La Dirección Regional del Trabajo aplicó tres multas en la región de Antofagasta a empresas que no respetaron el feriado obligatorio e irrenunciable del 1 de mayo para los trabajadores del comercio. Las sanciones económicas impuestas a los empleadores infractores superan el millón de pesos. Ante esto, durante las fiscalizaciones realizadas por el organismo, se constató que tres trabajadores debieron ser suspendidos de sus labores al no corresponderles trabajar en el día feriado, teniendo que abandonar sus puestos de trabajo de forma inmediata. Asimismo, la seremi del Trabajo y Previsión Social, Camila Cortés, valoró el alto nivel de cumplimiento de la normativa por parte de la mayoría de los empleadores de la región en comparación con el año anterior.Esto nos insta a seguir fortaleciendo los planes de fiscalización para garantizar los derechos laborales de las y los trabajadores de la región, señaló. Por su parte, la directora regional del Trabajo, Margarita López, detalló que se llevaron a cabo 12 fiscalizaciones y recorridos aleatorios en los polos comerciales de la región. El objetivo de estas inspecciones fue verificar el respeto al descanso en este feriado, el derecho al descanso alternado cada dos años para quienes sí deben trabajar en estos festivos, y el cierre del comercio a las 21 horas del 30 de abril. Tuvimos un despliegue inspectivo a nivel regional que tuvo como objetivo proteger adecuadamente los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras del comercio y que se respete el descanso en este feriado obligatorio e irrenunciable, enfatizó López. Las cifras de este año reflejan una disminución en las infracciones en comparación con el 1 de mayo de 2024, cuando se suspendieron a 19 trabajadores y se aplicaron 9 multas en la Región de Antofagasta. Finalmente, la Dirección del Trabajo recordó que durante la jornada del 1 de mayo estuvieron operativos los canales de denuncia a través de su sitio web www.dt.gob.cl y el Centro de Atención Telefónica institucional 600 450 4000.
A propósito del feriado de Viernes Santo, el 18 de abril, y los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras del retail, la Dirección del Trabajo emitió un pronunciamiento oficial. Este pronunciamiento responde a consultas realizadas por diversos actores sindicales y Honorables Diputados, quienes solicitaron aclaraciones sobre el alcance de la legislación laboral en relación con esta fecha. Ante esto, el organismo precisó que su función principal es establecer el sentido y alcance de la legislación laboral, a través de pronunciamientos jurídicos que interpretan el Código del Trabajo y otras normativas relevantes. En esta ocasión, la Dirección del Trabajo revisó la práctica histórica de cierre de tiendas durante el Viernes Santo y cómo esta práctica, mantenida en el tiempo, ha llegado a ser parte implícita del contrato de trabajo para los empleados del sector retail. Asimismo, la Dirección del Trabajo enfatizó que su rol fiscalizador se mantendrá activo, garantizando que las empresas cumplan con las normativas laborales vigentes. La entidad indicó que realizará inspecciones y aplicará sanciones en caso de detectar incumplimientos en situaciones donde las cláusulas implícitas en los contratos de trabajo no sean respetadas, evaluando cada caso individualmente. Un extracto del detalle del análisis y pronunciamiento de la Dirección del Trabajo se detalla a continuación: 1. El no haberse abierto durante años anteriores las tiendas de comercio al público durante la festividad religiosa correspondiente a Viernes Santo, indefectiblemente conlleva a razonar que, durante esa fecha, el empleador ha convenido tácitamente con tales trabajadores que el feriado se exprese como uno de descanso de forma absoluta, ya sea para fines de reflexión religiosa, espiritual u otra, sin que por ello se afecten sus remuneraciones, acuerdo que, por las razones contenidas en el presente informe, forma parte del contrato vigente con aquellos trabajadores y, en consecuencia, obliga a las partes a su íntegro cumplimiento. Revisa el detalle completo en www.dt.gob.cl en la opción Dictámenes y Normativa ORD.Nº206.
Fue durante la jornada de este lunes, que se dio a conocer una nueva situación dentro del bullado caso del delantero Ignacio Jeraldino con su actual club Audax Italiano, tras ser excluido del plantel luego de su fallido traspaso a Banfield de la liga argentina. Cabe recordar que fue el mismo atacante quien reconoció que “tenía que renunciar al 50% del préstamo y en una futura venta regalarle el 40% de mi pase al presidente. Ahí tomé la decisión de no aceptar eso”. Me sentí discriminado por todo lo que ha hecho Audax. Lo mental te daña y más cuando está tu familia atrás tuyo. Me bajaron del bus de la pretemporada”, aseguró, cargando contra el dueño del club, Gonzalo Cilley. El ariete de 29 años, que actualmente entrena con los juveniles, acusó un trato animal por parte del Tano, e hizo la denuncia correspondiente con el Sifup. Según trascendió, la Dirección del Trabajo (DT) notificó a Audax Italiano que se le aplicará la Ley Karin por el conflicto que mantiene con Jeraldino. Recordar que este mandato tiene relación con la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo. Con todo, la primera medida de la DT al club de colonia es que le otorgue asistencia psicológica al delantero, tal como lo dice la citada ley en su artículo 1 y 2, y que está vigente desde el mes de agosto de 2024. Finalmente, se conoció que el elenco itálico tendría acuerdo con Unión Española para dejarlo partir, aunque no hay confirmación aún.
La Dirección Regional del Trabajo aplicó tres multas en la región de Antofagasta a empresas que no respetaron el feriado obligatorio e irrenunciable del 1 de mayo para los trabajadores del comercio. Las sanciones económicas impuestas a los empleadores infractores superan el millón de pesos. Ante esto, durante las fiscalizaciones realizadas por el organismo, se constató que tres trabajadores debieron ser suspendidos de sus labores al no corresponderles trabajar en el día feriado, teniendo que abandonar sus puestos de trabajo de forma inmediata. Asimismo, la seremi del Trabajo y Previsión Social, Camila Cortés, valoró el alto nivel de cumplimiento de la normativa por parte de la mayoría de los empleadores de la región en comparación con el año anterior.Esto nos insta a seguir fortaleciendo los planes de fiscalización para garantizar los derechos laborales de las y los trabajadores de la región, señaló. Por su parte, la directora regional del Trabajo, Margarita López, detalló que se llevaron a cabo 12 fiscalizaciones y recorridos aleatorios en los polos comerciales de la región. El objetivo de estas inspecciones fue verificar el respeto al descanso en este feriado, el derecho al descanso alternado cada dos años para quienes sí deben trabajar en estos festivos, y el cierre del comercio a las 21 horas del 30 de abril. Tuvimos un despliegue inspectivo a nivel regional que tuvo como objetivo proteger adecuadamente los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras del comercio y que se respete el descanso en este feriado obligatorio e irrenunciable, enfatizó López. Las cifras de este año reflejan una disminución en las infracciones en comparación con el 1 de mayo de 2024, cuando se suspendieron a 19 trabajadores y se aplicaron 9 multas en la Región de Antofagasta. Finalmente, la Dirección del Trabajo recordó que durante la jornada del 1 de mayo estuvieron operativos los canales de denuncia a través de su sitio web www.dt.gob.cl y el Centro de Atención Telefónica institucional 600 450 4000.
A propósito del feriado de Viernes Santo, el 18 de abril, y los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras del retail, la Dirección del Trabajo emitió un pronunciamiento oficial. Este pronunciamiento responde a consultas realizadas por diversos actores sindicales y Honorables Diputados, quienes solicitaron aclaraciones sobre el alcance de la legislación laboral en relación con esta fecha. Ante esto, el organismo precisó que su función principal es establecer el sentido y alcance de la legislación laboral, a través de pronunciamientos jurídicos que interpretan el Código del Trabajo y otras normativas relevantes. En esta ocasión, la Dirección del Trabajo revisó la práctica histórica de cierre de tiendas durante el Viernes Santo y cómo esta práctica, mantenida en el tiempo, ha llegado a ser parte implícita del contrato de trabajo para los empleados del sector retail. Asimismo, la Dirección del Trabajo enfatizó que su rol fiscalizador se mantendrá activo, garantizando que las empresas cumplan con las normativas laborales vigentes. La entidad indicó que realizará inspecciones y aplicará sanciones en caso de detectar incumplimientos en situaciones donde las cláusulas implícitas en los contratos de trabajo no sean respetadas, evaluando cada caso individualmente. Un extracto del detalle del análisis y pronunciamiento de la Dirección del Trabajo se detalla a continuación: 1. El no haberse abierto durante años anteriores las tiendas de comercio al público durante la festividad religiosa correspondiente a Viernes Santo, indefectiblemente conlleva a razonar que, durante esa fecha, el empleador ha convenido tácitamente con tales trabajadores que el feriado se exprese como uno de descanso de forma absoluta, ya sea para fines de reflexión religiosa, espiritual u otra, sin que por ello se afecten sus remuneraciones, acuerdo que, por las razones contenidas en el presente informe, forma parte del contrato vigente con aquellos trabajadores y, en consecuencia, obliga a las partes a su íntegro cumplimiento. Revisa el detalle completo en www.dt.gob.cl en la opción Dictámenes y Normativa ORD.Nº206.
Fue durante la jornada de este lunes, que se dio a conocer una nueva situación dentro del bullado caso del delantero Ignacio Jeraldino con su actual club Audax Italiano, tras ser excluido del plantel luego de su fallido traspaso a Banfield de la liga argentina. Cabe recordar que fue el mismo atacante quien reconoció que “tenía que renunciar al 50% del préstamo y en una futura venta regalarle el 40% de mi pase al presidente. Ahí tomé la decisión de no aceptar eso”. Me sentí discriminado por todo lo que ha hecho Audax. Lo mental te daña y más cuando está tu familia atrás tuyo. Me bajaron del bus de la pretemporada”, aseguró, cargando contra el dueño del club, Gonzalo Cilley. El ariete de 29 años, que actualmente entrena con los juveniles, acusó un trato animal por parte del Tano, e hizo la denuncia correspondiente con el Sifup. Según trascendió, la Dirección del Trabajo (DT) notificó a Audax Italiano que se le aplicará la Ley Karin por el conflicto que mantiene con Jeraldino. Recordar que este mandato tiene relación con la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo. Con todo, la primera medida de la DT al club de colonia es que le otorgue asistencia psicológica al delantero, tal como lo dice la citada ley en su artículo 1 y 2, y que está vigente desde el mes de agosto de 2024. Finalmente, se conoció que el elenco itálico tendría acuerdo con Unión Española para dejarlo partir, aunque no hay confirmación aún.