La Seremi de Salud de Antofagasta fiscalizó el cumplimiento del Hospital Regional de Antofagasta (HRA) en la implementación y funcionamiento de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, que reveló que el establecimiento cumple con el 100% de las exigencias de la normativa. Se trató de una revisión dividida en tres ámbitos: el análisis documental, la evaluación de procedimientos clínicos y la verificación de la atención directa a pacientes bajo el marco de la Ley 21.030. De acuerdo a los antecedentes entregados por la subdirectora de matronería del HRA, Marjorie Cisterna, además de una revisión documental, se llevó a cabo una inspección de procedimientos e incluso se realizó una revisión de la atención de pacientes. Se pudo determinar que el hospital cumple en su 100% con lo que es la regularización normativa de los abortos que se realizan en el hospital bajo la figura de la ley mencionada, confirmó Cisterna. Según la legislación actual, se regula la interrupción del embarazo bajo las causales de riesgo vital materno (causal 1), inviabilidad fetal (causal 2) y embarazo por violación (causal 3). En este escenario, la subdirectora de matronería, explicó que la fiscalización de la Seremi de Salud evalúa que la aplicación de cada una de estas causales se ajuste a los criterios diagnósticos estipulados por la ley, con foco en el flujo administrativo de la causal por violación. Se da énfasis generalmente en la aplicación por la causal 3, que es lo que la Seremi más viene a supervisar, que se cumpla con rigurosidad lo que dice la ley, donde las denuncias sean adecuadas, que los procedimientos sean conforme a la legislación vigente, que se encuentren en el Ministerio Público las evidencias de la ejecución de los abortos, que esté toda la información en línea, tanto a nivel Ministerio de Salud como a nivel del Ministerio Público, detalló. Además, durante la inspección también se const6ató constató que el recinto cuenta con la cartera de prestaciones complementarias que exige la ley, tales como el apoyo psicológico y social para las pacientes, implementados en el establecimiento desde el año 2018. En ese sentido, la subdirectora de matronería explicó que el HRA opera como un establecimiento no objetor dentro de la red asistencial de la Región, lo que obliga al recinto a dar cobertura directa a las consultas de las pacientes. Estas fiscalizaciones son de manera anual. El hospital la espera, el hospital se prepara para ello, y el hospital en realidad mantiene al día un constante monitoreo de la ejecución de la ley. Cada vez que se evoca un aborto sujeto a una causal, independiente de cuál sea, se notifica al área de jurídica y se procede a completar toda la documentación necesaria para ello, cerró la directora.
La Seremi de Salud de Antofagasta fiscalizó el cumplimiento del Hospital Regional de Antofagasta (HRA) en la implementación y funcionamiento de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, que reveló que el establecimiento cumple con el 100% de las exigencias de la normativa. Se trató de una revisión dividida en tres ámbitos: el análisis documental, la evaluación de procedimientos clínicos y la verificación de la atención directa a pacientes bajo el marco de la Ley 21.030. De acuerdo a los antecedentes entregados por la subdirectora de matronería del HRA, Marjorie Cisterna, además de una revisión documental, se llevó a cabo una inspección de procedimientos e incluso se realizó una revisión de la atención de pacientes. Se pudo determinar que el hospital cumple en su 100% con lo que es la regularización normativa de los abortos que se realizan en el hospital bajo la figura de la ley mencionada, confirmó Cisterna. Según la legislación actual, se regula la interrupción del embarazo bajo las causales de riesgo vital materno (causal 1), inviabilidad fetal (causal 2) y embarazo por violación (causal 3). En este escenario, la subdirectora de matronería, explicó que la fiscalización de la Seremi de Salud evalúa que la aplicación de cada una de estas causales se ajuste a los criterios diagnósticos estipulados por la ley, con foco en el flujo administrativo de la causal por violación. Se da énfasis generalmente en la aplicación por la causal 3, que es lo que la Seremi más viene a supervisar, que se cumpla con rigurosidad lo que dice la ley, donde las denuncias sean adecuadas, que los procedimientos sean conforme a la legislación vigente, que se encuentren en el Ministerio Público las evidencias de la ejecución de los abortos, que esté toda la información en línea, tanto a nivel Ministerio de Salud como a nivel del Ministerio Público, detalló. Además, durante la inspección también se const6ató constató que el recinto cuenta con la cartera de prestaciones complementarias que exige la ley, tales como el apoyo psicológico y social para las pacientes, implementados en el establecimiento desde el año 2018. En ese sentido, la subdirectora de matronería explicó que el HRA opera como un establecimiento no objetor dentro de la red asistencial de la Región, lo que obliga al recinto a dar cobertura directa a las consultas de las pacientes. Estas fiscalizaciones son de manera anual. El hospital la espera, el hospital se prepara para ello, y el hospital en realidad mantiene al día un constante monitoreo de la ejecución de la ley. Cada vez que se evoca un aborto sujeto a una causal, independiente de cuál sea, se notifica al área de jurídica y se procede a completar toda la documentación necesaria para ello, cerró la directora.