La Corte Suprema rechazó el 14 de abril pasado el recurso de casación presentado por Inversiones Hidrominerals SpA, impugnando el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en el cual dio la razón a la Dirección General de Aguas del MOP por denegar un derecho de aprovechamiento de aguas superficiales desde una laguna sin nombre, ubicada a 120 metros de la quebrada La Negra, sector Roca Roja, en la comuna de Antofagasta, ya que éstas corresponden a aguas subterráneas. El director regional de Aguas, Arturo Beltrán, indicó que el solicitante recurrió a la Corte de Apelaciones de Antofagasta presentando un reclamo de ilegalidad contra la medida; sin embargo, dicha Corte respaldó el informe de la DGA en cuanto al origen subterráneo del agua acumulada, razón por la cual no correspondía autorizar el derecho en la forma solicitada, dictando sentencia a favor nuestro el 14 de octubre de 2024. Sin embargo, la empresa buscó revertir el pronunciamiento de la Corte de Apelaciones de Antofagasta y el 30 de octubre de ese mismo año, presentó un recurso de casación ante la Corte Suprema, el cual fue rechazado por este tribunal superior, respaldando el veredicto de la Corte de Apelaciones y, por ende, la decisión técnica de la DGA. El fallo emitido por la Tercera Sala de la Corte Suprema indicó que habiéndose establecido que la empresa pretende obtener aguas subterráneas sin contar con el debido derecho de aprovechamiento para ello, la Corte de Apelaciones de Antofagasta no incurrió en error jurídico al desechar la reclamación presentada. El seremi de Obras Públicas, Pedro Barrios, destacó que la sentencia de la Corte Suprema, viene a respaldar el correcto uso de las aguas para avanzar en seguridad hídrica. No se trata de impedir el desarrollo de una empresa, sino que de hacer cumplir la normativa que regula el uso de las aguas y cuidar un recurso que es tan escaso en nuestra zona, puntualizó. Cabe señalar que el punto de captación del derecho denegado a Hidrominerals SpA, corresponde al mismo lugar donde se ubica una excavación que alumbró aguas subterráneas y que anteriormente fue objeto de fiscalización por la DGA. En dicha ocasión, se aplicó una multa de 274,6 UTM (16 millones 853 mil 274 pesos de la época) a un particular por extracción no autorizada de aguas desde la citada excavación, las que eran acopiadas y comercializadas a terceros en el sector La Negra. Además, se ordenó retirar las obras que conducían las aguas y cegar la poza.
La candidata presidencial de Chile Vamos calificó la situación como vergonzosa e indignante. Este lunes, la Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado por Manuel Monsalve -quien se encontraba en prisión preventiva tras ser acusado por delitos de índole sexual- y reemplazó la cautelar de prisión preventiva por arresto domiciliario total, prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima y arraigo nacional. El exsubsecretario del Interior se encontraba cumpliendo la máxima medida cautelar desde hace cerca de seis meses en el Anexo Penitenciario Capitán Yáber, tras ser denunciado por una subalterna de la Subsecretaría del Interior. Una de las primeras personas que reaccionó fue la abanderada presidencial de Chile Vamos, Evelyn Matthei. Lo único que hicieron costumbre fue la impunidad. Vergonzoso e indignante, escribió en sus redes sociales. La frase, en referencia al slogan del gobierno: “Hasta que la dignidad se haga costumbre”. De todos modos, cabe recalcar que la decisión de acoger el amparo fue tomada por la Corte Suprema, el máximo tribunal judicial del país. Enlace a tweet original Fuente: CNN Chile País
La Corte Suprema ha fallado a favor de Manuel Monsalve, exsubsecretario del Interior, al acoger el recurso de amparo presentado por su defensa. Esta resolución revoca la prisión preventiva que mantenía al exfuncionario recluido en el anexo Cárcel Capitán Yáber, decretando en su lugar la medida de arresto domiciliario total. Ante esto, el fallo del máximo tribunal establece además la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima y el arraigo nacional para Monsalve. Esta decisión se contrapone al rechazo previo de la Corte de Apelaciones, ante la cual también se presentaron los argumentos de la defensa. Asimismo, durante la audiencia en la Segunda Sala de la Corte Suprema, tanto el Ministerio Público como los querellantes mantuvieron su postura en línea con lo expuesto anteriormente. En contraste, el abogado defensor de Monsalve, Victor Providel, reiteró la desproporcionalidad de la prisión preventiva como medida cautelar. Esta resolución de la Suprema se considera crucial, especialmente considerando que la investigación del caso tiene como fecha de cierre el próximo 15 de junio. La decisión define si Monsalve enfrentará esa etapa en libertad o bajo reclusión. Finalmente, a pesar de esta resolución, la abogada querellante María Elena Santibáñez señaló que aún existen diligencias pendientes en la investigación, mencionando la falta de información sobre el uso de la cámara y el informe de las pericias de daños.
La tarde de este lunes, el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago realizó una audiencia de revisión de cautelares de Cathy Barriga, donde se determinó revocar la prisión preventiva contra la exalcaldesa de Maipú, decretando arresto domiciliario total. Cabe recordar que la exjefa comunal está siendo investigada por presunto fraude al fisco, además de falsificación y uso malicioso de instrumentos públicos, por lo que hasta ahora cumplía prisión preventiva en el Centro Penitenciario Femenino de San Miguel desde el pasado 26 de diciembre, la cual fue ratificada días después por la Corte Suprema tras rechazar un recurso de amparo. El abogado defensor, Cristóbal Bonacic, enfatizó que Cathy Barriga nunca debió haber estado en prisión preventiva, porque ella cumplió de forma satisfactoria una medida cautelar tan intensa como el arresto domiciliario total. Ninguna persona que haya cuidado al hijo de mi representada fue financiado con recursos municipales. Todos fueron pagados desde la cuenta corriente y con los recursos de Cathy Barriga, sin perjuicio de que algunas personas después de que dejaron de cumplir su rol de cuidadoras fueron contratadas por la municipalidad para cumplir labores diferentes, eso se pretende confundir de que hubo doble pago, apuntó el jurista. Con todo, la otrora edil enfrentará una nueva formalización programada para el martes 15 de abril de 2025, en la que se le imputarán dos delitos de malversación de caudales públicos y uno de negociación incompatible.
La Corte Suprema de Chile ha rechazado un recurso de casación presentado por la defensa de un conductor y la dueña de un vehículo, quienes fueron condenados a indemnizar con $30.000.000 a un peatón que fue atropellado en la comuna de Antofagasta en abril de 2022. El fallo, unánime y dictado por la Primera Sala del máximo tribunal, ratificó la sentencia de un tribunal inferior que había acogido la demanda por responsabilidad extracontractual presentada por la víctima. Ante esto, el accidente ocurrió cuando el transeúnte fue arrollado mientras cruzaba un paso peatonal. A raíz de este hecho, la Corte Suprema ordenó que tanto el conductor como la dueña del vehículo debían pagar solidariamente la suma acordada por concepto de daño moral. La decisión subraya la aplicación de las normativas del Código Civil y la Ley de Tránsito, que responsabilizan de manera solidaria a los conductores, propietarios y tenedores de vehículos por los perjuicios causados. Finalmente, el recurso de casación fue desestimado debido a la falta de fundamentos jurídicos sólidos, como destacó la Corte, que remarcó que los jueces del fondo son los únicos encargados de fijar los hechos y que no se había vulnerado la legislación aplicable en el caso. De este modo, el fallo reafirma la vigencia de la acción para demandar indemnización por daños derivados de responsabilidad extracontractual.
La Corte Suprema rechazó el 14 de abril pasado el recurso de casación presentado por Inversiones Hidrominerals SpA, impugnando el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en el cual dio la razón a la Dirección General de Aguas del MOP por denegar un derecho de aprovechamiento de aguas superficiales desde una laguna sin nombre, ubicada a 120 metros de la quebrada La Negra, sector Roca Roja, en la comuna de Antofagasta, ya que éstas corresponden a aguas subterráneas. El director regional de Aguas, Arturo Beltrán, indicó que el solicitante recurrió a la Corte de Apelaciones de Antofagasta presentando un reclamo de ilegalidad contra la medida; sin embargo, dicha Corte respaldó el informe de la DGA en cuanto al origen subterráneo del agua acumulada, razón por la cual no correspondía autorizar el derecho en la forma solicitada, dictando sentencia a favor nuestro el 14 de octubre de 2024. Sin embargo, la empresa buscó revertir el pronunciamiento de la Corte de Apelaciones de Antofagasta y el 30 de octubre de ese mismo año, presentó un recurso de casación ante la Corte Suprema, el cual fue rechazado por este tribunal superior, respaldando el veredicto de la Corte de Apelaciones y, por ende, la decisión técnica de la DGA. El fallo emitido por la Tercera Sala de la Corte Suprema indicó que habiéndose establecido que la empresa pretende obtener aguas subterráneas sin contar con el debido derecho de aprovechamiento para ello, la Corte de Apelaciones de Antofagasta no incurrió en error jurídico al desechar la reclamación presentada. El seremi de Obras Públicas, Pedro Barrios, destacó que la sentencia de la Corte Suprema, viene a respaldar el correcto uso de las aguas para avanzar en seguridad hídrica. No se trata de impedir el desarrollo de una empresa, sino que de hacer cumplir la normativa que regula el uso de las aguas y cuidar un recurso que es tan escaso en nuestra zona, puntualizó. Cabe señalar que el punto de captación del derecho denegado a Hidrominerals SpA, corresponde al mismo lugar donde se ubica una excavación que alumbró aguas subterráneas y que anteriormente fue objeto de fiscalización por la DGA. En dicha ocasión, se aplicó una multa de 274,6 UTM (16 millones 853 mil 274 pesos de la época) a un particular por extracción no autorizada de aguas desde la citada excavación, las que eran acopiadas y comercializadas a terceros en el sector La Negra. Además, se ordenó retirar las obras que conducían las aguas y cegar la poza.
La candidata presidencial de Chile Vamos calificó la situación como vergonzosa e indignante. Este lunes, la Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado por Manuel Monsalve -quien se encontraba en prisión preventiva tras ser acusado por delitos de índole sexual- y reemplazó la cautelar de prisión preventiva por arresto domiciliario total, prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima y arraigo nacional. El exsubsecretario del Interior se encontraba cumpliendo la máxima medida cautelar desde hace cerca de seis meses en el Anexo Penitenciario Capitán Yáber, tras ser denunciado por una subalterna de la Subsecretaría del Interior. Una de las primeras personas que reaccionó fue la abanderada presidencial de Chile Vamos, Evelyn Matthei. Lo único que hicieron costumbre fue la impunidad. Vergonzoso e indignante, escribió en sus redes sociales. La frase, en referencia al slogan del gobierno: “Hasta que la dignidad se haga costumbre”. De todos modos, cabe recalcar que la decisión de acoger el amparo fue tomada por la Corte Suprema, el máximo tribunal judicial del país. Enlace a tweet original Fuente: CNN Chile País
La Corte Suprema ha fallado a favor de Manuel Monsalve, exsubsecretario del Interior, al acoger el recurso de amparo presentado por su defensa. Esta resolución revoca la prisión preventiva que mantenía al exfuncionario recluido en el anexo Cárcel Capitán Yáber, decretando en su lugar la medida de arresto domiciliario total. Ante esto, el fallo del máximo tribunal establece además la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima y el arraigo nacional para Monsalve. Esta decisión se contrapone al rechazo previo de la Corte de Apelaciones, ante la cual también se presentaron los argumentos de la defensa. Asimismo, durante la audiencia en la Segunda Sala de la Corte Suprema, tanto el Ministerio Público como los querellantes mantuvieron su postura en línea con lo expuesto anteriormente. En contraste, el abogado defensor de Monsalve, Victor Providel, reiteró la desproporcionalidad de la prisión preventiva como medida cautelar. Esta resolución de la Suprema se considera crucial, especialmente considerando que la investigación del caso tiene como fecha de cierre el próximo 15 de junio. La decisión define si Monsalve enfrentará esa etapa en libertad o bajo reclusión. Finalmente, a pesar de esta resolución, la abogada querellante María Elena Santibáñez señaló que aún existen diligencias pendientes en la investigación, mencionando la falta de información sobre el uso de la cámara y el informe de las pericias de daños.
La tarde de este lunes, el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago realizó una audiencia de revisión de cautelares de Cathy Barriga, donde se determinó revocar la prisión preventiva contra la exalcaldesa de Maipú, decretando arresto domiciliario total. Cabe recordar que la exjefa comunal está siendo investigada por presunto fraude al fisco, además de falsificación y uso malicioso de instrumentos públicos, por lo que hasta ahora cumplía prisión preventiva en el Centro Penitenciario Femenino de San Miguel desde el pasado 26 de diciembre, la cual fue ratificada días después por la Corte Suprema tras rechazar un recurso de amparo. El abogado defensor, Cristóbal Bonacic, enfatizó que Cathy Barriga nunca debió haber estado en prisión preventiva, porque ella cumplió de forma satisfactoria una medida cautelar tan intensa como el arresto domiciliario total. Ninguna persona que haya cuidado al hijo de mi representada fue financiado con recursos municipales. Todos fueron pagados desde la cuenta corriente y con los recursos de Cathy Barriga, sin perjuicio de que algunas personas después de que dejaron de cumplir su rol de cuidadoras fueron contratadas por la municipalidad para cumplir labores diferentes, eso se pretende confundir de que hubo doble pago, apuntó el jurista. Con todo, la otrora edil enfrentará una nueva formalización programada para el martes 15 de abril de 2025, en la que se le imputarán dos delitos de malversación de caudales públicos y uno de negociación incompatible.
La Corte Suprema de Chile ha rechazado un recurso de casación presentado por la defensa de un conductor y la dueña de un vehículo, quienes fueron condenados a indemnizar con $30.000.000 a un peatón que fue atropellado en la comuna de Antofagasta en abril de 2022. El fallo, unánime y dictado por la Primera Sala del máximo tribunal, ratificó la sentencia de un tribunal inferior que había acogido la demanda por responsabilidad extracontractual presentada por la víctima. Ante esto, el accidente ocurrió cuando el transeúnte fue arrollado mientras cruzaba un paso peatonal. A raíz de este hecho, la Corte Suprema ordenó que tanto el conductor como la dueña del vehículo debían pagar solidariamente la suma acordada por concepto de daño moral. La decisión subraya la aplicación de las normativas del Código Civil y la Ley de Tránsito, que responsabilizan de manera solidaria a los conductores, propietarios y tenedores de vehículos por los perjuicios causados. Finalmente, el recurso de casación fue desestimado debido a la falta de fundamentos jurídicos sólidos, como destacó la Corte, que remarcó que los jueces del fondo son los únicos encargados de fijar los hechos y que no se había vulnerado la legislación aplicable en el caso. De este modo, el fallo reafirma la vigencia de la acción para demandar indemnización por daños derivados de responsabilidad extracontractual.