Este miércoles en la madrugada, un hombre de 49 años cayó desde el segundo piso de una vivienda, ubicada en el sector norte de Antofagasta, perdiendo la vida en el lugar. Frente a este hecho, detectives de la Brigada de Homicidios de la PDI iniciaron una investigación, a partir de una orden verbal emanada del Ministerio Público. Según los antecedentes, a eso de la 1:00 de la madrugada el fallecido se encontraba compartiendo con otros amigos que viven en el mismo inmueble, afuera de sus habitaciones ubicadas en el segundo piso. Momento en que habría perdido el equilibrio precipitándose hasta el primer piso. La persona fue socorrida por quienes los acompañaban y al no reaccionar, dieron aviso al servicio de asistencia médica, quienes solo pudieron constatar su fallecimiento. Los detectives junto a peritos del Laboratorio de Criminalística Regional, llevaron a cabo el trabajo de sitio de suceso, además de otras diligencias como reconocimiento externo del cuerpo, pudiendo observar lesiones que podrían ser compatibles con una caída de altura, aunque la causa fehaciente será determinada por la autopsia de rigor. En el lugar también reunieron la declaración de testigos, empadronamiento y análisis del sitio del suceso. El cuerpo del fallecido fue enviado al Servicio Médico Legal para la respectiva autopsia, mientras continúan con las diligencias para aclarar este hecho.
El Tercer Juzgado Civil de Calama acogió la demanda interpuesta en contra del Hospital Carlos Cisternas, ordenándoles pagar una indemnización de $110 millones de pesos por concepto de daño moral, a los hijos de una paciente que falleció tras caer de una camilla cuando era trasladada de unidad en el recinto hospitalario. En el fallo, el magistrado Sergio Vargas Palma condenó al centro asistencial por una falta de servicio, al incumplir obligación de seguridad y resguardo de los pacientes. “(…) habiéndose acreditado que en dependencias de la parte demandada Hospital Carlos Cisternas, la paciente sufrió una caída de la camilla, que constituye una circunstancia evidente de falta de servicio en la que incurrió el establecimiento de salud, causando posteriormente su deceso, según se consigna en su certificado de defunción y por la cual, además surge la obligación de reparar daños”, consigna el fallo. La resolución agrega que: “(…) la falla de la camilla que provocó la caída de paciente, junto con el mal manejo de la persona que ejercía la función de camillero, ocurrieron dentro de las dependencias de la demandada, zona dentro de la cual, la seguridad y resguardo de los pacientes corresponde al Hospital Carlos Cisternas de Calama, y que al producirse el lamentable caída, de forma ex post, el Hospital demandado, toma la decisión de cambiar las camillas y remplazarlas por otras nuevas, y en agosto de 2018, precaviendo dicha situación ex ante, se contrata camillero para apoyar la labor del conductor para los traslados”. “(…) en lo que respecta a la causa de muerte que indica a la letra: ‘Tec grave-hematoma subdural-hemorragia sub-arac/ contusión grave en traslado en camilla en HCC/ por caída de altura.’, hecho que da cuenta de forma convincente, al ser instrumento público, dotado de presunción de veracidad, que la causa sine qua non del daño que se solicita sea resarcido, proviene de la caída de la camilla, ocurrido en las dependencias de la demanda”, añade.
Esta tarde se registró un accidente al interior de una empresa ubicada en la intersección de Avenida Pedro Aguirre Cerda con calle Florida, en el sector norte de la ciudad, cuando por causas que se investigan, una persona de sexo masculino cayó desde una altura aproximada de dos metros. Hasta el lugar concurrieron las unidades RX-10 y Q-2 del Cuerpo de Bomberos y personal del SAMU para estabilizar y trasladar al herido a un centro asistencial. En tanto, no se informó el estado de salud del único lesionado, quien al momento de la llegada de los equipos de emergencia sufrió una sangramiento de nariz.
Este miércoles en la madrugada, un hombre de 49 años cayó desde el segundo piso de una vivienda, ubicada en el sector norte de Antofagasta, perdiendo la vida en el lugar. Frente a este hecho, detectives de la Brigada de Homicidios de la PDI iniciaron una investigación, a partir de una orden verbal emanada del Ministerio Público. Según los antecedentes, a eso de la 1:00 de la madrugada el fallecido se encontraba compartiendo con otros amigos que viven en el mismo inmueble, afuera de sus habitaciones ubicadas en el segundo piso. Momento en que habría perdido el equilibrio precipitándose hasta el primer piso. La persona fue socorrida por quienes los acompañaban y al no reaccionar, dieron aviso al servicio de asistencia médica, quienes solo pudieron constatar su fallecimiento. Los detectives junto a peritos del Laboratorio de Criminalística Regional, llevaron a cabo el trabajo de sitio de suceso, además de otras diligencias como reconocimiento externo del cuerpo, pudiendo observar lesiones que podrían ser compatibles con una caída de altura, aunque la causa fehaciente será determinada por la autopsia de rigor. En el lugar también reunieron la declaración de testigos, empadronamiento y análisis del sitio del suceso. El cuerpo del fallecido fue enviado al Servicio Médico Legal para la respectiva autopsia, mientras continúan con las diligencias para aclarar este hecho.
El Tercer Juzgado Civil de Calama acogió la demanda interpuesta en contra del Hospital Carlos Cisternas, ordenándoles pagar una indemnización de $110 millones de pesos por concepto de daño moral, a los hijos de una paciente que falleció tras caer de una camilla cuando era trasladada de unidad en el recinto hospitalario. En el fallo, el magistrado Sergio Vargas Palma condenó al centro asistencial por una falta de servicio, al incumplir obligación de seguridad y resguardo de los pacientes. “(…) habiéndose acreditado que en dependencias de la parte demandada Hospital Carlos Cisternas, la paciente sufrió una caída de la camilla, que constituye una circunstancia evidente de falta de servicio en la que incurrió el establecimiento de salud, causando posteriormente su deceso, según se consigna en su certificado de defunción y por la cual, además surge la obligación de reparar daños”, consigna el fallo. La resolución agrega que: “(…) la falla de la camilla que provocó la caída de paciente, junto con el mal manejo de la persona que ejercía la función de camillero, ocurrieron dentro de las dependencias de la demandada, zona dentro de la cual, la seguridad y resguardo de los pacientes corresponde al Hospital Carlos Cisternas de Calama, y que al producirse el lamentable caída, de forma ex post, el Hospital demandado, toma la decisión de cambiar las camillas y remplazarlas por otras nuevas, y en agosto de 2018, precaviendo dicha situación ex ante, se contrata camillero para apoyar la labor del conductor para los traslados”. “(…) en lo que respecta a la causa de muerte que indica a la letra: ‘Tec grave-hematoma subdural-hemorragia sub-arac/ contusión grave en traslado en camilla en HCC/ por caída de altura.’, hecho que da cuenta de forma convincente, al ser instrumento público, dotado de presunción de veracidad, que la causa sine qua non del daño que se solicita sea resarcido, proviene de la caída de la camilla, ocurrido en las dependencias de la demanda”, añade.
Esta tarde se registró un accidente al interior de una empresa ubicada en la intersección de Avenida Pedro Aguirre Cerda con calle Florida, en el sector norte de la ciudad, cuando por causas que se investigan, una persona de sexo masculino cayó desde una altura aproximada de dos metros. Hasta el lugar concurrieron las unidades RX-10 y Q-2 del Cuerpo de Bomberos y personal del SAMU para estabilizar y trasladar al herido a un centro asistencial. En tanto, no se informó el estado de salud del único lesionado, quien al momento de la llegada de los equipos de emergencia sufrió una sangramiento de nariz.