios genera incertidumbre y desincentiva el desarrollo de infraestructura clave para cumplir los objetivos ambientales del país. Por su parte, la Seremi de Salud defendió su actuar, señalando que no está facultada para autorizar instalaciones que no cumplan con los requisitos legales. Sin embargo, tras la notificación del fallo, la autoridad confirmó que solicitó nuevos antecedentes técnicos a la empresa, los que ya fueron entregados por Ecodesierto. Ahora, el foco está puesto en el cumplimiento del mandato judicial. El caso se ha transformado en un precedente relevante para el sector del reciclaje y la gestión de residuos, abriendo el debate sobre la eficiencia de la permisología y el rol del Estado en facilitar —o frenar— proyectos ligados a la transición hacia una economía circular.