Este viernes 5 de diciembre, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró el sobreseimiento definitivo del sacerdote Felipe Berríos, quien fue acusado de un delito de abuso sexual hacia una persona mayor de 12 años, que habría ocurrido el 17 de agosto de 2000. Esto, porque el tribunal estableció que, en conformidad con la legislación vigente al momento de los hechos, la acción penal se encuentra prescrita. En términos simples, que superó los tiempos determinados por la ley para efectuar la investigación del delito, por lo que no se puede probar la culpabilidad del autor y por ende, tampoco sancionarlo. Establecido que la acción penal se encuentra prescrita, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del Código de Procedimiento Penal, corresponde declarar el sobreseimiento total y definitivo de la presente causa, por la causal establecida en el artículo 408 N 5 del mismo cuerpo legal, en relación con el artículo 93 N 6 del Código Penal, lo que impide jurídicamente determinar la efectividad de los hechos materia de la investigación y, especialmente, la culpabilidad del investigado, establece el fallo. Tras ello, el exjesuita envió un comunicado donde remarcó nuevamente su inocencia de las acusaciones y por sobretodo, criticó duramente a la Fundación para la Confianza por haber iniciado el proceso por medio de una investigación canónica, subrayando la falta de denuncias en un tribunal de justicia. Como he sostenido desde el primer día y como lo ratifica la sentencia de hoy, el procedimiento canónico no es garantía de debido proceso ni de justicia, ya que al amparo del secreto impide que la opinión pública sepa de qué y con qué prueba se me acusó; y por qué y con qué prueba se me condenó en ese ámbito, sostuvo el sacerdote. Tras ello, también tuvo palabras para la Compañía de Jesús, que se mantuvo al margen de la investigación. Lamento que la Fundación para la Confianza y la Compañía de Jesús se hayan rehusado a colaborar con la investigación judicial y que haya sido necesario llegar a la incautación judicial del informe de la investigación canónica para que el Poder Judicial pudiera llegar a conocer e investigar los hechos de los cuales se me acusaba Reitero, una vez más, mi absoluta inocencia en los hechos que falsamente se me imputaron y reafirmo que, en las circunstancias que sean, seguiré siempre dedicado a servir, con humildad, a la gente que me necesita., cerró Felipe Berrios.
Este viernes 5 de diciembre, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró el sobreseimiento definitivo del sacerdote Felipe Berríos, quien fue acusado de un delito de abuso sexual hacia una persona mayor de 12 años, que habría ocurrido el 17 de agosto de 2000. Esto, porque el tribunal estableció que, en conformidad con la legislación vigente al momento de los hechos, la acción penal se encuentra prescrita. En términos simples, que superó los tiempos determinados por la ley para efectuar la investigación del delito, por lo que no se puede probar la culpabilidad del autor y por ende, tampoco sancionarlo. Establecido que la acción penal se encuentra prescrita, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del Código de Procedimiento Penal, corresponde declarar el sobreseimiento total y definitivo de la presente causa, por la causal establecida en el artículo 408 N 5 del mismo cuerpo legal, en relación con el artículo 93 N 6 del Código Penal, lo que impide jurídicamente determinar la efectividad de los hechos materia de la investigación y, especialmente, la culpabilidad del investigado, establece el fallo. Tras ello, el exjesuita envió un comunicado donde remarcó nuevamente su inocencia de las acusaciones y por sobretodo, criticó duramente a la Fundación para la Confianza por haber iniciado el proceso por medio de una investigación canónica, subrayando la falta de denuncias en un tribunal de justicia. Como he sostenido desde el primer día y como lo ratifica la sentencia de hoy, el procedimiento canónico no es garantía de debido proceso ni de justicia, ya que al amparo del secreto impide que la opinión pública sepa de qué y con qué prueba se me acusó; y por qué y con qué prueba se me condenó en ese ámbito, sostuvo el sacerdote. Tras ello, también tuvo palabras para la Compañía de Jesús, que se mantuvo al margen de la investigación. Lamento que la Fundación para la Confianza y la Compañía de Jesús se hayan rehusado a colaborar con la investigación judicial y que haya sido necesario llegar a la incautación judicial del informe de la investigación canónica para que el Poder Judicial pudiera llegar a conocer e investigar los hechos de los cuales se me acusaba Reitero, una vez más, mi absoluta inocencia en los hechos que falsamente se me imputaron y reafirmo que, en las circunstancias que sean, seguiré siempre dedicado a servir, con humildad, a la gente que me necesita., cerró Felipe Berrios.