La Contraloría General de la República entregó una resolución que establece que actualmente las municipalidades no cuentan con facultades legales para dictar ordenanzas que fijen horarios de funcionamiento a barberías y peluquerías. Esto, luego de una consulta realizada por la Municipalidad de Conchalí respecto de una normativa aplicada por la comuna de Independencia. En el caso de Antofagasta, la ordenanza que restringe el horario de funcionamiento en dichos locales, comenzó a regir el pasado 15 de abril. La ordenanza dictada por la Municipalidad de Antofagasta establecía como límite de funcionamiento un horario máximo de cierre a las 21:30 horas de lunes a sábados, y a las 20:00 horas los domingos, con un horario de apertura desde las 09:00 horas. En caso de incumplir, los locales arriesgaban multas desde las 3 a 5 UTM e incluso la clausura. Por ello, el ente contralor remarcó que la única actividad donde las administraciones municipales pueden fijar horarios, corresponde a establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas. Y que por lo tanto, las ordenanzas dictadas por los municipios deben ajustarse al marco legal vigente y no pueden establecer exigencias adicionales a las que ya están contempladas en las normativas. En este escenario, la resolución de la CGR dicta que todos los municipios que cuenten con normativas de esta índole, deberán adoptar las medidas necesarias para dejarlas sin efecto o adecuarlas a la legislación vigente. Eso sí, Contraloría precisó que l as municipalidades sí mantienen atribuciones para fiscalizar que los locales cuenten con patente comercial, que no excedan el giro autorizado y que se adopten medidas frente a eventuales irregularidades. Nueva ley La situación podría cambiar el 12 de agosto de de esta año, con la entrada en vigencia la Ley N° 21.802, normativa que fortalece el rol de las municipalidades en materia de seguridad pública y prevención del delito. Según el órgano contralor, la normativa abriría la posibilidad de que los municipios desarrollen estrategias preventivas vinculadas a la seguridad comunal, incluyendo eventuales regulaciones horarias. Todo esto, siempre bajo criterios fundados, proporcionales y ajustados a la realidad específica de cada comuna.
La Contraloría General de la República entregó una resolución que establece que actualmente las municipalidades no cuentan con facultades legales para dictar ordenanzas que fijen horarios de funcionamiento a barberías y peluquerías. Esto, luego de una consulta realizada por la Municipalidad de Conchalí respecto de una normativa aplicada por la comuna de Independencia. En el caso de Antofagasta, la ordenanza que restringe el horario de funcionamiento en dichos locales, comenzó a regir el pasado 15 de abril. La ordenanza dictada por la Municipalidad de Antofagasta establecía como límite de funcionamiento un horario máximo de cierre a las 21:30 horas de lunes a sábados, y a las 20:00 horas los domingos, con un horario de apertura desde las 09:00 horas. En caso de incumplir, los locales arriesgaban multas desde las 3 a 5 UTM e incluso la clausura. Por ello, el ente contralor remarcó que la única actividad donde las administraciones municipales pueden fijar horarios, corresponde a establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas. Y que por lo tanto, las ordenanzas dictadas por los municipios deben ajustarse al marco legal vigente y no pueden establecer exigencias adicionales a las que ya están contempladas en las normativas. En este escenario, la resolución de la CGR dicta que todos los municipios que cuenten con normativas de esta índole, deberán adoptar las medidas necesarias para dejarlas sin efecto o adecuarlas a la legislación vigente. Eso sí, Contraloría precisó que l as municipalidades sí mantienen atribuciones para fiscalizar que los locales cuenten con patente comercial, que no excedan el giro autorizado y que se adopten medidas frente a eventuales irregularidades. Nueva ley La situación podría cambiar el 12 de agosto de de esta año, con la entrada en vigencia la Ley N° 21.802, normativa que fortalece el rol de las municipalidades en materia de seguridad pública y prevención del delito. Según el órgano contralor, la normativa abriría la posibilidad de que los municipios desarrollen estrategias preventivas vinculadas a la seguridad comunal, incluyendo eventuales regulaciones horarias. Todo esto, siempre bajo criterios fundados, proporcionales y ajustados a la realidad específica de cada comuna.