Este jueves, el Primer Juzgado Civil de Antofagasta condenó al fisco al pago de una indemnización de $30.000.000 por concepto de daño moral, a joven estudiante que fue detenido por Carabineros que, por alcance de nombre y apellidos, lo confunde con sujeto que mantenía una orden de detención por el delito de lesiones en contexto de violencia intrafamiliar, cometido en la ciudad de Cañete. La detención ocurrió en 2020, cuando personal policial detuvo al joven que cursaba la carrera de gastronomía frente a sus compañeros y en cercanías de su casa de estudios. El estudiante fue trasladado a un recinto policial, quedando a la espera del control de detención en el calabozo, donde se mantuvo por tres días privado de libertad. En este escenario, el Fisco deberá pagar al joven $30.000.000 como indemnización por daño moral. El fallo En el fallo, el magistrado Arturo Iribarren Pérez, señaló que: Se debe expresar que la negligencia en la que incurrieron funcionarios públicos se tradujo en la incorrecta verificación de la identidad de la persona sindicada por la víctima como autor del delito de lesiones cometido en contexto de violencia intrafamiliar, lo anterior debido al grosero descuido cometido por aquellos, al no hacer uso del sistema de identificación de personas con los que cuentan en su carácter de policías especializadas. Además, la resolución agrega que: Que, a modo ejemplar, en un simple ejercicio efectuado por este magistrado, en un buscador común de libre acceso al público, se pudo obtener como resultado que el nombre (…), tiene asociadas a 18 personas, con igual primer nombre y apellidos, por lo que resulta difícil creer que personal policial con tanto descuido y sin desplegar acciones complementarias para averiguar de manera objetiva la identidad de un sujeto, al parecer al azar, individualizaran a cualquiera de ellos, generando con ello que un ciudadano de esta República, sin antecedentes policiales ni delincuenciales, mientras se encontraba en cercanías de su casa de estudios, donde cursaba la carrera de gastronomía, fuera detenido frente a sus compañeros y trasladado a un recinto policial donde quedó a la espera de su control de detención, en un calabozo de dicho lugar y permanecer, en definitiva, privado de libertad durante tres días y fracción Todo lo cual, evidentemente se enmarca en una manifiesta falta de servicio por parte de funcionarios públicos que forman parte de un órgano de seguridad nacional, principalmente por haber prestado un servicio deficiente, en los deberes y obligaciones que le impone el ordenamiento jurídico en ejercicio de sus facultades autónomas, establece la resolución.
Este jueves, el Primer Juzgado Civil de Antofagasta condenó al fisco al pago de una indemnización de $30.000.000 por concepto de daño moral, a joven estudiante que fue detenido por Carabineros que, por alcance de nombre y apellidos, lo confunde con sujeto que mantenía una orden de detención por el delito de lesiones en contexto de violencia intrafamiliar, cometido en la ciudad de Cañete. La detención ocurrió en 2020, cuando personal policial detuvo al joven que cursaba la carrera de gastronomía frente a sus compañeros y en cercanías de su casa de estudios. El estudiante fue trasladado a un recinto policial, quedando a la espera del control de detención en el calabozo, donde se mantuvo por tres días privado de libertad. En este escenario, el Fisco deberá pagar al joven $30.000.000 como indemnización por daño moral. El fallo En el fallo, el magistrado Arturo Iribarren Pérez, señaló que: Se debe expresar que la negligencia en la que incurrieron funcionarios públicos se tradujo en la incorrecta verificación de la identidad de la persona sindicada por la víctima como autor del delito de lesiones cometido en contexto de violencia intrafamiliar, lo anterior debido al grosero descuido cometido por aquellos, al no hacer uso del sistema de identificación de personas con los que cuentan en su carácter de policías especializadas. Además, la resolución agrega que: Que, a modo ejemplar, en un simple ejercicio efectuado por este magistrado, en un buscador común de libre acceso al público, se pudo obtener como resultado que el nombre (…), tiene asociadas a 18 personas, con igual primer nombre y apellidos, por lo que resulta difícil creer que personal policial con tanto descuido y sin desplegar acciones complementarias para averiguar de manera objetiva la identidad de un sujeto, al parecer al azar, individualizaran a cualquiera de ellos, generando con ello que un ciudadano de esta República, sin antecedentes policiales ni delincuenciales, mientras se encontraba en cercanías de su casa de estudios, donde cursaba la carrera de gastronomía, fuera detenido frente a sus compañeros y trasladado a un recinto policial donde quedó a la espera de su control de detención, en un calabozo de dicho lugar y permanecer, en definitiva, privado de libertad durante tres días y fracción Todo lo cual, evidentemente se enmarca en una manifiesta falta de servicio por parte de funcionarios públicos que forman parte de un órgano de seguridad nacional, principalmente por haber prestado un servicio deficiente, en los deberes y obligaciones que le impone el ordenamiento jurídico en ejercicio de sus facultades autónomas, establece la resolución.